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¿Podrán cogerse la baja los padres con hijos en cuarentena o positivo por COVID-19?

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El Plan ‘Me CUida’ puesto en marcha por el Gobierno para facilitar la conciliación laboral y familiar en el caso de que aquellas personas trabajadoras tengan que ‘hacerse cargo’ de personas con positivo por COVID-19 tiene sus matizaciones. Este martes, la ministra de Hacienda, Mª Jesús Montero, aclaraba las dudas respecto a los permisos laborales que pueden tener aquellos padres cuyos hijos estén infectados por coronavirus o, en su defecto, deban permanecer en cuarentena.

Montero avanzaba que aquellos padres con un hijo que de positivo en COVID-19 tendrán derecho a una baja laboral con el criterio de incapacidad temporal, lo que les permite obrar entre el 60% y el 75% de la base de los trabajadores. Incluso los autónomos también se podrán acoger a este derecho, pero su retribución variará en función de los casos.

La ministra apuntaba que para el resto de casos, Trabajo había puesto en marcha el programa ‘Me Cuida’, que permite que los trabajadores tengan derecho a una flexibilidad de la jornada laboral, incluso, del cien por cien, pero con la correspondiente reducción de salario.

Sin embargo, este miércoles, el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, garantizaba que los padres con hijos en cuarenta y PCR negativa podrán cobrar también la baja por incapacidad temporal y que la medida se ponga en marcha de «forma inminente».

Según Iglesias esta situación es «inaceptable» y ha asegurado que los ministerios de Trabajo e Inclusión «van a extender esa incapacidad temporal para esos supuestos» porque «es una cuestión de salud pública».

«No podemos decir a los padres que no sean responsables y claro que vamos a legislar la figura de la incapacidad temporal si el niño tiene fiebre y no puede dejarlo con nadie», ha aclarado.

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Nuevos abonos gratuitos de Renfe: cómo y cuándo solicitarlos

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abono gratuito renfe

Abonos gratis de Renfe para mayo y junio de 2025: requisitos, fechas y cómo solicitarlos

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha activado los nuevos abonos gratuitos de Renfe para los meses de mayo y junio de 2025, dirigidos a usuarios frecuentes de los servicios de Cercanías, Rodalies y Media Distancia. Estos títulos ya pueden solicitarse desde el martes 8 de abril a través de los canales habituales de Renfe.

Quién puede solicitar los abonos gratuitos de Renfe

Estos abonos están destinados a personas usuarias habituales del tren, y permiten realizar viajes ilimitados durante el período de validez, siempre que se cumpla un número mínimo de trayectos. Para su obtención, es necesario realizar un depósito en forma de fianza, que se devuelve al final del periodo si se alcanzan los requisitos establecidos.


Fechas de solicitud y validez de los abonos

  • Inicio de la solicitud: desde el 8 de abril de 2025.

  • Periodo de validez: del 1 de mayo al 30 de junio de 2025.

  • Excepción regional: en Cantabria y Asturias, los abonos tendrán validez hasta el 31 de agosto, debido a su formato cuatrimestral.


Fianza: precios y condiciones para su devolución

Aunque los abonos son gratuitos, el usuario debe abonar una fianza para activar el título. Esta se reembolsará si se alcanza el número mínimo de viajes requerido:

  • Cercanías y Rodalies:

    • Fianza: 10 euros

    • Requisito: al menos 8 viajes

  • Media Distancia:

    • Fianza: 20 euros

    • Requisito: mínimo de 8 viajes

  • Cantabria y Asturias (abono cuatrimestral):

    • Fianza: 10 euros

    • Requisito: mínimo de 16 viajes

Una de las principales novedades de este año es la reducción del número de trayectos necesarios para recuperar la fianza, que pasa de 16 a 8 viajes en la mayoría de los casos.


Cómo solicitar los abonos gratuitos de Renfe

Los abonos pueden solicitarse por las vías habituales:

  • A través de la app Renfe Cercanías

  • En máquinas de autoventa situadas en estaciones

  • En las taquillas físicas de Renfe

  • En la web oficial de Renfe: www.renfe.com

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