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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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Anticorrupción solicita 24 años de cárcel para Ábalos, 19 para Koldo y 7 para Aldama

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al Tribunal Supremo penas que van desde los 7 hasta los 24 años de prisión para los principales investigados del conocido caso Koldo, la presunta trama de corrupción ligada a contratos de mascarillas adjudicados durante la pandemia por el Ministerio de Transportes.

24 años de prisión y multa de casi 4 millones para José Luis Ábalos

El Ministerio Público pide una condena de 24 años de prisión para José Luis Ábalos, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE.
La Fiscalía le atribuye cinco presuntos delitos:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Tráfico de influencias

  • Malversación

  • Uso de información privilegiada

Además, reclama para él una multa de 3,9 millones de euros y responsabilidades económicas conjuntas por los perjuicios ocasionados a dos empresas públicas.

19 años y medio de cárcel para Koldo García

Para Koldo García, exasesor ministerial de Ábalos, Anticorrupción solicita 19 años y medio de prisión, así como una multa también de 3,9 millones de euros, por los mismos delitos atribuidos al exministro.

La Fiscalía pide que tanto Ábalos como Koldo indemnicen de forma conjunta y solidaria a:

  • Ineco: 34.477,86 euros

  • Tragsatec: 9.500,54 euros

Asimismo, reclama el decomiso de al menos 430.298,4 euros, cantidad que correspondería a ganancias obtenidas mediante cohecho.

Atenuante de confesión para Víctor de Aldama

En el caso del empresario Víctor de Aldama, considerado presunto intermediario de la trama, la Fiscalía aplica la atenuante de confesión y solicita una pena de 7 años de prisión por:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Uso de información privilegiada

También reclama para él una multa de 3,8 millones de euros.

El origen de la causa

El escrito de acusación llega después de que el magistrado instructor del Supremo, Leopoldo Puente, propusiera el pasado 3 de noviembre juzgar a los tres implicados. Según el juez, se habrían concertado poco después de la llegada de Ábalos al Ministerio, buscando obtener beneficios económicos mediante su influencia en contratos públicos.

Puente dividió la causa en dos piezas:

  • La principal, centrada en los contratos de mascarillas.

  • Una pieza separada dedicada a la supuesta trama de cobro de comisiones por obra pública.

 

 

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