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La sentencia del caso Emarsa se dará a conocer hoy

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VALÈNCIA, 22 Jun. (EUROPA PRESS) –

La sentencia del caso Emarsa, por el saqueo de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo (Valencia), se dará a conocer este viernes, 22 de junio. Se trata de la pieza principal de la causa, que quedó vista para sentencia el pasado mes de diciembre tras siete años de investigaciones.

Así figura en una diligencia fechada este pasado miércoles, en la que se cita a los procuradores y a las partes a que acudan a las 12.00 horas, a la Ciudad de la Justicia para llevar a cabo la notificación del fallo. Y es que debido al volumen de la sentencia no es posible practicar su notificación a través de la aplicación informática Lexnet y, en consecuencia, se va a proceder a informar de la resolución judicial en formato CD y copia íntegra en papel.

Además, se señala que la notificación de la sentencia al fiscal y al letrado de la Generalitat Valenciana se hará en sus respectivas sedes el mismo día señalado, mientras que en el caso del empresario Ignacio Roca, que se encuentra en prisión preventiva en el Centro de Zuera (Zaragoza), se le entregará en papel.

En esta causa, que ha investigado un agujero de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo, hay más de una veintena de acusados, entre ellos Enrique Crespo, exvicepresidente de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de la entidad, y José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat (Epsar).

También han sido juzgados por el presunto fraude el exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta; Ignacio Bernácer, exjefe de Explotaciones de Epsar; el empresario Jorge Ignacio Roca, único en prisión por este procedimiento; Santos Peral, exjefe de contabilidad y con responsabilidad políticas en el PP de València, Ignacio Martínez Maiques, exjefe de compras e igualmente miembro del PP; Enrique Arnal, ex director financiero de Emarsa, Adolfo Polo, exjefe del área medioambiental, y el exinformático Sebastián García Martínez ‘Chanín’, entre otros.

En la última sesión del juicio, algunos acusados reconocieron lo que hicieron y pidieron disculpas. Fue el caso de Esteban Cuesta, quien manifestó que no había día en que no se arrepintiera de lo que había hecho. Enrique Arnal aseguró que no se reconocía en la persona que contrarió la ley y ‘Chanin’ pidió perdón por si había perjudicado a personas a instituciones de la Comunitat.

Por su parte, Roca admitió haberse quedado con el dinero del IVA de facturas de Emarsa pero negó ser el cerebro del fraude; mientras que Morenilla insistió en que no era un «ladrón de guante blanco». Crespo no quiso pronunciarse ese día pero sí mantuvo a lo largo del juicio que era inocente.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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