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Los Guardias Civiles podrán llevar tatuajes visibles con uniforme

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El Gobierno ha aprobado este martes un Real Decreto para regular el uso del uniforme en la Guardia Civil, es la primera vez que la Benemérita autoriza que los tatuajes sean visibles vistiendo el uniforme. Estará permitido eso sí, «siempre que no reflejen motivos o expresiones prohibidas» por esta ley o que incumplan la disciplina o imagen del cuerpo policial.

En el texto, que ha recibido el visto bueno del Consejo de Ministros, además de los tatuajes, prohíbe las espigas, argollas, inserciones o similares que no estén consignados al uso de pendientes cuando sean visibles al llevar el uniforme, en el caso tanto de hombres como de mujeres.

El Real Decreto se aplicará al personal del cuerpo, a los retirados, al alumnado y de la misma forma en personas ajenas a la Guardia Civil a las que se les autorice »de forma expresa y excepcionalmente» a usar el uniforme o réplicas de ello para representaciones u otras actividades sociales o culturales. Según la Dirección General de la Guardia Civil en su comunicado, »se aplicará a los procesos selectivos 2021/2022 para el ingreso en el cuerpo».

El Real Decreto controla asimismo cuándo los guardias no deberán hacer uso del uniforme, con una referencia a su empleo en redes socialesactos publicitarios o medios de comunicación sin autorización expresa.

También prohíbe con carácter general a todas las personas ajenas al cuerpo no autorizadas a hacer uso »público e indebido» en cualquier medio del uniforme, sus emblemasinsignias condecoraciones oficiales »que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use».

Este Real Decreto aplica a todo el personal de la Guardia Civil en cualquiera de las situaciones administrativas en las que se encuentre y al personal en situación de retiro. También a todas las personas ajenas al Instituto Armado que vistan el uniforme o réplicas de este para representaciones y actividades de carácter cultural y social.

Será desarrollado en una orden ministerial posterior y queda prohibida la donación o compraventa entre particulares o fuera de los establecimientos comerciales autorizados de cualquier parte accesorio del uniforme.

Los establecimientos autorizados para su comercialización tendrán que solicitar al demandante el documento que acredite su condición de miembro del cuerpo. En el caso de tratarse de una demanda a distancia y no se puede comprobar, se enviará el material solicitado a una dependencia oficial de la Guardia Civil.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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