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La nueva ley antitabaco amplía las zonas sin tabaco ni ‘vapers’ y prohíbe fumar a los menores por primera vez

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nueva ley antitabaco
EFE/ Cabalar/Archivo

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la nueva ley antitabaco en España, una normativa que supone un cambio profundo en la regulación del consumo de tabaco y productos relacionados. El texto equipara los cigarrillos electrónicos y los productos de vapeo al tabaco convencional, prohibiendo fumar y vapear en espacios públicos hasta ahora permitidos, como terrazas de hostelería, piscinas o marquesinas.

Aunque inicialmente se valoró introducir el empaquetado genérico, finalmente esta medida no se ha incluido en el borrador aprobado en primera vuelta.

Prohibición de fumar para menores

Uno de los puntos más novedosos del anteproyecto es que, por primera vez, se prohíbe expresamente fumar o vapear a los menores de edad. Hasta ahora, la ley solo contemplaba la prohibición de venta o entrega de tabaco a menores, pero no sancionaba el consumo.

El nuevo texto actualiza además el régimen sancionador, estableciendo multas que recaerán en padres, tutores o responsables legales cuando los menores sean sorprendidos fumando o vapeando.

Espacios libres de humo: nuevas zonas donde no se podrá fumar ni vapear

La normativa amplía los entornos libres de humo en consonancia con las recomendaciones de la Comisión Europea y las políticas de salud pública internacionales. Entre los espacios en los que quedará prohibido fumar o vapear se incluyen:

  • Exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales.

  • Parques infantiles y zonas culturales o deportivas.

  • Terrazas de bares, estaciones de transporte, conciertos y espectáculos al aire libre.

  • Vehículos de transporte con conductor.

También se establecerá un perímetro de seguridad de 15 metros lineales alrededor de hospitales, colegios, instalaciones deportivas o parques infantiles, donde tampoco se permitirá el consumo.

Regulación de los productos relacionados con el tabaco

El aumento del consumo de dispositivos alternativos ha obligado a Sanidad a regularlos con las mismas restricciones que el tabaco. Se incluyen:

  • Cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina.

  • Bolsitas de nicotina oral, en polvo, comprimidos o sobres.

  • Productos a base de hierbas para fumar, vaporizar o inhalar (shishas, mezclas vegetales).

  • Dispositivos de tabaco calentado u otros preparados similares.

El objetivo es frenar su popularización entre los jóvenes y evitar que se conviertan en una vía de acceso al tabaquismo tradicional.

Régimen sancionador: multas de hasta 600.000 euros

El régimen sancionador se endurece notablemente.

  • Leves (100 a 600 €): fumar en espacios prohibidos, menores consumiendo, venta por menores o falta de señalización.

  • Graves (601 a 10.000 €): habilitar zonas para fumar en locales, reincidencia, venta online no autorizada, instalación indebida de máquinas expendedoras.

  • Muy graves (10.001 a 600.000 €): publicidad, patrocinio o promoción de tabaco y productos relacionados en cualquier medio o soporte.

Por primera vez, se establece que los padres o tutores pagarán las sanciones si sus hijos menores son sorprendidos fumando o vapeando.

Adiós a los desechables y limitación de la publicidad

La ley prohíbe expresamente la venta de cigarrillos electrónicos desechables, en línea con las recomendaciones sanitarias y medioambientales. Además, se veta cualquier forma de publicidad, promoción o patrocinio de tabaco y productos relacionados en medios digitales, redes sociales, bares, discotecas, mobiliario urbano o festivales culturales y deportivos.

Debate pendiente: empaquetado genérico y subida de impuestos

Pese a la presión de organizaciones médicas y asociaciones antitabaco, la norma no incluye el empaquetado genérico neutro ni el aumento de la fiscalidad sobre el tabaco. Ambas medidas son consideradas claves por expertos en salud pública, como Maribel Cristóbal (Sociedad Española de Neumología), que recuerda que subir los precios es uno de los métodos más efectivos para reducir el consumo.

Desde la asociación Nofumadores.org denuncian que el Gobierno ha cedido a la presión de la industria. Reclaman que en el trámite parlamentario se incluyan estas medidas, recordando que la OMS indica que un aumento del 10% en el precio del tabaco provoca que un 4% de fumadores deje el hábito.

Por el contrario, la patronal Hostelería de España considera “desproporcionada” la ley y advierte de que puede “aislar” a España como uno de los pocos países europeos con una prohibición total en terrazas.

Un paso más en la lucha contra el tabaquismo

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha defendido la norma asegurando que pone la prevención en el centro de las políticas sanitarias y que busca proteger el derecho a la salud, priorizando respirar aire limpio y vivir más y mejor. Según sus datos, cada día mueren 140 personas en España por causas relacionadas con el tabaco y hasta el 30% de los tumores están vinculados a su consumo.

El anteproyecto de ley, aprobado en primera vuelta, deberá recibir ahora los informes de los órganos constitucionales antes de volver al Consejo de Ministros y ser remitido al Parlamento para su tramitación definitiva.

