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Estas son las nuevas restricciones en la Comunitat Valenciana

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El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha comparecido ante les medios junto a la consellera de Sanitat, Ana Barceló, para informar de la evolución de la pandemia de coronavirus en la Comunitat Valenciana y de las nuevas restricciones que afectarán a los ciudadanos a partir de mañana. Estas son las medidas que entraran en vigor a las 00.00 horas del 7 de noviembre y estarán vigentes hasta el 9 de diciembre:

Velatorios y entierros. Los velatorios quedan limitados a 25 personas máximo en espacios al aire libre y a 15 en espacios cerrados. La misma limitación queda marcada para los entierros.

Celebraciones. Las ceremonias no religiosas quedan sometidas a la misma limitación en cuanto al número de personas, incluyendo aquellas que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración: 25 personas máximo al aire libre, 15 en espacios cerrados.

Eventos y actividades multitudinarias. No se autoriza ningún tipo de evento o de actividad multitudinaria de los previstos en la normativa estatal y autonómica.

Actividades festeras tradicionales. Las actividades habituales de las sedes festeras tradicionales quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas. En ningún caso estarán abiertos a la público.

Actividades de tiempo libre y ocio libre de la población infantil y juvenil y parques infantiles recreativos. Aforo del 50% en los parques infantiles recreativos al aire libre, castillos hinchables, toboganes y otros juegos infantiles. Los locales de ocio infantil en espacios cerrados deberán garantizar la limpieza continua y que no se produzca intercambio de objetos entre las personas usuarias. Las actividades grupales tendrán un máximo de 6 participantes.

Establecimientos y locales comerciales minoristas. Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán reducir su aforo a 1/3. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas, deberá guardar esta misma proporción. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.

Mercadillos al aire libre. Se podrán instalar hasta un máximo del 50 % de los puestos habitualmente autorizados. Los espacios deberán estar delimitados con cintas de obras, valla o cualquier otro medio que permita marcar de forma clara los límites del espacio, de manera que permita limitar la afluencia de clientes y clientas y se asegure el aforo permitido.

Centros y parques comerciales. Límite a un 50 % del aforo en cada uno de los establecimientos y locales comerciales situados en ellos. No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes, incluidas las áreas de descanso, excepto para eltránsito entre establecimientos. Deberán estar cerradas las zonas recreativas. Lo previsto en este apartado no será de aplicación a la actividad de hostelería y restauración que se desarrolle en dichas zonas comunes, que se regirán por las reglas establecidas para la actividad de hostelería y restauración.

Hostelería y restauración. Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería. El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo. Y el consumo en las terrazas no podrá superar el 50 % del aforo. No se permiten los servicios tipo self-service o bufet. No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebida en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos.

Hoteles y alojamientos turísticos. Las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrán superar 1/3 de su aforo. Para los servicios de restauración, se estará a lo descrito en el punto que ordena las medidas de establecimientos de hostelería y restauración. Los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos no podrán ser utilizados simultáneamente por personas que pertenezcan a distintos grupos de convivencia.

Bibliotecas y archivos. No podrán superar el 50 % de su aforo.

Museos y salas de exposiciones, visitas y otras actividades culturales en monumentos y otros equipamientos culturales. Los museos, las de salas de exposiciones, los monumentos y otros equipamientos culturales pueden acoger tanto visitas de público como actividades culturales, educativas, conferencias, talleres y conciertos; serán accesibles para el público para su visita individual, de convivientes o de grupos de hasta seis personas, siempre que no se supere el 50 % del aforo autorizado para cada una de las salas y espacios cerrados del museo y de las salas de exposiciones.

Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, y recintos y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre. Podrán desarrollar su actividad con el público sentado y siempre que no se supere el 50 % del aforo autorizado en cada espacio cerrado. Se prohíbe comer y beber en el interior de las salas. Las entradas han de ser numeradas y los asientos preasignados con identificación de las personas que los ocupen. En el caso de recintos y establecimientos en los que se celebren actos y espectáculos al aire libre, el público ha de permanecer sentado y no se podrá superar el 50 % del aforo autorizado. No se permiten los espectáculos itinerantes en los cuales público y espectáculo se mueven al mismo tiempo ni el intercambio e inclusión de las personas espectadoras en el mismo.

