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OPOSICIONES| Luz verde de la Generalitat a la OPE de 477 nuevas plazas

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VALÈNCIA, 12 Abr. – El Consell ha aprobado este viernes la Oferta Pública de Empleo (OPE) de la Generalitat de 2019, con una oferta de un total de 477 nuevos puestos: 286 por turno libre y 191 de promoción interna, con el objetivo de reducir la temporalidad en la administración.

Esta convocatoria, negociada con los sindicatos el pasado 29 de marzo, se refiere exclusivamente a los puestos cuya gestión tiene atribuida la dirección general de Función Pública de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas. Deberá convocar los procesos selectivos en el plazo máximo de un año.

La OPE de 2019 contiene las plazas correspondientes a los puestos de trabajo que están dotados presupuestariamente e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo aprobadas. Estos se encuentran vacantes, están desempeñados de modo interino o temporal o son susceptibles de ser convertidos en el grupo de titulación superior.

Además de las 286 por turno libre (anexo I), de las 191 plazas de promoción interna, 154 corresponden a la promoción interna ordinaria (anexo II), en cumplimiento de la ley autonómica 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, en cuanto a la reserva para la promoción interna del personal.

También se incluyen 21 plazas del cuerpo B-08 técnico de gestión de proyectos de urbanismo y construcción de la administración de la Generalitat (grupo/subgrupo profesional B), a las que se podrá acceder mediante la convocatoria de procesos restringidos de promoción interna (anexo III).

Otros 16 puestos son para turnos de promoción interna, restringida para el personal laboral fijo que cumpla los requisitos establecidos en las disposiciones adicional segunda y transitoria quinta de la ley 10/2010.

Las convocatorias preverán que las plazas incluidas en el anexo II que resulten desiertas tras cada uno de los procesos selectivos de promoción interna puedan acumularse a la correspondiente convocatoria de turno libre.

En concreto, las convocatorias de las plazas incluidas en el apartado B del anexo I corresponden a los procesos de estabilización de empleo. Se articularán mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con los criterios recogidos en el acuerdo de 5 de octubre de 2018 del Consell y el plan de estabilidad en el empleo público 2017/2020. Se garantizan, en todo caso, los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

PLAZAS RESERVADAS
La OPE de 2019 reserva más de un 7% de las plazas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que sea compatible con el puesto de trabajo.

Con la intención de promover la igualdad de género, deberán incluir como criterio de desempate –antes del sorteo o primera letra del apellido– la resolución a favor de la mujer en caso de que este sexo esté infrarrepresentado.

Fuente: Europapress

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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