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Estas son las nuevas restricciones en la Comunitat Valenciana
Publicado
hace 5 añosen
El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha comparecido ante les medios junto a la consellera de Sanitat, Ana Barceló, para informar de la evolución de la pandemia de coronavirus en la Comunitat Valenciana y de las nuevas restricciones que afectarán a los ciudadanos a partir de mañana. Estas son las medidas que entraran en vigor a las 00.00 horas del 7 de noviembre y estarán vigentes hasta el 9 de diciembre:
Velatorios y entierros. Los velatorios quedan limitados a 25 personas máximo en espacios al aire libre y a 15 en espacios cerrados. La misma limitación queda marcada para los entierros.
Celebraciones. Las ceremonias no religiosas quedan sometidas a la misma limitación en cuanto al número de personas, incluyendo aquellas que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración: 25 personas máximo al aire libre, 15 en espacios cerrados.
Eventos y actividades multitudinarias. No se autoriza ningún tipo de evento o de actividad multitudinaria de los previstos en la normativa estatal y autonómica.
Actividades festeras tradicionales. Las actividades habituales de las sedes festeras tradicionales quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas. En ningún caso estarán abiertos a la público.
Actividades de tiempo libre y ocio libre de la población infantil y juvenil y parques infantiles recreativos. Aforo del 50% en los parques infantiles recreativos al aire libre, castillos hinchables, toboganes y otros juegos infantiles. Los locales de ocio infantil en espacios cerrados deberán garantizar la limpieza continua y que no se produzca intercambio de objetos entre las personas usuarias. Las actividades grupales tendrán un máximo de 6 participantes.
Establecimientos y locales comerciales minoristas. Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán reducir su aforo a 1/3. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas, deberá guardar esta misma proporción. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.
Mercadillos al aire libre. Se podrán instalar hasta un máximo del 50 % de los puestos habitualmente autorizados. Los espacios deberán estar delimitados con cintas de obras, valla o cualquier otro medio que permita marcar de forma clara los límites del espacio, de manera que permita limitar la afluencia de clientes y clientas y se asegure el aforo permitido.
Centros y parques comerciales. Límite a un 50 % del aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos. No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes, incluidas las áreas de descanso, excepto para eltránsito entre establecimientos. Deberán estar cerradas las zonas recreativas. Lo previsto en este apartado no será de aplicación a la actividad de hostelería y restauración que se desarrolle en dichas zonas comunes, que se regirán por las reglas establecidas para la actividad de hostelería y restauración.
Hostelería y restauración. Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería. El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo. Y el consumo en las terrazas no podrá superar el 50 % del aforo. No se permiten los servicios tipo self-service o bufet. No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebida en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos.
Hoteles y alojamientos turísticos. Las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar 1/3 de su aforo. Para los servicios de restauración, se estará a lo descrito en el punto que ordena las medidas de establecimientos de hostelería y restauración. Los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos no podrán ser utilizados simultáneamente por personas que pertenezcan a distintos grupos de convivencia.
Bibliotecas y archivos. No podrán superar el 50 % de su aforo.
Museos y salas de exposiciones, visitas y otras actividades culturales en monumentos y otros equipamientos culturales. Los museos, las de salas de exposiciones, los monumentos y otros equipamientos culturales pueden acoger tanto visitas de público como actividades culturales, educativas, conferencias, talleres y conciertos; serán accesibles para el público para su visita individual, de convivientes o de grupos de hasta seis personas, siempre que no se supere el 50 % del aforo autorizado para cada una de las salas y espacios cerrados del museo y de las salas de exposiciones.
Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre. Podrán desarrollar su actividad con el público sentado y siempre que no se supere el 50 % del aforo autorizado en cada espacio cerrado. Se prohíbe comer y beber en el interior de las salas. Las entradas han de ser numeradas y los asientos preasignados con identificación de las personas que los ocupen. En el caso de recintos y establecimientos en los que se celebren actos y espectáculos al aire libre, el público ha de permanecer sentado y no se podrá superar el 50 % del aforo autorizado. No se permiten los espectáculos itinerantes en los cuales público y espectáculo se mueven al mismo tiempo ni el intercambio e inclusión de las personas espectadoras en el mismo.
