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La sentencia del caso Emarsa se dará a conocer hoy

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VALÈNCIA, 22 Jun. (EUROPA PRESS) –

La sentencia del caso Emarsa, por el saqueo de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo (Valencia), se dará a conocer este viernes, 22 de junio. Se trata de la pieza principal de la causa, que quedó vista para sentencia el pasado mes de diciembre tras siete años de investigaciones.

Así figura en una diligencia fechada este pasado miércoles, en la que se cita a los procuradores y a las partes a que acudan a las 12.00 horas, a la Ciudad de la Justicia para llevar a cabo la notificación del fallo. Y es que debido al volumen de la sentencia no es posible practicar su notificación a través de la aplicación informática Lexnet y, en consecuencia, se va a proceder a informar de la resolución judicial en formato CD y copia íntegra en papel.

Además, se señala que la notificación de la sentencia al fiscal y al letrado de la Generalitat Valenciana se hará en sus respectivas sedes el mismo día señalado, mientras que en el caso del empresario Ignacio Roca, que se encuentra en prisión preventiva en el Centro de Zuera (Zaragoza), se le entregará en papel.

En esta causa, que ha investigado un agujero de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo, hay más de una veintena de acusados, entre ellos Enrique Crespo, exvicepresidente de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de la entidad, y José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat (Epsar).

También han sido juzgados por el presunto fraude el exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta; Ignacio Bernácer, exjefe de Explotaciones de Epsar; el empresario Jorge Ignacio Roca, único en prisión por este procedimiento; Santos Peral, exjefe de contabilidad y con responsabilidad políticas en el PP de València, Ignacio Martínez Maiques, exjefe de compras e igualmente miembro del PP; Enrique Arnal, ex director financiero de Emarsa, Adolfo Polo, exjefe del área medioambiental, y el exinformático Sebastián García Martínez ‘Chanín’, entre otros.

En la última sesión del juicio, algunos acusados reconocieron lo que hicieron y pidieron disculpas. Fue el caso de Esteban Cuesta, quien manifestó que no había día en que no se arrepintiera de lo que había hecho. Enrique Arnal aseguró que no se reconocía en la persona que contrarió la ley y ‘Chanin’ pidió perdón por si había perjudicado a personas a instituciones de la Comunitat.

Por su parte, Roca admitió haberse quedado con el dinero del IVA de facturas de Emarsa pero negó ser el cerebro del fraude; mientras que Morenilla insistió en que no era un «ladrón de guante blanco». Crespo no quiso pronunciarse ese día pero sí mantuvo a lo largo del juicio que era inocente.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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