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Los 52 Colegios de Médicos de España piden el cese de Fernando Simón «por su incapacidad durante la evolución de la pandemia»

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Este es el comunicado íntegro de Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM):

La Asamblea del Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM), que agrupa a los 52 Colegios de Médicos de España, reunida con fecha 13 de noviembre de 2020 ha aprobado solicitar el cese inmediato de D. Fernando Simón Soria, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, por su incapacidad manifiesta y prolongada a lo largo de la evolución de la pandemia por Covid-19. Igualmente solicitamos una rectificación pública de las últimas declaraciones efectuadas.

No es la primera vez que venimos manifestando nuestro malestar ante declaraciones y acciones improcedentes de D. Fernando Simón. Afirmaciones como que se estaban realizando todas las pruebas diagnósticas a los contactos estrechos de sanitarios infectados en los equipos asistenciales en etapas con una gran incidencia de contagios de profesionales, la puesta en marcha de guías de reincorporación al trabajo sin garantías ni para el profesional ni para el ciudadano, discrepancias claras sobre la situación de la pandemia y las medidas a tomar, y sobre todo, la ausencia de un Comité de Expertos compuesto por reconocidos profesionales, independiente y transparente, así como la ausencia de un sistema de evaluación para mejorar la respuesta a brotes de Covid-19 en coincidencia con otros agentes sanitarios.

Sus últimas declaraciones, efectuadas el jueves, en las que literalmente expresa, sobre el número de contagios de los profesionales sanitarios que: “ahora los profesionales sanitarios tienen un aprendizaje con respecto a la primera ola. Los gestores hacen mejores circuitos de asistencia en los hospitales. Y obviamente, los sanitarios tienen un mejor comportamiento evitando contagiarse fuera de su espacio de trabajo” nos obliga a tomar esta decisión.

Estas declaraciones, realizadas desde el conocimiento de los daños que la pandemia por la Covid-19 ha dejado y está dejando sobre los sanitarios en general y sobre los médicos en particular, y que nos sitúan a la cabeza de infectados de entre los países de nuestro entorno, no solo suponen un acto de desmotivación, incomprensión y ausencia de sensibilidad, sino que expresan una ignorancia manifiesta de las condiciones de trabajo a las que nos hemos visto sometidos (ausencia de equipos de protección individual, falta de pruebas diagnósticas, etc.), y de la responsabilidad y la vocación con la que miles de compañeros y compañeras están desarrollando su actividad desde el profesionalismo médico y desde la acción colaborativa estrecha con el resto de las profesiones sanitarias.

72 médicos y médicas fallecidos en el ejercicio asistencial desde marzo, cientos de compañeros que luchan a diario por superar las secuelas de la infección, y miles que siguen luchando por contrarrestar los efectos de una pandemia como no habíamos conocido. Profesionales a los que se les pide sacrificio, apelando a su vocación y de los que se abusa por su compromiso con el paciente y con la sociedad.

Una Profesión que reclama insistentemente que la infección por el virus SARS-Cov-2 sea reconocida como enfermedad profesional y que seamos profesión de riesgo, no se merecen que al mando del Centro de Coordinación y Alertas Sanitarias esté D. Fernando Simón.

La profesión médica pide: Reconocimiento, Respeto, Participación y Dignidad.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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