Actividades de guía turístico. Las actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de seis personas. Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del 50 % en instalaciones cerradas y al aire libre.

Congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos. Se recomienda su realización telemática. Los presenciales no podrán superar en ningún caso 50 % del aforo en cada uno de los pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos, y otros establecimientos e instalaciones similares, incluyendo las de las instituciones feriales de la Comunitat Valenciana. No se autorizan servicios de hostelería ni restauración en este tipo de eventos.

Locales y establecimientos de juegos y apuestas. No podrán superar 1/3 del aforo autorizado en cada una de las salas, en mesas o agrupaciones de mesas en grupos, que serán de un máximo de seis personas.

Piscinas recreativas. Las piscinas para uso recreativo, piscinas de hoteles, alojamientos turísticos y piscinas de urbanizaciones deberán respetar el límite de 1/3 de su capacidad de aforo para las piscinas cerradas y del 50 % en piscinas al aire libre tanto en lo relativo a su acceso como a la práctica recreativa. No se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.

Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada. Se recomienda la enseñanza telemática. Si es presencial, no se puede superar el 50 % del aforo máximo de la instalación. En las prácticas de vehículos de autoescuela, la limitación es de 2 personas por fila de asientos y con uso de mascarilla.

Residencias de personas mayores y personas con discapacidad. La atención a la ciudadanía será exclusivamente con cita previa, la actividad será de forma individual para los servicios de parafina, podología, fisioterapia, terapias rehabilitadoras y peluquería, y se no habrá actividades grupales.

Actividad física o deporte no profesional, ni federadas. Se podrá practicar sin contacto físico en las modalidades deportivas individuales y que se practican por parejas. Se podrán realizar actividades físicas en grupos hasta un máximo de 30 personas, cuando se realizan en instalaciones abiertas, y hasta un máximo de 20 personas, cuando se realizan en instalaciones cerradas, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y siempre que no se supere 1/3 el aforo máximo. Se deberá garantizar la ventilación de las instalaciones y respetar las medidas de seguridad interpersonal. No se permitirá el uso de vestuarios ni duchas.

Eventos deportivos. Deberán desarrollarse sin público.

Ocupación de vehículos de transporte terrestre. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluida la persona conductora, se permite ocupar la totalidad de las plazas traseras del vehículo, así como las ofertadas en la fila de asientos del conductor, cuando se hayan agotado, previamente las traseras, salvo cuando el conductor pueda ser considerado como persona de riesgo. En los vehículos en que, por las características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otras, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que los ocupantes utilizan mascarillas y mantengan la máxima distancia posible. En todos los supuestos será obligatorio el uso de mascarilla por todas las personas ocupantes de los vehículos, excepto cuando todas las personas ocupantes del vehículo convivan en el mismo domicilio.

Consumo de tabaco y asimilados. No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo.

Cribados con PCR en grupos específicos. En caso de brote epidémico, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas.

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¿Qué precios suben y cuáles bajan en 2026? La lista completa que marcará el coste de la vida

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa

Con 2026 a la vuelta de la esquina, familias y empresas encaran el nuevo año con una preocupación común: cómo evolucionarán los precios y qué impacto tendrá la inflación en el día a día. Tras un 2025 marcado por fuertes tensiones en el coste de la vida, las previsiones apuntan a un escenario más moderado, aunque con subidas significativas en algunos ámbitos clave y alivio en otros.

La cesta de la compra, el acceso a la vivienda, los gastos del hogar, los impuestos, el transporte y la evolución de salarios y pensiones seguirán siendo determinantes para el bolsillo en 2026. A continuación, repasamos qué precios subirán y cuáles bajarán el próximo año.


Vivienda: el mayor foco de tensión económica en 2026

El precio de la vivienda continuará siendo la principal preocupación. Tras un 2025 de incrementos históricos, los alquileres volverán a subir en 2026, con estimaciones que sitúan el aumento entre el 3% y el 8%, dependiendo de la zona.

