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Sanidad aprueba la cuarta dosis de la vacuna para inmunodeprimidos a los cinco meses de la tercera

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Una militar inocula la vacuna contra el COVID a un hombre en el Hospital Clínico de Valencia. EFE/ Juan Carlos Cárdenas

El Ministerio de Sanidad ha dado luz verde a que las personas inmunodeprimidas reciban una cuarta dosis de la vacuna contra el coronavirus, aunque en esta vez será 5 meses después de la tercera.

«Las personas que recibieron dosis adicional de vacuna ARNm por estar incluidas en el Grupo 7 o ser personas que reciben tratamiento con fármacos inmunosupresores recibirán una dosis de recuerdo a los 5 meses de la última dosis«, afirman desde el departamento dirigido por Carolina Darias.

La Comisión de Salud Pública, en la que están representadas las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha avalado las dosis de refuerzo de la vacuna contra la COVID-19 a todas las personas mayores de 18 años. Así, según ha anunciado en rueda de prensa este jueves la ministra de Sanidad, Carolina Darias, se amplía el rango de edad de la vacunación con dosis de refuerzo en España, que se situaba por el momento hasta los 40 años.

La ministra ha detallado que, como en la primera etapa de la vacunación, se irá «de manera ordenada» por grupos de edad de mayor a menor, «de diez en diez».

¿Quiénes son las personas inmunodeprimidas que recibirán la cuarta dosis?

Unas 100.000 personas gravemente inmunodeprimidos se incluyeron los primeros para recibir la tercera dosis de la vacuna, entre los que están incluidas las personas con trasplante de órgano sólido (unas 60.000 personas), los receptores de trasplante de médula ósea (unas 20.000 ) y los pacientes en tratamiento con fármacos anti-CD20, que se utilizan habitualmente junto a la quimioterapia en tratamiento de linfomas y para otras enfermedades como la esclerosis múltiple, lupus o algunos tipos de artritis reumatoide.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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