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Los tres menores acusados de la agresión sexual en Alicante no podrán comunicase con la víctima

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La titular del Juzgado de Menores 2 de Alicante ha prohibido a los tres adolescentes que ingresaron este jueves en régimen cerrado en centros de menores, por su presunta implicación en la agresión sexual en grupo a una chica de 15 años en una localidad de la Marina Alta de Alicante en julio del año pasado, acercarse y comunicarse con la víctima mientras se tramita el procedimiento, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en un comunicado.

Los tres jóvenes fueron detenidos el pasado 5 de marzo, tras lo que el juzgado decretó su puesta en libertad bajo la tutela de sus padres hasta que este jueves prestaran declaración judicial y se decretó su internamiento en régimen cerrado en diferentes centros a petición del Ministerio Público.

Respecto al cuarto menor, una vez identificado, las autoridades francesas han colaborado en su búsqueda también como presunto autor de la agresión múltiple. Al parecer se encuentra en Francia por otros motivos desde hace unos meses, según indicaron este miércoles fuentes de las investigación.

La chica de 15 años interpuso este mes la denuncia, en la que aseguraba haber sido víctima de una agresión sexual en grupo en julio de 2018 en su entorno escolar de la localidad de la Marina Alta donde residía. Todos los adolescentes pertenecen al mismo centro escolar, aunque los hechos perpetrados en julio no ocurrieron en su instituto.

De la investigación se hizo cargo la Policía Judicial de Xàbia (Alicante), que abrió todas las líneas posibles, entre ellas el análisis de los teléfonos móviles de los presuntos agresores.

Tras interponer la denuncia, la Fiscalía adoptó las medidas de precaución habituales en este caso y este martes les volvió a citar para tomarles de nuevo declaración, según confirmó el delegado del Gobierno, Juan Carlos Fulgencio.

Fuente: Europa Press

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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