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El aviso de los expertos: El contagio sería cercano a cero si todos llevásemos mascarillas FFP2

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mascarilla ffp2 omicron
Mascarilla FFP2 Foto: Radofarma

Los contagios provocados por la variante ómicron no tienen precedentes, por eso los expertos como el investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) José Mª Lagarón, ha avisado que «si todos llevásemos mascarillas FFP2 bien ajustadas a la nariz, la probabilidad de contagio sería cercana a cero«.

Así lo afirman diferentes estudios, el último el recientemente publicado en ‘Proceedings of the National Academy of Sciences’ (‘PNAS’). En este sentido, el experto incide en que elegir mascarillas que ajusten bien al rostro de cada usuario para que no queden huecos por donde entren los aerosoles es clave para prevenir contagios por coronavirus, especialmente con cepas tan contagiosas como ómicron.

Según el estudio en ‘PNAS’, del Max Planck alemán, si se utiliza una mascarilla FFP2 ajustada a la nariz y con la sujeción simple más extendida a las orejas, el riesgo de infección por coronavirus es casi cero (0,4%) incluso después de estar en contacto durante 20 minutos con una persona infectada. «Lo que demuestra la importancia de elegir las mascarillas más adecuadas, como las FFP2, y su correcta colocación«, afirma Lagarón.

La clave de elegir la mascarilla correcta para evitar el contagio

Hay que elegir el tamaño más idóneo de mascarilla para la altura nariz-barbilla de la persona y aplanar el clip nasal para ajustarlo bien.

Este tipo de mascarillas suele venderse dobladas por la mitad y también es habitual guardarlas de esta manera, pero esto podría hacer que el clip no funcionara correctamente. «Cuando se coloque una mascarilla, debe moldear el clip a su nariz, no pellizcarlo. De lo contrario, el aire se escapará alrededor del puente de la nariz, alerta Claire Judith Horwell, una profesora de Geohealth que ha compartido un hilo de Twitter con consejos para usar correctamente la mascarilla.

La norma indica que, para maximizar el ajuste de la mascarilla, la sujeción debe ser regulable y, por tanto, según normal, las mascarillas FFP2 deben llevar las sujeciones regulables más flexibles posibles. Si la mascarilla lleva sujeción a las orejas, esta se debe complementar con un extensor regulable a la nuca, y si lleva bandas a nuca y cuello, estas también deberían llevar un mecanismo para regular el ajuste.

Las mascarillas FFP2, las más seguras frente a ómicron

 José Mª Lagarón aclara que «el ajuste óptimo se consigue con varias dimensiones de mascarillas, al menos S-M y M-L, y con un extensor regulable a la nuca, de esta forma, dimensiones de alto y ancho de cabeza distintas permiten ser ajustadas.

Así, mascarillas con diferentes dimensiones aseguran el ajuste a largos diferentes de cara, y la sujeción regulable permite ajustar diferentes anchos de cabeza. «Afortunadamente, el estudio recientemente publicado sugiere que la fenomenología del contagio no ocurriría (es mínima) si todos llevásemos una mascarilla FFP2 con un buen ajuste a la nariz, aun cuando la sujeción sea a las orejas», reitera.

Por tanto, se recomiendan diferentes tallas para elegir la que mejor se adapte a la fisonomía del rostro. De esta forma se evitará, sobre todo, que al hablar la mascarilla se descoloque, como ocurre más frecuentemente con las mascarillas con forma de bote.

Existen otras recomendaciones para mejorar la eficacia de las mascarillas como, por ejemplo, evitar la barba, las patillas largas o determinados peinados que pueden interferir en la sujeción.

El aviso de los expertos sobre las mascarillas quirúrgicas y ómicron

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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