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Valencia

Más de un tercio de los habitantes de València vive en zonas con alta contaminación

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València, 19 jun (EFE).- El 34,6 % de los habitantes de la ciudad de València (273.000) viven en zonas altamente contaminadas y con un valor medio anual superior al límite recomendado para la protección de la salud humana.

Así lo recoge una investigación de la Universitat Politècnica de València (UPV), que demuestra que un 43,7 % de los puntos móviles de medición en València superan el valor límite de contaminantes atmosféricos establecido por la Organización Mundial de la Salud.

El estudio concluye que los barrios con peor calidad del aire son Benicalap, Beniferri, Torrefiel, Rascanya y Benimaclet en el norte; l’Olivereta, Nou Moles, Arrancapins, Patraix y Jesús en el oeste; Malilla en el sur; el Grao y Nazaret en el este y Russafa en el centro de la ciudad.

La Unión Europea (UE) ha establecido un marco regulatorio para controlar y mejorar los niveles de calidad del aire en las ciudades (Directiva 2008/50 / CE) mediante estaciones fijas, de las que València solo cuenta con siete. El grupo de investigación de TIC contra el Cambio Climático del instituto ITACA de la UPV, junto a la empresa Mesura, la plataforma social València per l’aire y el Joint Research Centre (JRC) de la Comisión Europea, ha diseñado e instalado una red de 424 sensores móviles de dosimetría pasiva distribuidos por la ciudad para la medición de NO2 con el objetivo de evaluar la calidad del aire reportada por las estaciones fijas oficiales durante el período 2017-2019.

Los resultados obtenidos muestran que durante estos tres años el 43,7 % de los sensores móviles superaron el valor límite establecido por la Directiva de la UE así como por la OMS.  Esto indica que los niveles de calidad del aire que ofrecen las estaciones fijas no son representativos ni confiables para el monitoreo de la calidad del aire de la ciudad.

Así, las estaciones fijas que operan actualmente no brindan información precisa sobre las áreas de la ciudad donde la mayoría de la población respira aire con mayor nivel de contaminación.  Las siete estaciones no están bien ubicadas según la exposición real de la población a la contaminación, ya que no miden de forma representativa la calidad del aire en la ciudad, y solo una está ubicada en un área representativa (Russafa). El resto deberían estar instaladas en Benicalap, Arrancapins, Malilla, Nou Moles, Patraix y Torrefiel.

Los resultados de este estudio han sido publicados recientemente por la revista científica Environmental Research Letters y laa investigación ha sido posible gracias al convenio de colaboración entre la UPV, el Ayuntamiento de València y el JRC de la UE, enmarcado en la Cátedra de Governança de la ciutat de València.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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