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Metrovalencia amplía en 130 plazas su aparcamiento de València Sud

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(16/10/2018) Metrovalencia ha ampliado en 130 plazas su aparcamiento gratuito de la estación de València Sud, pasando de las 168 a las 298 actuales, por lo que ofrece ya a sus clientes un total de 1.185 estacionamientos sin coste alguno para poder combinar el uso del vehículo privado con el transporte público ferroviario en el área metropolitana de València.

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) ha ampliado su parking de València Sud de 4.800 metros cuadrados en 3.000 metros cuadrados más, lo que ha supuesto obtener una capacidad total de cerca de 300 aparcamientos en 7.800 metros cuadrados.

Con este aumento y la reciente entrada en servicio del apeadero de València la Vella, la empresa pública pone a disposición de sus usuarios en Metrovalencia 1.185 plazas de estacionamiento en 16 estaciones de superficie de las líneas 1, 2 y 9.

Gracias al sistema Parking + Metro (P+M) de Metrovalencia, se puede aparcar sin coste en las estaciones de Llíria (41 plazas), la Pobla de Vallbona (40), l’Eliana (39), Massarrojos (62), Rocafort (54), Empalme (40), Seminari – CEU (48), Fuente del Jarro (52), Bétera (60), Font de l’ Almaguer (42), San Ramón (3), La Presa (123), València la Vella (38), Masia de Traver (198), Riba-roja de Túria (47) y València Sud (298 plazas).

Además, hay que añadir las 50 plazas puestas en servicio por parte del Ayuntamiento de Paiporta; las 23 del de Paterna; las 115 de Sant Isidre; las 30 de Benaguassil 1º; las 562 de Quart de Poblet; las 133 de Santa Rita y las 250 de Burjassot, que suman otras 1.163 plazas, todas ellas en las inmediaciones de las estaciones y paradas citadas.

Por tanto, a las 1.185 plazas de aparcamiento con que cuenta Metrovalencia hay que sumar los 1.163 estacionamientos municipales, con los que los usuarios del metro pueden disponer de un total de 2.348 plazas gratuitas.

Con este servicio, FGV quiere fomentar el uso del transporte público mediante la intermodalidad y el intercambio del vehículo privado con el metro, facilitando el acceso a la red de Metrovalencia a todos aquellos usuarios que no tienen una parada de metro próxima, contribuyendo, además, a la descongestión del tráfico viario en superficie y al cuidado al medio ambiente.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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