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Los padres podrán acceder a las instalaciones municipales a partir del jueves con aforo limitado

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La concejala de Deportes, Pilar Bernabé, ha explicado esta mañana que la ciudad de València aplicará a partir del jueves, día 10 de diciembre, la nueva regulación en materia deportiva de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, con motivo de la pandemia de la covid-19. Así, Bernabé ha destacado que “las familias valencianas que tienen a sus hijos en actividades federadas o escuelas deportivas podrán acudir como público respetando el 30 % del aforo o el límite de 150 personas”, lo que supondrá un “aumento del control de acceso a las instalaciones por parte de la Fundación Deportiva Municipal”.

De acuerdo a la nueva regulación de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 relativa a la práctica de actividad física y del deporte se permitirá la entrada de público en las instalaciones deportivas que cumplan con los requisitos y medidas, sin sobrepasar el 30 % del aforo total de la instalación o las 150 personas.

Las nuevas medidas, que entrarán en vigor a las 00 horas del día 10 y estarán vigentes hasta el 15 de enero de 2021, permiten para el deporte recreativo (no federado) la práctica de actividades físicas y deportivas sin contacto físico en las modalidades individuales y por parejas, tanto en instalaciones deportivas cubiertas como al aire libre. Las personas con necesidades especiales podrán estar acompañadas por una persona de apoyo.

Esta práctica se podrá hacer en grupo de hasta 30 personas, en instalaciones abiertas, cerradas o en la vía pública, siempre sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y no superando el 30 % del aforo del espacio delimitado para la actividad grupal.

Asimismo, se deberá garantizar la ventilación de las instalaciones y respetar las medidas de seguridad interpersonal y se permitirá el uso de vestuarios, exceptuando las duchas, que sigue estando prohibido.

Las actividades y deportes permitidos son: atletismo, tenis, squash, pádel, escalada, frontenis, patinaje, etc. También se permite la práctica de actividades físicas individuales organizadas en grupos (pilates, yoga, etc.) y las actividades desarrolladas en centros deportivos, pabellones, pistas, clubes, complejos, boleras, centros de pilates, gimnasios y similares. Los deportes que todavía no están permitidos son el fútbol, fútbol sala, baloncesto, voleibol, etc.

ACTIVIDAD FEDERADA NO PROFESIONAL, PROFESIONAL E IDES

En la celebración de eventos deportivos, entrenamientos, competiciones deportivas de deportes federados que se celebren en instalaciones deportivas o en la vía pública, no podrán participar más de 150 deportistas y se permitirá el acceso del público con un máximo del 30 % del aforo y un límite total de 150 personas.

En las competiciones profesionales de ámbito estatal e internacional serán de aplicación las medidas de prevención adoptadas por la autoridad competente (según lo previsto en el RD 21/2020, de 9 de junio).

Se mantienen las restricciones relativas a la circulación de personas en las instalaciones deportivas, por lo que deberán estar cerradas y sin usuarios en su interior a las 23:30 horas. Se aconseja que la actividad deportiva cese a las 23 horas.

Finalmente, se recuerda que las cerca de 80 instalaciones deportivas elementales (IDE) de la ciudad de Valéncia continuarán cerradas.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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