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Los empresarios valencianos piden reabrir de forma urgente la actividad económica

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La Asociación Valenciana de Empresarios presidida por Vicente Boluda defiende la necesaria vuelta a la actividad económica para evitar que el impacto en el empleo y en nuestro estado del bienestar sea drámatico. Este es su comunicado:

  • Somos millones de ciudadanos, autónomos, trabajadores y empresarios, los que ya estamos trabajando y haciendo que la rueda de la economía gire, pero aún hay muchos que quieren ayudar a levantar el país, y se les debe permitir, porque no quieren ser responsables del desastre económico que
    se va a generar. Los españoles no queremos ser meros espectadores, sino que queremos contribuir con nuestro trabajo, esfuerzo y talento a sacar al país adelante.
  • Es imprescindible volver de forma urgente a la actividad económica, porque la paralización está afectando muy seriamente a decenas de miles de empresas y trabajadores a los que, si se les sigue impidiendo volver a su actividad tendrán que cerrar, con efectos desastrosos en el empleo en nuestro país. O volvemos de forma inmediata a reabrir todos los comercios, bares, restaurantes, hoteles, actividades y empresas, o el impacto sobre el empleo y nuestro estado del bienestar será dramático.
  • Animamos a los gobiernos autonómicos a que pidan al gobierno de España, con valentía y determinación, la apertura de los comercios, bares, restaurantes, hoteles, actividades y empresas, cumpliendo con todas las medidas de seguridad y salud necesarias, y a las que nos comprometemos.
  • Los empresarios, sean del tamaño y sector que sean, junto con sus trabajadores, son los que nos sacarán de esta crisis y no pueden ser señalados por parte de nuestros responsables públicos como el enemigo. Se debe confiar más en los empresarios, que somos los primeros interesados en proteger a nuestros equipos y colaboradores, como lo hemos hecho siempre, porque en el talento de las personas que conforman las empresas, radica la supervivencia de éstas. Además, están siendo ejemplares contribuyendo con su solidaridad a que la crisis sanitaria, que está dando paso a una crisis económica, no llegue también a ser una crisis social.
  • La vuelta a la actividad económica es fundamental para preservar el empleo de millones de españoles, porque sin empleo ni actividad económica no se pagan impuestos y sin impuestos no hay estado del bienestar. E
  • Exigimos a nuestros responsables públicos que, además de permitir la actividad económica, faciliten que cualquier español que quiera poner en marcha una actividad económica, comercio o empresa, invertir o generar empleo, pueda hacerlo de forma inmediata. Para ello es imprescindible eliminar trabas burocráticas y aplicar con urgencia dos medidas imprescindibles o no llegarán inversiones y la recuperación será más lenta: (i) el silencio administrativo positivo generalizado e (ii) iniciar la actividad con declaración responsable.
  • Como sociedad no podemos permitir que se aproveche esta crisis sanitaria y económica para generar una crisis social de división, enfrentamiento y confrontación constante. Más que nunca necesitamos una sociedad civil fuerte, activa y valiente, que exija a nuestros responsables públicos que se pongan de acuerdo y consigan consensos, dejando al margen sus intereses partidistas, y piensen en el interés de todos los españoles, para fortalecer a nuestras instituciones y generar confianza y seguridad jurídica. Dando ejemplo así mismo en la racionalización y reducción de los costes innecesarios y duplicidades que existen en las administraciones públicas.
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    Esta será la nueva edad de jubilación y de jubilación anticipada a partir del 1 de enero de 2026

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    La edad legal de jubilación subirá a 66 años y ocho meses en 2025: Novedades en pensiones y jubilación anticipada
    Un par de jubilados sentados en bancos de un parque. EFE/Archivo

    A partir del 1 de enero de 2026, jubilarse en España será un poco más exigente en cuanto a edad y años cotizados. La aplicación progresiva de la reforma de las pensiones de 2013 continúa avanzando hacia su objetivo final: situar la edad legal de jubilación ordinaria en los 67 años en 2027. El próximo año marca un nuevo escalón clave en este calendario.

    La normativa distingue entre quienes han cotizado largas carreras laborales y quienes no alcanzan determinados umbrales, lo que afecta tanto a la jubilación ordinaria como a la anticipada y a la parcial.

    Edad legal de jubilación en 2026

    En 2026, la edad ordinaria de jubilación dependerá directamente de los años cotizados a lo largo de la vida laboral.

    Jubilación con el 100% de la pensión

    • 66 años y 10 meses: será la edad exigida para quienes no alcancen los 38 años y 3 meses de cotización.

    • 65 años: podrán jubilarse quienes sí acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados, manteniendo así la edad tradicional.

    Este sistema busca premiar las carreras laborales más largas, permitiendo jubilarse antes sin penalización en la pensión.

    Cotización mínima obligatoria

    La reforma no modifica el requisito mínimo para acceder a una pensión contributiva de jubilación, que sigue siendo de:

    • 15 años cotizados, de los cuales

    • 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de la jubilación.

    Jubilación parcial en 2026

    La jubilación parcial permite compatibilizar trabajo y pensión, reduciendo la jornada laboral.

    Sin contrato de relevo

    • La edad mínima será la edad legal ordinaria de jubilación que corresponda en cada caso.

    • La reducción de jornada podrá situarse entre el 25% y el 75%.

    Una de las principales novedades de la última reforma es que el límite máximo del 75% de reducción se aplica ahora en todos los supuestos.

    Con contrato de relevo

    En 2026, las edades mínimas serán:

    • 62 años y 10 meses, si se acreditan 33 años o más cotizados.

    • 64 años y 8 meses, si se tienen menos de 33 años cotizados.

    Jubilación anticipada en 2026

    La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad legal, aunque con recortes en la cuantía de la pensión mediante coeficientes reductores.

    Jubilación anticipada voluntaria

    • Se puede adelantar hasta 24 meses respecto a la edad legal.

    • En 2026, será posible jubilarse a los 64 años y 10 meses, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados.

    • Quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses podrán hacerlo desde los 63 años.

    Jubilación anticipada involuntaria

    Cuando la jubilación se produce tras un despido objetivo o colectivo, el adelanto puede ser mayor:

    • Hasta 48 meses antes de la edad legal.

    • En 2026, será posible jubilarse a los 62 años y 10 meses con 33 años cotizados.

    • O a los 61 años si se acreditan 38 años y 3 meses de cotización.

    Penalizaciones en la pensión por jubilación anticipada

    En todos los casos de jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores mensuales sobre la pensión. Estos recortes dependen de:

    • El número de meses de adelanto.

    • El total de años cotizados.

    Cuanto mayor sea el anticipo y menor la carrera de cotización, mayor será la reducción permanente en la pensión.

    Un paso más hacia los 67 años en 2027

    El año 2026 se consolida como una fase clave en el endurecimiento progresivo de las condiciones de jubilación en España. La reforma culminará en 2027, cuando la edad legal ordinaria alcance definitivamente los 67 años para quienes no acrediten largas carreras laborales, marcando un cambio estructural en el sistema público de pensiones.

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