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Margarita del Val: Los vacunados e infectados con ómicron no necesitan la tercera dosis

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La viróloga Margarita del Val se ha pronunciado este miércoles sobre las vacunas de refuerzo en personas que se hayan infectado con ómicron y ha afirmado que no deberían ponerse la tercera dosis, ni a las cuatro semanas, ni a los cinco meses. A la científica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) no le convence el cambio del Ministerio de Sanidad respecto a la pauta de la tercera dosis de la vacuna contra el covid.

El ministerio que dirige Carolina Darias cambió la pauta para recibir la tercera dosis de las cuatro semanas tras la infección a cinco meses y la experta Margarita del Val es de la opinión que quienes tengan las dos dosis de la vacuna y se hayan contagiado con la variante ómicron o hayan pasado la enfermedad del covid dos veces no necesitan el tercer pinchazo, “ni en cuatro semanas ni en cinco meses”.

Margarita del Val ha hecho estas declaraciones en una entrevista hoy para Canal Sur Radio, donde también ha manifestado que con la infección con ómicron se logra la inmunidad necesaria frente a esta variante que, sigue siendo la predominante, y frente a las subvariantes como la ‘ómicron sigilosa’.

Aunque la viróloga afirma que cuando haya una variante distinta a ómicron si será necesaria ese tercer pinchazo de refuerzo.

Sobre la variante de la ómicron silenciosa, ha dicho que es un error llamarla así. Según Margarita del Val se detecta por PCR como cualquier otra variante del coronavirus y se contagia igualmente. Sería mejor, ha dicho, llamarla ómicron 2.

Sobre el uso de la mascarilla, la viróloga del CSIC ha explicado que es primordial su uso en interiores, ahí es donde está el verdadero peligro.

Margarita del Val recomienda no solo ventilar en interiores, sino el uso de filtros EPA, de medidores de CO2 y “diseñar y facilitar nuevos aparatos con coste minimizado que puedan airear interiores”. A largo plazo, estas medidas evitarán a largo plazo a “la transmisión de este y otros virus respiratorios”.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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