 

 

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El novio de Ayuso ante el Supremo: “Pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. El fiscal general me había matado públicamente”

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El empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ha declarado este martes ante el Tribunal Supremo en el juicio contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, acusado de revelación de secretos por la filtración del correo electrónico en el que su defensa admitía “dos delitos fiscales”.


“El fiscal general me había destrozado públicamente”

Visiblemente afectado, González Amador relató ante el tribunal el impacto que tuvo aquella publicación.

“Pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. Estaba muerto. El señor García Ortiz me había matado públicamente”,
declaró, girándose hacia el fiscal general durante su testimonio.

El empresario aseguró que, hasta la filtración, confiaba en resolver el caso “de forma discreta y con una pena asumible”, pero todo cambió “cuando el asunto saltó a la luz pública”.


De una negociación fiscal a un caso mediático

Según explicó ante el Supremo, su intención inicial era alcanzar un acuerdo con la Fiscalía para cerrar el procedimiento por fraude fiscal. Sin embargo, el correo filtrado —en el que su abogado fiscalista, Carlos Neira, reconocía la existencia de “dos delitos contra la Hacienda Pública”— acabó difundido en medios de comunicación en marzo de 2024.

“Cuando vi mi expediente tributario y el correo en la prensa, llamé a mi abogado. Me dijo: ‘La presunción de inocencia se ha roto. Estamos en otra dimensión’”, ha recordado González Amador.

A partir de ese momento, según su testimonio, “todo el Gobierno comenzó a llamarle delincuente confeso”, lo que le causó “un daño irreparable” a nivel personal y profesional.


El juicio a García Ortiz y las tensiones institucionales

El juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se sigue en el Supremo tras la querella presentada por González Amador por revelación de secretos. El proceso ha vuelto a poner el foco en las tensiones entre el Gobierno central y la Comunidad de Madrid, así como en el papel de la Fiscalía General en casos con implicaciones políticas.

Durante la sesión, se recordaron también las declaraciones previas de altos cargos de la Comunidad de Madrid, como el jefe de Gabinete de Ayuso, que reconoció haber advertido de que “el fiscal general iría p’alante”.

 Un juicio histórico en la democracia española

El juicio a Álvaro García Ortiz, actual fiscal general del Estado, marca un hecho sin precedentes en la historia democrática española.
El proceso, que se celebra en el Tribunal Supremo, estará presidido por siete magistrados de la Sala de lo Penal, encargados de determinar si García Ortiz filtró un correo electrónico del abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, en el que se reconocía una supuesta defraudación a Hacienda.

Pese a la gravedad de la acusación, el juez Ángel Hurtado ha decidido que el fiscal general mantenga su cargo mientras dure el proceso judicial, que se prevé se alargue durante dos semanas.


El origen del caso: el correo del abogado de González Amador

Todo comenzó el 2 de febrero de 2024, cuando Carlos Neira, abogado del empresario Alberto González Amador, remitió a la Fiscalía un correo electrónico con una propuesta de pacto.
En él se reconocía la posibilidad de que su cliente hubiera cometido un delito contra la Hacienda Pública.

Durante más de un mes, el contenido de ese correo permaneció reservado. Sin embargo, el 12 de marzo de 2024, varios medios de comunicación publicaron que la pareja de Ayuso podría haber defraudado dinero al fisco.
Al día siguiente, desde la Comunidad de Madrid, el portavoz Miguel Ángel Rodríguez negó esa versión y aseguró que fue la Fiscalía la que había propuesto el pacto.
Esa misma noche, según la investigación, se habría producido la presunta filtración del correo.


La posición del fiscal general

Durante su declaración ante el Tribunal Supremo, García Ortiz negó “rotundamente” haber filtrado información confidencial.
El magistrado instructor, no obstante, considera que existen “indicios razonables” de que la filtración pudo salir de la Fiscalía.

El propio Alberto González Amador ha asegurado que la publicación del correo electrónico vulneró su derecho a la intimidad y afectó a su reputación:

“Todo eso me ha ido lastrando”, declaró ante el tribunal.


Un proceso sin retransmisión pública

Aunque se trata de un juicio inédito en España, el Tribunal Supremo ha decidido no retransmitir las sesiones en directo.
A lo largo del proceso declararán unos cuarenta testigos, entre ellos políticos, periodistas y miembros de la Guardia Civil.
El último en declarar será el propio Álvaro García Ortiz, quien sigue al frente de la Fiscalía General del Estado durante la vista.


Qué consecuencias puede tener el juicio

Si el Tribunal Supremo declarara culpable al fiscal general, la sentencia podría implicar:

  • Entre 4 y 6 años de cárcel,

  • 12 años de inhabilitación para ejercer un cargo público,

  • y una multa superior a los 400.000 euros.

Por el momento, el proceso continúa abierto, y se espera que el fallo se conozca antes de final de mes.


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