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Una mujer pierde la visión tras usar un tinte para el cabello con aminas aromáticas

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Una mujer pierde la visión tras usar un tinte para el cabello-FREEPIK

Una mujer de 61 años ha perdido la visión tras utilizar un tinte de cabello que contenía aminas aromáticas, específicamente parafenilendiamina. Este producto, ampliamente utilizado en tintes comerciales, desencadenó una serie de problemas visuales graves en poco tiempo.

Caso médico: pérdida de visión tras teñirse el cabello

Días después de teñirse el cabello, la paciente comenzó a experimentar visión borrosa bilateral. Sin antecedentes médicos significativos ni exposición previa a corticosteroides, fue diagnosticada de RAHDAA (Retinopatía Asociada a Aminas Aromáticas). Este diagnóstico se basa en la relación temporal entre los síntomas y el uso del tinte para el cabello.

Resultados de las pruebas médicas

Los exámenes médicos realizados en el Hospital Edouard Herriot de Lyon, liderados por el Dr. Nicolas Chirpaz, revelaron lo siguiente:

  • Agudeza visual: 20/40 en el ojo derecho y 20/20 en el izquierdo.
  • Exámenes del fondo de ojo mostraron múltiples desprendimientos de retina serosos bilaterales (DRS), principalmente en el polo posterior.
  • Tomografías de coherencia óptica (OCT) confirmaron el engrosamiento difuso de la retina neurosensorial.

Además, se realizaron diversas pruebas para descartar otras enfermedades, incluyendo sarcoidosis y linfomas, todas con resultados normales.

Evolución del caso

Cuatro meses después del diagnóstico, la agudeza visual de la paciente se normalizó a 20/20 y los DRS mostraron una resolución completa. Cuatro años después, aunque persistieron algunos depósitos subretinianos, la paciente continuó utilizando tintes sin aminas aromáticas y no experimentó recaídas.

RAHDAA: una enfermedad poco frecuente

La RAHDAA se presenta de manera similar a la retinopatía asociada a inhibidores de MEK y se considera un diagnóstico de exclusión. La investigación sugiere que la parafenilendiamina, presente en muchos tintes para el cabello, puede afectar la salud retiniana al alterar la vía MAPK, crucial para la supervivencia de las células del epitelio pigmentario de la retina (EPR).

Posibles implicaciones de la toxicidad retiniana

La exposición a aminas aromáticas podría estar vinculada a una disfunción duradera del EPR, lo que a su vez puede provocar anomalías en la OCT incluso tras la retirada del agente tóxico. Este caso pone de manifiesto la importancia de considerar la composición de los productos capilares para prevenir daños en la salud visual.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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