Actividades de guía turístico. Las actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de seis personas. Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del 50 % en instalaciones cerradas y al aire libre.
Congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos. Se recomienda su realización telemática. Los presenciales no podrán superar en ningún caso 50 % del aforo en cada uno de los pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos, y otros establecimientos e instalaciones similares, incluyendo las de las instituciones feriales de la Comunitat Valenciana. No se autorizan servicios de hostelería ni restauración en este tipo de eventos.
Locales y establecimientos de juegos y apuestas. No podrán superar 1/3 del aforo autorizado en cada una de las salas, en mesas o agrupaciones de mesas en grupos, que serán de un máximo de seis personas.
Piscinas recreativas. Las piscinas para uso recreativo, piscinas de hoteles, alojamientos turísticos y piscinas de urbanizaciones deberán respetar el límite de 1/3 de su capacidad de aforo para las piscinas cerradas y del 50 % en piscinas al aire libre tanto en lo relativo a su acceso como a la práctica recreativa. No se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.
Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada. Se recomienda la enseñanza telemática. Si es presencial, no se puede superar el 50 % del aforo máximo de la instalación. En las prácticas de vehículos de autoescuela, la limitación es de 2 personas por fila de asientos y con uso de mascarilla.
Residencias de personas mayores y personas con discapacidad. La atención a la ciudadanía será exclusivamente con cita previa, la actividad será de forma individual para los servicios de parafina, podología, fisioterapia, terapias rehabilitadoras y peluquería, y se no habrá actividades grupales.
Actividad física o deporte no profesional, ni federadas. Se podrá practicar sin contacto físico en las modalidades deportivas individuales y que se practican por parejas. Se podrán realizar actividades físicas en grupos hasta un máximo de 30 personas, cuando se realizan en instalaciones abiertas, y hasta un máximo de 20 personas, cuando se realizan en instalaciones cerradas, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y siempre que no se supere 1/3 el aforo máximo. Se deberá garantizar la ventilación de las instalaciones y respetar las medidas de seguridad interpersonal. No se permitirá el uso de vestuarios ni duchas.
Eventos deportivos. Deberán desarrollarse sin público.
Ocupación de vehículos de transporte terrestre. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluida la persona conductora, se permite ocupar la totalidad de las plazas traseras del vehículo, así como las ofertadas en la fila de asientos del conductor, cuando se hayan agotado, previamente las traseras, salvo cuando el conductor pueda ser considerado como persona de riesgo. En los vehículos en que, por las características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otras, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que los ocupantes utilizan mascarillas y mantengan la máxima distancia posible. En todos los supuestos será obligatorio el uso de mascarilla por todas las personas ocupantes de los vehículos, excepto cuando todas las personas ocupantes del vehículo convivan en el mismo domicilio.
Consumo de tabaco y asimilados. No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo.
Cribados con PCR en grupos específicos. En caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas.
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Señales para identificar si tu hijo sufre bullying
Publicado
hace 3 horasen
23 febrero, 2026
Es uno de los temas más desagradables por eso es fundamental tener las claves para identificar si tu hijo sufre bullying. La Asociación Española para la Prevención del Acoso Escolar (AEPAE) señala que «hay que diferenciar entre conflictos relacionales puntuales y el acoso escolar o bullying».
Un indicador objetivo de que el conflicto entre iguales puede denominarse acoso escolar, es que la vida normal del niño o adolescente se vea perjudicada y alterada por este maltrato reiterado.
Cuando la víctima tiene la expectativa de que el maltrato va a producirse de nuevo, podemos llegar a la conclusión de que este maltrato SÍ es acoso escolar.
AEPAE recoge que según el Informe Cisneros X, solamente el 10% del acoso escolar es físico, produciendo lesiones visibles. El 90% del acoso escolar es psicológico: hostigamiento verbal, intimidaciones, amenazas, coacciones, exclusión social, bloqueo y estigmatización.
Señales para identificar si tu hijo sufre bullying
Si los daños físicos son heridas y hematomas de diversa gravedad, los daños psicológicos pueden ser:
- estrés postraumático
- depresión
- somatización
- ansiedad
- ideación suicida
- cambios en la personalidad
- disminución de la autoestima y del rendimiento escolar.
