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Valencia

El Consell aprueba una Oferta de Empleo Público de 4.507 plazas para personal sanitario

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El pleno del Consell ha aprobado este jueves la Oferta de Empleo Público de 2023 con 4.507 plazas de diferentes categorías en el sistema para personal sanitario.

Del total de puestos ofertados en esta convocatoria, 4.378 son estatutarios y 129, funcionariales de gestión sanitaria, según ha detallado la Generalitat.

Por categorías, se trata de 1.155 plazas de Enfermería, 18 plazas de personal médico de urgencias hospitalarias y 127 plazas de personal técnico especialista en radiodiagnóstico.

Además, se incorporan 1.982 plazas debido a la tasa de reposición acordada del 120 %, de las cuales 1.853 son plazas estatutarias y 129 son puestos funcionariales de gestión sanitaria.

Del total de estas plazas estatutarias de la tasa de reposición, 40 son de personal analista programador; 100 de personal auxiliar administrativo; 20 de personal técnico de farmacia; 179 de celador o celadora; 70 de personal de enfermería especialista familiar y comunitario; 40 de enfermería especialista en salud mental; 262 de enfermería de instituciones sanitarias; 20 de enfermería de SAMU; 270 de personal facultativo especialista; 50 de fisioterapeuta; 40 de personal de ingeniería de aplicaciones y sistemas; y 225 de personal médico de familia.

Además hay 120 de personal facultativo de urgencia hospitalaria; 60, de pediatría; 175 de personal técnico en cuidados auxiliares de enfermería; 20 de personal técnico especialista en documentación sanitaria; 60 de personal técnico especialista en laboratorio; 60 de personal técnico especialista en radiodiagnóstico; 22 de terapeuta ocupacional, y 20 de personal especialista en Trabajo Social.

Por otra parte, esta OPE de 2023 contempla también 1.225 plazas estatutarias que se reservan para la promoción interna de personal fijo de distintas categorías.

De ellas, 60 son de personal administrativo; 200 de personal auxiliar administrativo; 50 de celador o celadora; 100 de personal de enfermería familiar y comunitaria; 15 de enfermería de salud mental; 250 de enfermería de instituciones sanitarias; 25 de gestión de función administrativa; 150 de personal médico de familia; 15 de personal médico SAMU; 40 de personal facultativo de urgencias hospitalarias; 200 de personal técnico en cuidados auxiliares de enfermería; 100 de personal técnico especialista en laboratorio, y 20 de personal técnico de informática.

La asignación presupuestaria ya está contemplada en el Presupuesto de la Conselleria de Sanidad, por lo que no comporta nuevas obligaciones económicas, han recordado las fuentes.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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