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Ley del aborto: Aborto sin permiso desde los 16 y bajas por regla

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ley del aborto
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La reforma de la ley del aborto que este jueves aprueba definitivamente el Congreso busca garantizar la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos y elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años.

Ley del aborto

La reforma, que introduce medidas novedosas, como las bajas laborales por menstruaciones incapacitantes, mantiene los plazos fijados por ley en 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional, con lo que el aborto seguirá siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación.

Excepcionalmente podrá interrumpirse el embarazo hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico.

Interrupción voluntaria del embarazo y anticoncepción

La nueva ley garantizará el acceso efectivo al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en la red pública, que será la de referencia.

Las mujeres que lo decidan podrán someterse a esta intervención en el centro hospitalario público más cercano a su domicilio y tendrán derecho a una incapacidad temporal mientras dure su recuperación.

Aborto sin permiso a menores de 16

Las mujeres de 16 y 17 años y las mujeres con discapacidad podrán decidir acerca de su embarazo sin las exigencias actuales de información y tres días de reflexión.

La píldora del día después se dispensará de forma gratuita en los centros de salud y deberá estar disponible de forma obligatoria en todas las farmacias.

Los métodos anticonceptivos se distribuirán sin coste en:

  • institutos
  • centros penitenciarios
  • centros asociados a los servicios sociales

Derechos reproductivos y sexuales de las mujeres

La ley, ha continuado la ministra, también atiende a los derechos de las mujeres que deciden ser madres.

Establece medidas de acompañamiento en el embarazo y de promover buenas prácticas gineco-obstétricas y el parto respetado.

La creación de un nuevo permiso desde la semana 39 de gestación que no restará tiempo al de maternidad.

Baja por reglas dolorosas

Se regula por primera vez una incapacidad temporal pagada íntegramente por el Estado para reglas dolorosas o incapacitantes y se dispensarán gratis productos de higiene menstrual en centros educativos, penitenciarios y sociales para combatir la pobreza menstrual irregular.

La norma reconoce como violencias contra las mujeres:

  • la explotación reproductiva
  • el aborto
  • el embarazo forzado
  • la esterilización y anticoncepción forzosas, en consonancia con el Convenio de Estambul.

Educación sexual

La ley la educación sexual será obligatoria en todas las etapas educativas.

«El aprendizaje de la sexualidad se da con apoyos adecuados o sin ellos y, con esta ley, este Gobierno de coalición progresista y feminista quiere asegurar el derecho de los niños, niñas y adolescentes en nuestro país a una educación sexual integral», ha concluido Montero.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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