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Sucesos

Muere un chico de 27 años al caer desde 9 metros en Carlet (Valencia)

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muere chico al caer desde 9 metros
Accidente laboral mortal en la construcción, en Huesca, el año pasado. EFE/ Javier Blasco/Archivo

València, 26 abr (OFFICIAL PRESS-EFE).- Un trabajador de 27 años ha fallecido este miércoles al precipitarse desde la cubierta de una empresa en el municipio valenciano de Carlet, según ha informado el Centro de Información y Coordinación de Urgencias.

El accidente se ha producido alrededor de las 10.30 horas y el trabajador ha caído desde unos 9 metros de altura, han señalado las mismas fuentes.

El CICU ha movilizado una unidad del SAMU, cuyo equipo médico sólo ha podido confirmar el fallecimiento.

Los sindicatos alertan: crecen los accidentes laborales graves y los mortales

Los sindicatos CCOO PV y UGT-PV han denunciado este miércoles el aumento generalizado de la siniestralidad laboral en la Comunitat Valenciana, con repuntes del 16,9 % en el caso de los accidentes graves y del 20,3 % los mortales.

En el año 2022 hubo 52.978 accidentes con baja en jornada de trabajo, 2.529 casos más en relación con el mismo periodo del año anterior, un 5 % más. Los accidentes graves fueron 367 (53 más, un 16,9 %) y los mortales ascendieron a 77 (13 más, un 20,3 %), según los datos facilitados durante un balance de la siniestralidad laboral con motivo, el viernes, del Día de la Seguridad y la Salud Laboral.

El secretario de Acción Sindical y Salud Laboral de CCOO PV, Jaume Mayor, junto a su homóloga de UGT PV, Marisa Baena, han presentado los datos y han lamentado que no se haya podido contener el nivel de siniestralidad, ni en el ámbito autonómico ni en el estatal.

De los 77 accidentes mortales registrados, 28 (el 36,4 %) fueron por patologías no traumáticas (accidentes cardiovasculares); 13 (el 16,9 %) por accidentes asociados al tráfico, y el resto, 36 casos (el 46,8 %), se debió a accidentes traumáticos.

En referencia a los accidentes más graves, los traumáticos o con resultado de muerte, Mayor ha destacado que son «evitables» con una organización correcta del trabajo y una inversión mínima, y ha comentado que se trata de los accidentes más frecuentes como las caídas en altura o los atrapamientos en máquinas.

«Con 100 euros se hubieran podido salvar muchas vidas. Y esto lo tienen que entender las empresas. La prevención de riesgos no debe ser una obligación meramente formal para las empresas, sino que ha de estar totalmente integrada en la actividad desde el primer minuto», ha asegurado.

No obstante, Mayor ha puntualizado que los accidentes de trabajo son la punta del iceberg de una realidad que no está registrada, como son las enfermedades profesionales.

CCOO ha reclamado a la patronal y a la Administración la figura del delegado o delegada de prevención para actuar en el ámbito de las pequeñas empresas, sin presencia sindical y donde más accidentes de trabajo se producen.

En la Comunitat Valenciana predomina la microempresa y la mayoría de los accidentes de trabajo se produce en empresas de menos de 50 personas y muchos en empresas de menos de 10, en las que legalmente no se pueden plantear elecciones sindicales, por lo que «no hay personas con garantías para exigir el cumplimiento de la normativa», ha explicado.

CCOO PV y UGT PV, la patronal autonómica CEV y la Dirección General de Trabajo firmarán el día 28, Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, una estrategia para hacer frente a los accidentes mortales y traumáticos en la Comunitat.

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Fugados los dos condenados por la violación grupal de una menor en la Vall d’Albaida

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Juicio manada Valencia

Fiscalía y acusación solicitan una orden europea de detención tras la incomparecencia de los penados, condenados a 12 y 20 años de prisión.

Valencia, 7 de julio de 2025 – Los dos jóvenes condenados por la violación en grupo de una menor de 14 años en la localidad valenciana de L’Olleria (Vall d’Albaida) no se han presentado este lunes a la vistilla convocada en la Audiencia de Valencia, donde estaba previsto decidir su ingreso en prisión.

Ante su incomparecencia, tanto la Fiscalía como la acusación particular, representada por el abogado Juan Molpeceres, han solicitado la emisión de una orden europea de detención y búsqueda internacional. Según fuentes del caso, uno de los condenados ya se encontraba en Alemania y el otro habría seguido sus pasos recientemente.

Los hechos

La agresión ocurrió el 27 de septiembre de 2020 durante una fiesta celebrada en un paraje a las afueras de L’Olleria. La menor, que acudió al evento acompañada de una amiga, consumió alcohol y se encontraba en un estado de vulnerabilidad evidente, según recoge la sentencia. Fue llevada a una zona apartada conocida como el muro, donde los dos ahora condenados mantuvieron relaciones sexuales simultáneamente con ella, intercambiando posiciones.

La víctima declaró haber sentido la presencia de más hombres en el lugar, aunque no pudo identificarlos.

Posteriormente, uno de los penados volvió a contactar con la menor para proponerle un encuentro sexual con otra persona. Se produjo un segundo episodio de abuso en una vivienda deshabitada del mismo municipio. En este caso, uno de los participantes fue absuelto, mientras que el otro fue condenado por un nuevo delito de abuso sexual.

Los acusados no se presentaron en la vistilla de la Audiencia de Valencia y las acusaciones sostienen que se han fugado

VALÈNCIA, 7 de julio de 2025 – La Fiscalía y la acusación particular han solicitado una orden europea de detención y busca y captura internacional para los dos jóvenes condenados por la violación grupal a una menor de 14 años en septiembre de 2020 en L’Olleria, en la comarca de la Vall d’Albaida (Valencia). Ambos estaban citados este lunes a una vistilla de medidas cautelares en la Audiencia Provincial de Valencia, a la que no se han presentado.

Según han confirmado fuentes judiciales a Europa Press, uno de los condenados ya se encontraba en paradero desconocido en Alemania tras conocer la sentencia, y el segundo habría seguido el mismo camino recientemente, lo que ha llevado a las acusaciones a denunciar una fuga premeditada.


Condenas de hasta 20 años por abusos sexuales a una menor

El tribunal considera probado que mantuvieron relaciones con la víctima en una fiesta con la participación o presencia de otros

VALÈNCIA, 1 Jul. (EUROPA PRESS) – La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a sendas penas de 20 y 12 años de prisión, respectivamente, a dos hombres que abusaron sexualmente de una menor, de 14 años en el momento de los hechos, durante una fiesta celebrada el 27 de septiembre de 2020 en un paraje ubicado a las afueras de L’Olleria, en la comarca de la Vall d’Albaida.

La Sala impone a cada uno de los penados 12 años de prisión como autores de un delito de abuso sexual a menor de 16 años cometido durante la celebración, y les prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la víctima y comunicarse con ella por un periodo de 16 años.

A uno de ellos, además, le impone otros ocho años de cárcel por un segundo delito de abuso sexual, cometido tras la fiesta en una vivienda deshabitada del mismo municipio, así como la prohibición de comunicación y aproximación a la perjudicada durante otros 10 años, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Ambos deberán pagar a la perjudicada de forma conjunta y solidaria una indemnización de 50.000 euros por los daños morales que sufrió a consecuencia de los abusos. La sentencia, que absuelve a otros dos condenados inicialmente, no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Los cuatro acusados de la denominada ‘manada’ de la Vall d’Albaida negaron los hechos en la vista en un caso en el que, según apuntaba la Guardia Civil, la menor pudo haber sido violada por hasta 15 personas, algunas de ellas no identificadas entre los dos escenarios en los que ocurrieron los hechos.

Los hechos ocurrieron la noche del 27 de septiembre de 2020, cuando la víctima acudió a la fiesta junto a una amiga y en ella coincidió con los dos individuos condenados y un número indeterminado de personas, la mayoría de ellos, hombres.

Tal y como recoge la sentencia, la menor tomó bebidas alcohólicas que afectaron a sus capacidades físicas y a su voluntad y comenzó a bailar con los ahora penados, quienes eran «plenamente conscientes» del estado en que se encontraba y de la edad que tenía.

A continuación, bien llevada o bien acompañada por ellos, la víctima se encontró en un lugar conocido como ‘el muro’, que es una zona apartada, aunque no lejana del sitio en el que se celebraba el baile. Allí, los dos condenados mantuvieron relaciones sexuales con ella de forma simultánea e intercambiándose las posiciones.

La chica se hallaba en una situación en la que no podía ver, pero sí escuchó hablar a los penados y sintió además que otros hombres se intercambiaban también la posición con los dos penados o miraban lo que ocurrían, aunque no pudiera reconocer a ninguno de ellos.

Poco después de estos hechos, cuando la perjudicada ya estaba llegando a la casa donde iba a pasar la noche, recibió varios mensajes de uno de los condenados en los que este le proponía hacer un trío.

La menor acudió con ese acusado a una casa deshabitada de la misma localidad donde se encontró con el otro participante, que había sido invitado a esta práctica sexual por el anterior.

Uno de ellos, que ha resultado absuelto, se fue en cuanto mantuvo relaciones sexuales con la niña, a la que no conocía previamente de nada. Por el contrario, el otro continuó abusando de ella hasta la siete de la mañana, cuando se fueron a sus respectivas casas.

La víctima no sufrió lesiones físicas, pero sí daños morales y denunció los hechos ante la Guardia Civil en compañía de su madre.

DOS ABSUELTOS

El Tribunal ha absuelto a dos de los cuatro acusados, uno de ellos el que participó en los hechos ocurridos en la vivienda deshabitada, que estaba acusado de un delito de abuso sexual, y el otro por un delito de corrupción de menores.

Respecto del primero, la Sala entiende que no hay suficientes pruebas para condenarle ya que, pese a que participó en el trío, a diferencia de los dos penados, no estaba en posición de plantearse la edad que tenía la chica.

La sentencia precisa que este acusado recibió una llamada de uno de los dos condenados para acudir al lugar y participar en un trío, pero no tuvo tiempo de «valorar sobre las condiciones y circunstancias personales» de la víctima, pues el lugar tenía poca iluminación y estuvo el tiempo justo de la práctica sexual.

En cuanto al otro hombre absuelto, que llevó a la víctima a casa de su abuela tras el primer episodio de abusos, y que estaba acusado de un delito de corrupción de menores, la Audiencia no ha hallado pruebas de que hubiera solicitado a la menor que le hiciera una felación, como sostenían las acusaciones.

Fiscalía pedía para uno de los jóvenes la pena de 24 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menor de 16 años; otros dos se enfrentaban a 12 años de cárcel por abuso sexual; y para el último reclamaba cinco años por un delito de corrupción de menores.

El fiscal, en la lectura de sus conclusiones, sostuvo que el comportamiento de los acusados con la menor fue «absolutamente monstruoso, de unos seres absolutamente sin ningún tipo de escrúpulos, sin la menor empatía y con un total desprecio por la víctima», a la que aseguró que trataron «como un objeto, como un trapo, como un trozo de carne para satisfacer sus apetencias».

 

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