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Muere Julio Anguita a los 78 años

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Este sábado hemos conocido la noticia del fallecimiento de Julio Anguita a los 78 años. El histórico dirigente de IU y exalcalde de Córdoba ha estado una semana ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba, donde ingresó tras sufrir una parada cardiaca el pasado sábado.

De esta forma lo han confirmado fuentes del complejo hospitalario cordobés, donde ingresó Anguita después de que fuese atendido primero en su domicilio de Córdoba por el equipo de emergencias sanitarias ubicado en la Fuensanta donde tuvieron que aplicarle maniobras de reanimación cardiopulmonar, al encontrarse al paciente en parada cardiaca. A continuación, fue trasladado en la UVI móvil del 061 Reina Sofía, donde fue ingresado en la UCI.

Julio Anguita ya había sufrido anteriormente varios ataques al corazón que le llevaron a ser intervenido quirúrgicamente en dos ocasiones por problemas cardíacos. El primer infarto fue en el año 1993 en Barcelona, y el segundo en Córdoba en el verano de 1998.

Julio Anguita González fue un maestro y político español de ideología comunista. A lo largo de su carrera política ostentó distintos puestos: fue alcalde de Córdoba entre 1979 y 1986 (época en la que los medios de comunicación le dieron el apodo de «califa rojo»​ o «el califa»), secretario general del Partido Comunista de España (PCE), y coordinador general de Izquierda Unida (IU).

Bajo su dirección, la coalición IU alcanzó sus mayores éxitos electorales, superando ampliamente los 2 millones de votos en las generales de 1993 y 1996, alcanzando en este último año más de un 10% de los votos y 21 diputados. Su periodo al frente de Izquierda Unida se distinguió por la exigencia de concretar acuerdos programáticos y el rechazo a la corrupción. Tras su marcha, IU inició una fase de declive que, de la mano de Francisco Frutos primero, y Gaspar Llamazares después, le llevó a conseguir tan sólo 2 diputados en las elecciones generales de 2008.

Separado de la política activa por una afección cardíaca, Julio Anguita continuó participando en diferentes actos y alternativas para lograr los objetivos ideológicos de izquierdas entre los que se encuentra un Estado republicano. Formaba parte del Colectivo Prometeo5​ y del Frente Cívico Somos Mayoría, del cual fue fundador.

Fuente: Wikipedia

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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