Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Esta es la calculadora oficial para actualizar alquileres con el nuevo índice de referencia

Publicado

en

precio alquiler nuevo ipc

El Gobierno lanza el Índice de Referencia para Actualización de Alquileres: una herramienta informativa para propietarios e inquilinos

El Gobierno ha cumplido uno de los hitos clave de la Ley de Vivienda: la publicación del Índice de Referencia de Arrendamientos Inmobiliarios (IRAV). Este índice, junto con una calculadora oficial, permitirá a propietarios e inquilinos calcular el precio máximo al que puede actualizarse la renta en virtud del contrato de arrendamiento firmado.


Cómo funciona la herramienta oficial

El Ministerio de Vivienda ha lanzado una calculadora online para facilitar el proceso de actualización de rentas. Los usuarios deben introducir el precio mensual del alquiler actual y especificar si el contrato se firmó antes o después del 25 de mayo de 2023, fecha en la que entró en vigor la Ley de Vivienda.

Si el contrato se firmó con posterioridad, podrá aplicarse el Índice de Referencia para la actualización de la renta. La herramienta calcula el precio máximo ajustado al artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

  • Por ejemplo, un alquiler mensual de 1.000 euros firmado después del 25 de mayo de 2023 se actualizará a 1.022 euros a partir de enero de 2024. Si en su lugar se aplicara la actualización basada en el IPC de noviembre de 2024, el alquiler subiría a 1.024 euros.

Factores y parámetros del cálculo

El índice utiliza tres tasas principales:

  1. Tasa de variación anual del IPC.
  2. Tasa de variación anual de la inflación subyacente.
  3. Tasa de variación anual media ajustada.

Además, incluye dos parámetros clave:

  • Alfa (0,5%), relacionado con el crecimiento esperado a largo plazo, propuesto por el Ministerio de Economía.
  • Beta (2%), definido por el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Economía, en línea con el objetivo de inflación del BCE.

El cálculo también contempla una corrección para casos de inflación subyacente alta, ocasionada, por ejemplo, por la volatilidad en los precios del petróleo.


Zonas tensionadas: casos especiales

El Sistema Estatal de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda también ofrece valores de referencia para arrendamientos en zonas declaradas tensionadas, como Catalunya. Sin embargo, el uso de este índice es obligatorio únicamente en estas áreas específicas. En el resto del país, los valores son informativos y deben introducirse correctamente en la herramienta para obtener resultados precisos.


Impacto real: ¿es suficiente para inquilinos?

El IRAV limita el aumento de las rentas por debajo del IPC, pero su impacto real es modesto. En el ejemplo mencionado, el ahorro para un alquiler de 1.000 euros sería de apenas 2 euros mensuales. Si bien el índice busca moderar las subidas, las condiciones del mercado de alquiler, especialmente en zonas tensionadas, siguen presionando al alza los precios.


Conclusión: Una herramienta útil, pero con impacto limitado

La publicación del Índice de Referencia de Arrendamientos y la calculadora oficial representan un avance en la transparencia de las actualizaciones de rentas. Sin embargo, el ahorro que ofrece este índice en comparación con el IPC es limitado. El Gobierno destaca su utilidad informativa, especialmente en zonas tensionadas, pero los inquilinos y propietarios deberán adaptarse a una regulación que busca equilibrar los intereses de ambas partes en un mercado de alquiler aún complicado.

Puedes consultar la calculadora pinchando aquí.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

Publicado

en

precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo