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Así era el ‘Medusa Beach Club’, el local de la tragedia de Playa de Palma

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Medusa Beach Club Palma
Así era el 'Medusa Beach Club', el local de Playa de Palma-FACEBOOK

El ‘Medusa Beach Club’ es un popular establecimiento situado en el número 36 de la calle Cartago, en la Playa de Palma, una conocida zona turística y de ocio en las afueras de la capital mallorquina. Este local ofrece la posibilidad de comer, cenar o tomar unas copas frente al mar.

La tragedia ocurrió sobre las 20:30 horas de este jueves, cuando parte de la estructura del local se derrumbó, causando al menos cuatro muertos y decenas de heridos, varios de ellos atrapados entre los escombros.

Los comentarios sobre el ‘Medusa Beach Club’

Antes de este trágico suceso, el ‘Medusa Beach Club’ era conocido por su «buena música, buen ambiente y precios accesibles», según algunas de las reseñas en Google.

Según la información de su página web, el local abre todos los días de la semana de 10:00 a 2:00 de la madrugada. Dado que es habitual el turismo en esta zona de la isla, la carta, que está en inglés, incluye una amplia selección de tapas, platos internacionales y cócteles, que es lo que más destacan sus clientes en los comentarios de Google, junto con las «puestas de sol increíbles», la «música ambiente» y con el hecho de que se sitúe en primera línea de playa.

La principal hipótesis del derrumbe

Actualmente, se desconocen las causas exactas del incidente y los servicios de rescate continúan trabajando en la zona. La información preliminar sugiere que la parte superior del edificio se desplomó sobre la planta baja, donde se encuentra una de las terrazas del club, el cual cuenta con varias estancias y plantas en la misma manzana.

Exceso de peso en la terraza

Un posible exceso de peso en la terraza del edificio derrumbado es probablemente la causa del colapso de la infraestructura. En detalle, parece que la terraza de la primera planta se vino abajo y el impacto fue tan fuerte que la planta baja, donde los clientes estaban cenando, no pudo soportar el peso y también se derrumbó, cayendo sobre el sótano, donde se encontraron más víctimas.

El local ocupa parte del espacio que hasta 2021 albergaba el restaurante italiano y pizzería ‘Mamma mía’, que fue transformado en este polivalente club de playa con comida, bebida y música.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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