Este encarecimiento estará impulsado, en parte, por la renovación de contratos firmados tras la pandemia, cuando los precios eran más bajos. Se calcula que este ajuste afectará a más de 1,6 millones de contratos, lo que podría suponer un sobrecoste medio anual de unos 1.700 euros para los inquilinos.

En el mercado de compraventa, bancos y analistas prevén subidas cercanas al 7%, lo que seguirá dificultando el acceso a la propiedad, especialmente para jóvenes y familias con rentas medias.


Gastos del hogar: luz y gas bajan, pero sube la parte fija

En cuanto a los suministros básicos, 2026 traerá un comportamiento desigual:

  • Electricidad: se espera una bajada de entre el 5% y el 10% en la parte variable de la factura gracias a la moderación de los precios energéticos. Sin embargo, la parte fija del recibo subirá, lo que limitará el ahorro final.

  • Gas: la factura podría reducirse alrededor de un 8,7%, una de las pocas buenas noticias claras para los hogares.

  • Agua: será más cara en grandes ciudades. En Madrid subirá cerca de un 3% y en Barcelona alrededor de un 2,9%.


La cesta de la compra: subidas más suaves, pero persistentes

Los precios de los alimentos seguirán al alza en 2026, aunque a un ritmo más moderado que en 2025. Tras el fuerte repunte de productos básicos en los últimos meses, los expertos prevén incrementos más contenidos, aunque sin volver a los niveles previos a la inflación.

Los hogares seguirán notando el encarecimiento en productos frescos, mientras que los congelados y marcas blancas continuarán ganando peso como estrategia de ahorro.


Seguros y otros servicios: tendencia claramente ascendente

Los seguros de salud privados, que ya registraron subidas de dos dígitos en 2025, volverán a encarecerse en 2026, aunque con incrementos algo más moderados. También se esperan ajustes al alza en otros seguros y servicios vinculados al coste sanitario y a la inflación general.


Pensiones y salarios: suben los ingresos, pero también las cotizaciones

En el capítulo de los ingresos, 2026 traerá mejoras, especialmente para los pensionistas:

  • Pensiones contributivas: subirán un 2,7%

  • Pensiones mínimas y no contributivas: aumentarán por encima de ese porcentaje

  • Ingreso Mínimo Vital: también se revalorizará

Los funcionarios verán incrementado su salario al inicio del año, mientras que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) está pendiente de confirmarse, aunque las previsiones apuntan a una subida superior al 3%.

No obstante, la reforma del sistema de pensiones seguirá traduciéndose en mayores cotizaciones sociales:

  • Aumento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional

  • Incremento de la cuota de solidaridad para los salarios más altos

  • Subida de casi el 4% en la base máxima de cotización

Esto elevará el coste laboral tanto para empresas como para trabajadores con mayores ingresos.


Transporte: alivio en el transporte público, presión en los vuelos

El transporte público será uno de los aspectos más positivos de 2026. El Gobierno ha decidido prorrogar las ayudas, lo que permitirá mantener tarifas reducidas en los servicios de titularidad estatal y, previsiblemente, en muchas redes autonómicas y municipales.

En cambio, viajar en avión podría ser más caro. El canon aeroportuario que cobra AENA subirá más de un 6%, un coste que las aerolíneas podrían trasladar al precio final de los billetes.


Resumen rápido: qué sube y qué baja en 2026

🔺 Suben en 2026

  • Alquileres y precio de la vivienda

  • Parte fija de la factura de la luz

  • Agua en grandes ciudades

  • Seguros de salud privados

  • Cotizaciones sociales

  • Posibles billetes de avión

🔻 Bajan en 2026

  • Parte variable de la factura eléctrica

  • Gas

  • Ritmo de subida de la cesta de la compra

  • Transporte público (mantiene tarifas reducidas)


Un 2026 de ajustes y planificación

El nuevo año se presenta como un periodo de ajustes más que de alivio total. Aunque algunos gastos clave darán un respiro, otros seguirán presionando el presupuesto familiar. La planificación, el control del gasto y la búsqueda de alternativas seguirán siendo fundamentales para afrontar un 2026 marcado por la moderación, pero no por la bajada generalizada de precios.

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