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Valencia

Esta es la propuesta de la patronal valenciana del ocio nocturno ante el anuncio de reapertura «progresiva»

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València, 2 jun (EFE).- La Federación de Ocio, Turismo y Juego de la Comunidad Valenciana (FOTUR) reclama una cesión mínima de cuatro horas de apertura de sus locales que les permita mantener «un mínimo umbral de rentabilidad», según los horarios establecidos en la orden para el año 2021.

La patronal valeciana del ocio señala en un comunicado que «no tiene sentido» que les permitan abrir hasta las 02:00 horas, cuando los locales de restauración puede estar hasta la 1:30 horas tras la eliminación del toque de queda.

«Así continuaríamos teniendo muchas dificultades para trabajar, puesto que la gente se quedará en los bares y restaurantes tras las cenas, lo que representa una desventaja competitiva para nuestra industria y un cierre encubierto», advierte Fotur en un comunicado.

A ello hay que sumar, añade, que la mayoría de los locales de ocio son de invierno y si en una temporada normal sin covid baja su actividad «ahora con la pandemia y con la limitación de nuestro horario, va a continuar siendo imposible remontar».

Es por ello que desde la patronal solicitan que se permita abrir a los locales de ocio, en el horario que les corresponda según su licencia de actividad y el decreto de horarios de la Generalitat, y recuerda que la Comunitat Valenciana tiene las transferencias en materia de espectáculos.

También solicitan el cien por cien del aforo, siempre con la aplicación de las medidas covid, establecidas en la Guía para el ocio del ICTE y avalada por el Ministerio de Sanidad, «siendo pionero el sector del ocio en redactar y aplicar dichas medidas».

Por último, en relación con la pista de baile, piden que se pongan mesas, delimitadas por cuadriculas, en las que los usuarios puedan estar bailando, siempre con mascarilla, cuando no se esté consumiendo.

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Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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