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Muere un hombre de 36 años recién vacunado con Janssen en Sevilla

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Las autoridades sanitarias han abierto una investigación para determinar las causas de la muerte de un hombre de 36 años después de haber sido vacunado con la monodosis de Janssen. Los médicos que le atendieron en el Hospital Virgen del Rocío han establecido una relación directa entre el suero de Johnson & Johnson y su defunción, tal y como ha informado El Mundo.

El fallecido que no presentaba patologías previas fue vacunado el pasado 25 de junio junto a otros compañeros de trabajo en una localidad de Sevilla. Unos días después empezó a sentirse mál y el 5 de julio le fue diagnosticado un ictus tras ingresar en el Hospital Comarcal de la Merced, en Osuna por lo que fue trasladado al Virgen del Rocío.

El consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús Aguirre, ha anunciado este lunes que Salud ya ha dado cuenta «al Sistema de Vigilancia Epidemiológica, a nivel de la Agencia Española del Medicamento«, y también «a la Agencia Europea del Medicamento«, del fallecimiento de un hombre de 36 años en la provincia de Sevilla, que sufrió un ictus dos semanas después de recibir la vacuna Janssen contra el Covid-19.

En declaraciones a los periodistas en Córdoba, Aguirre, quien ha querido en primer lugar transmitir su pésame a la familia del fallecido y ponerse «a su entera disposición», ha recordado que «en España se han puesto hasta ahora 1.720.000 vacunas de Janssen, y es el primer caso donde puede haber una relación causa efecto«, si bien ha aclarado que eso no significa que la haya, aunque de esa posibilidad ya se ha dado cuenta a las agencias del medicamento correspondientes, a nivel andaluz, español y europeo.

A partir de ahí, según ha señalado, «se hacen los estudios pertinentes y si hay una relación causa efecto, pues por supuesto se le comunica a la familia» y se pone en marcha «el expediente oportuno», pero «ahora mismo –ha aclarado– tenemos a una persona con 36 años que falleció a las dos semanas de habérsele puesto la vacuna Janssen«, mientras que desde Salud se ponen «al servicio de la familia, para los datos que necesite o que nos demanden», ofreciendo la información de forma clara, con «transparencia absoluta».

De modo que, cuando Aguirre disponga del «informe de la necropsia y de anatomía patológica» sobre este fallecimiento, «igual que con el otro caso desgraciado que tuvimos en Marbella (Málaga)«, pues lo dará a conocer a los medios de comunicación, «pero previamente» se lo comunicará a la familia, una vez se haya comprobado «qué microembolismo o embolismo ha habido, si ha habido una relación causal entre la vacuna» y el fallecimiento, o si «ha sido simplemente coincidencia en el tiempo».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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