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Fin a las mascarillas en interiores, ¿dónde deberás ponértela?

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mascarillas interiores

Las mascarillas en interiores dejan de ser obligatorias. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto mediante el cual el uso de mascarillas dejará de ser obligatorio en los espacios interiores en España. La medida será efectiva mañana, miércoles 20 de abril, cuando sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, hay algunas excepciones donde sí habrá que mantener la mascarilla.

Una medida que también ha levantado polémica porque son muchos los expertos que consideran que es precipitado.

Fin a las mascarillas en interiores ¿dónde deberás ponértela?

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto mediante el cual el uso de mascarillas dejará de ser obligatorio en los espacios interiores en España. La medida será efectiva mañana, miércoles 20 de abril, cuando sea publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Sin embargo, hay algunas excepciones donde sí habrá que mantener la mascarilla.

La mascarilla seguirá siendo preceptivo, no obstante, en todos los transportes públicos, en los establecimientos sanitarios como centros de salud, lugares de donación de sangre, hospitales o farmacias, y en las residencias de ancianos o sociosanitarias, por parte de los trabajadores y los visitantes. No para las personas que vivan en ellas.

Serán obligatorias en medios de transporte aéreos, ferroviarios, barcos cuando no se pueda mantener la distancia. En la población vulnerable se recomienda uso de mascarilla, como en embarazadas, eventos multitudinarios y en el entorno familiar cuando estemos con personas vulnerables. No se usará la mascarilla en los centros escolares en ningún caso. En los andenes y los accesos al transporte público no será necesaria el uso de mascarilla.

¿Hay que llevar mascarilla en el trabajo?

En el ámbito laboral, con carácter general no resultará obligatoria la mascarilla. Ahora bien, los  servicios de prevención podrán determinar su uso. La Ponencia de Alertas, que reúne a los expertos del Gobierno y las autonomías, aconsejó utilizar la mascarilla siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio. La regla general, no obstante, será no obligatorio.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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