Los elementos que intervienen en el acoso escolar son el acosador, la víctima y los observadores. El acosador pretende obtener un rédito, un beneficio de este comportamiento como popularidad, poder, etc…, y no cesa en su cometido si no tiene ninguna sanción.
La víctima sufre a menudo en silencio esta situación. Los observadores pasivos, legitiman el acoso. Algunos pueden participar en el mismo como colaboradores y otros sencillamente observan el proceso sin intervenir.
AEPAE recalca que cualquier niño o adolescente puede ser víctima de acoso escolar. No existe un perfil determinado ni de víctima ni de acosador. El proceso de acoso suele desencadenarse cuando se pone a un niño en el foco de atención del resto del grupo y otro compañero le maltrata física o psicológicamente.
El acoso escolar sigue un proceso sumatorio y crece como una bola de nieve cayendo por la ladera de la montaña: se hace cada vez más grande si no encuentra nada que la detenga. Suele ser muy común que el acoso inicial sea verbal, para desembocar en el acoso físico.
El ciberacoso puede desempeñar el papel de caja de resonancia del acoso que se produce en persona o también ser el punto de partida, mediante la distribución de una grabación ofensiva hacia la víctima. En cualquier caso el ciberacoso amplifica el acoso escolar de manera exponencial. La víctima ya no solo es acosada en el horario escolar, sino las 24 horas del día.
El acoso escolar no es un juego entre escolares, recalcan desde AEPAE. Es algo muy serio que puede marcar a un niño para toda la vida, e incluso inducirle al suicidio.
Ciberacoso: Todo sobre esta nueva modalidad de acoso escolar
El fenómeno del acoso escolar ha traspasado las relaciones sociales cara a cara para trasladarse a Internet y a las redes sociales, bien como herramienta de refuerzo del acoso ocurrido en las aulas o como acoso realizado de forma anónima. El correo personal, Tuenti, Facebook e incluso el teléfono móvil, se han convertido en herramientas de uso cotidiano utilizadas a menudo para insultar, ridiculizar y amenazar a los compañeros. El uso de las tecnologías de la información: smartphones, ordenadores, tablets y otros dispositivos que van apareciendo en nuestro entorno cotidiano, se utilizan cada vez desde edades más tempranas. Hay niños de 8 años que ya tienen su propio teléfono móvil.
Consejos de expertos en seguridad de la información:
- No contestes a mensajes que traten de acosarte o hacerte sentir mal: animas al acosador. Bloquea a cualquier remitente que te acose. De esa manera no le será posible volver a hacerlo.
- Guarda el mensaje como prueba del acoso: nadie es anónimo en la red ya que toda acción deja huella. Existe ya numerosa jurisprudencia sobre ello.
- Cuéntaselo a tus padres o familiares y al centro escolar para que se tomen las medidas pertinentes y denúncialo a la Policía o a la Guardia Civil, si lo crees necesario ya que puede ser constitutivo de delito.
- Se cuidadoso con la gestión de la información privada –tanto la tuya propia como la de terceros-. Y no la envíes nunca a desconocidos.
- Sé prudente con la utilización de la cámara web (o webcam). Nunca debe estar encendida si no es ante los amigos de confianza. Jamás ante los desconocidos.
- No le des tu dirección de correo ni tu teléfono a desconocidos, aunque te la pidan en persona.
- En las redes sociales restringe el acceso a tu información personal a tus amigos de confianza –datos personales, fotografías y vídeos deben estar protegidos de terceras personas-. Ten tus claves de acceso a cualquier dispositivo que utilices: teléfonos móviles, correo, perfiles de redes sociales, etc, a buen recaudo, y cámbialas inmediatamente si sospechas que alguien las puede estar utilizando.
- Jamás participes en foros y chats sin tomar las precauciones adecuadas. Nunca proporciones información personal por estas vías: ni la dirección de tu domicilio, ni tu teléfono, ni tu dirección de correo ni tus datos personales.
- Por último, recuerda que Internet es un canal abierto a todo el mundo y que tú no tienes control sobre ello. Sin embargo, tú si tienes el control sobre tus relaciones personales y sobre quienes quieres que formen parte de ellas.
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