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Valencia

Mompó, en el Cecopi la tarde de la DANA: «¡Enviad la alerta de una puta vez!»

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Mompó DANA Enviad alerta de una puta vez
El presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó, junto a Carlos Mazón. | Jorge Gil / Europa Press

El envío tardío de la alerta a la población durante la DANA podría haber evitado muchas muertes, según considera la jueza que instruye la causa penal en el juzgado de Instrucción 3 de Catarroja. La investigación se centra en esclarecer quién tuvo la responsabilidad de activar la alarma en los móviles de la ciudadanía, que llegó a las 20:11 cuando la riada ya había anegado numerosos municipios de la provincia de Valencia.

El proceso de decisión y ejecución de la orden es clave en el señalamiento de responsabilidades, y cada vez se conocen más detalles al respecto.

Tensión en el Cecopi: la espera de Mazón y la reacción de Mompó

Durante la tarde de la DANA, el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat (Cecopi) vivió momentos de máxima tensión. La consellera Salomé Pradas, directora del Plan de Emergencias, no tomó una decisión a la espera de la llegada del president del Consell, Carlos Mazón. Así lo han confirmado varios testigos a La Vanguardia.

El presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó, mostró su impaciencia y cerca de las 19:00 horas exclamó: «¡Enviad la alerta de una puta vez!», según informó TVE y ha podido confirmar este medio.

El retraso en la alerta y el papel de la Confederación Hidrográfica del Júcar

Para ese momento, la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) ya había advertido sobre la necesidad de alertar a la población debido al riesgo en la presa de Forata, donde estaba declarado el escenario de emergencia 2. A pesar de ello, el Cecopi, activo desde las 17:00 horas, no había tomado una decisión. Durante las deliberaciones se produjeron varios recesos en los que quedaron desconectados representantes de la Delegación del Gobierno, AEMET y la CHJ.

Un debate interno que costó horas

La decisión de enviar la alerta se tomó tras un largo debate interno, no solo sobre la necesidad de emitir el mensaje, sino también sobre su contenido, la zona de envío y los problemas técnicos de cobertura y falta de luz en algunos municipios.

El propio Mompó reconoció en una entrevista a La Vanguardia que la discusión giró en torno a cómo enviar el mensaje y qué términos utilizar. «Me acuerdo que fui yo mismo quien verbalizó la necesidad de enviar cuanto antes la alerta», afirmó.

La jueza señala la falta de avisos como factor determinante en las muertes

La magistrada ha subrayado la relación directa entre la ausencia de avisos y las muertes ocurridas durante la DANA. En su auto de esta semana, insiste en que la falta de alertas impidió que la población tomara medidas de protección.

Por ello, ha requerido a la Generalitat Valenciana información sobre quién tenía la función de tomar la decisión y qué personas ejecutaron la orden. La Conselleria de Emergencias respondió que la responsabilidad recaía en Salomé Pradas y que el comité de dirección incluía a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé. Además, identificó a dos funcionarios como encargados de redactar y validar el mensaje.

No obstante, la jueza ha solicitado más información sobre si hubo otras autoridades presentes en el Cecopi antes del envío de la alerta, más allá de las 29 personas y organismos convocados esa tarde. Esta petición podría apuntar directamente al papel de Carlos Mazón.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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