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Alertan: Sin contratos de refuerzo peligra la vacuna de cuartas dosis en la Comunitat

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València, 20 abr (OFFICIAL PRESS- EFE).- La Sociedad Valenciana de Medicina Preventiva y Salud Pública (SVMPSP) ha alertado este miércoles de que miles de vacunaciones covid de enfermos inmunodeprimidos, que deben recibir la cuarta dosis cinco meses después de la anterior, «están en el aire» por la extinción de los contratos covid en los servicios de Medicina Preventiva.

La SVMPSP ha hecho un llamamiento a la Conselleria de Sanidad para que rectifique y «mantenga unos recursos mínimos de personal que siguen siendo imprescindibles», ya que a final de mes acaban 43 contratos de refuerzo covid (11 para médicos y 32 para personal de enfermería) en esta área, «interrumpiendo un trabajo que sigue siendo necesario».

Los Servicios de Medicina Preventiva, han señalado en un comunicado, han gestionado durante dos años temas clave en la prevención y control de la pandemia, como los aislamientos y medidas de protección para trabajadores, pacientes y acompañantes, el control de los brotes hospitalarios, o las vacunaciones anti-covid del personal sanitario y de los enfermos crónicos.

Según el presidente de la Sociedad Valenciana de Medicina Preventiva y Salud Pública, el doctor Juan Francisco Navarro Gracia, uno de los programas que puede interrumpirse es la vacunación con cuarta dosis de vacuna covid en pacientes inmunodeprimidos, que apenas ha alcanzado al 20-40 % de estos los pacientes en la Comunitat Valenciana.

Ha señalado que esos pacientes deben ser vacunados a los cinco meses con una cuarta dosis de recuerdo ,ya que crean mucha menor cantidad de anticuerpos que el resto de personas, e incluso muchos de ellos no responden a la vacunación y es necesario pedirles serologías post-vacunación.

La extinción de los contratos covid «está causando ya aplazamientos de la vacunación en abril, al obligarse a los trabajadores contratados a cogerse las vacaciones antes del fin de contrato», ha señalado.

Sobre el fin de la obligatoriedad de uso de las mascarillas en interiores, la Sociedad Valenciana de Medicina Preventiva y Salud Pública ha hecho un llamamiento a la prudencia y recomienda su uso en pacientes inmunodeprimidos en ambientes cerrados y concurridos, sobre todo si no todavía no han podido vacunarse con la cuarta dosis.

«Creemos que no tienen sentido recortes en el personal de los servicios de Medicina Preventiva, en un momento en el que la pandemia aún golpea a la población, y cuando son más necesarios que nunca buenos programas de prevención», ha señalado Navarro.

La Sociedad Valenciana de Medicina Preventiva y Salud Pública ha recordado finalmente a la Conselleria que los servicios de Medicina Preventiva también forman parte de esta estructura de Medicina Preventiva y Salud Pública que se prometió reforzar a raíz de la pandemia.

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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