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‘Me Cuida’, así es el plan del Gobierno para que los trabajadores puedan cuidar de sus hijos

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ley de familias permisos ayudas

Con el inicio de la pandemia generada por el COVID-19, el Gobierno de España ponía en marcha el plan ‘Me Cuida’, un decreto que prevé la adaptación o reducción de jornada a quien acredite deberes de cuidado como consecuencia del coronavirus.

Aunque inicialmente esta medida de protección de la economía y la conciliación laboral y familiar se mantenía vigente hasta el próximo 22 de septiembre, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado este jueves en una entrevista a RNE, la intención del Ejecutivo por prorrogarla.

Ante la proximidad de la ‘cuestionada’ vuelta al cole, Díaz ha confirmado que el Gobierno tiene pensado mantener la medida para permitir que los padres con hijos con coronavirus puedan beneficiarse de esta iniciativa.

¿Quiénes pueden acogerse?
Según recoge la norma, incluida en el Real Decreto 8/2020 del 17 de marzo, pueden acogerse a este plan ‘Me Cuida’ aquellas personas que necesitan cuidar a familiares, de hasta segundo grado, que precisen atención como consecuencia directa de la Covid-19. También podrán beneficiarse quienes se vean afectadas por el cierre de los centros educativos, así como cuando sea necesaria la asistencia a un familiar contagiado y la persona que se venía ocupando no puede seguir.

Adaptar las jornadas laborales
El Decreto también refleja la posibilidad de que el trabajador pueda modificar la jornada laboral para adaptarla a su situación particular. Las personas que cumplen con los requisitos para acogerse al Plan Me Cuida pueden alterar la distribución de horas para hacer posible que el trabajador pueda llevar a cabo las tareas de atención y cuidado.

Según la ley, el empleado puede solicitar a la empresa un cambio de turno, una alteración o flexibilización del horario o una jornada partida o continuada. También puede pedir un cambio de centro de trabajo, de funciones, de forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación de trabajo a distancia.

El RD incluye la opción y derecho a una reducción extraordinaria de la jornada del trabajo, pudiendo ser del 100% de la jornada, en caso de necesidad. Las reducciones de jornadas laborales supondrán la disminución proporcional del salario del empleado.

Para todo ello, el trabajador debe comunicar su decisión a la empresa con una antelación de 24 horas.

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Permiso laboral por fallecimiento: ¿Cuántos días tienes si muere un familiar?

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT para ampliar el permiso laboral por fallecimiento de un familiar, que pasará de los actuales dos días a un total de 10 días laborables. El pacto, anunciado este lunes tras una reunión entre las partes, incluye además la creación de dos nuevos permisos vinculados a situaciones de final de vida, aunque no cuenta con el respaldo de la patronal.

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha confirmado que el acuerdo forma parte de la propuesta impulsada por el departamento que dirige la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, y que ahora deberá seguir su tramitación en el ámbito legislativo.

Ampliación del permiso por fallecimiento

La principal medida del acuerdo es la ampliación del permiso por fallecimiento de un familiar hasta los 10 días laborables, una reivindicación histórica de las organizaciones sindicales. El objetivo, según Trabajo, es adaptar la normativa laboral a la realidad de los procesos de duelo y facilitar una mayor conciliación en momentos de especial vulnerabilidad personal y familiar.

Este cambio supondría una modificación sustancial respecto al marco actual, que reconoce únicamente dos días por este motivo.

Nuevos permisos por cuidados paliativos y eutanasia

El pacto firmado entre Trabajo, CCOO y UGT incorpora también la creación de dos nuevos permisos laborales:

  • Un permiso de hasta 15 días laborables para el acompañamiento de familiares en situación de cuidados paliativos.

  • Un permiso de un día destinado al acompañamiento en procesos de eutanasia, en línea con la legislación vigente sobre muerte digna.

Ambas figuras buscan dar cobertura legal a situaciones de final de vida que, hasta ahora, no contaban con un reconocimiento específico en la normativa laboral.

Rechazo de la patronal y próximos pasos

El Ministerio de Trabajo ha subrayado que estas medidas ya formaban parte de su propuesta inicial y ha confirmado que la patronal se opone al acuerdo, por lo que no ha suscrito el pacto alcanzado con los sindicatos.

Tras el acuerdo social, el siguiente paso será la tramitación parlamentaria. El Gobierno deberá recabar los apoyos necesarios en el Congreso de los Diputados para que la ampliación del permiso por fallecimiento y la creación de los nuevos permisos se incorporen a la legislación laboral.

Desde Trabajo confían en que el respaldo sindical facilite el debate político y permita avanzar en un marco de derechos laborales más amplio en situaciones especialmente sensibles para los trabajadores y sus familias.

 

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