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35 años de cárcel para el profesor que abusó de ocho niñas en Valencia

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profesor Gandia agresión sexual alumna menor de edad
PIXABAY

Madrid, 9 feb (OFFICIAL PRESS-EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 35 años de prisión a un profesor de una academia de Valencia por abusar sexualmente de ocho menores durante las clases.

El tribunal no aplica la ley del solo sí es sí a este caso concreto de delitos de abusos sexuales al considerar que la nueva regulación resulta más perjudicial para el condenado.

La sentencia considera probado que el profesor realizó tocamientos a las alumnas, que tenían entre 13 y 16 años, sin el consentimiento de estas y sin que mediase violencia o intimidación, cuando se acercaban a aclarar alguna duda relacionada con los deberes que tenían que hacer o con los que él les ponía como refuerzo.

La Sala de lo Penal desestima así el recurso del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que, al igual que la Audiencia de Valencia, le condenó por seis delitos continuados de abuso sexual a menor de 16 años, con la agravante de prevalimiento, y de dos delitos de la misma modalidad a mayores de edad.

La Audiencia de Valencia determinó la pena de prisión en los mínimos legales. Cinco años para los seis delitos de abusos sexuales a menor de 16 años, y 2 años y seis meses de prisión para los otros dos delitos sobre las alumnas mayores tras aplicar la continuidad delictiva apreciada.

Ahora el Supremo constata que los hechos declarados probados, en lo que a las menores de 16 años se refiere, encajan en una penalidad que oscila entre los 4 y 6 años de prisión, pero también precisa que, aplicada la continuidad delictiva, la pena mínima con la ley del solo sí es sí sería de 7 años y 6 meses de prisión, por lo que mantiene la anterior regulación, más beneficiosa en este caso.

En cuanto a los delitos a mayores de edad, la pena con la actual regulación del solo sí es sí coincide con la impuesta al condenado.

La Sala rechaza todos los motivos del recurso dejando claro que «la asimetría entre acusado y las víctimas es clara, no solo por la diferencia de edad sino por una superioridad basada en el respeto hacia quien actúa como su profesor, lo que nos coloca extramuros de un consentimiento válido».

«Y a partir de ahí resulta un aprovechamiento de circunstancias que facilitan la ejecución de los abusos. Los tocamientos se producen, precisamente, durante las clases, en el propio aula y aprovechando las explicaciones que el acusado, como profesor, da a sus alumnas», añade la sentencia.

Para el Supremo es «precisamente su estatus de profesor el que le permite acercarse por detrás y, con la excusa de la duda de la alumna o el pretexto de retirarle el móvil, realizar los tocamientos. Comportamientos ante los que las jóvenes, según un patrón normalizado de comportamiento, carecieron de capacidad de reacción».

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Sucesos

Libertad provisional para el camionero que atropelló mortalmente a una joven de 20 años en la calle Valle de la Ballestera de València

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atropello camión campanar
Calle Valle de la Ballestera-GOOGLE MAPS

El conductor no estaba bajo los efectos de las drogas, según los informes médicos

El Juzgado de Instrucción número 13 de València, en funciones de guardia, ha decretado este sábado la libertad provisional para el camionero detenido por su presunta implicación en el atropello mortal de una joven en un paso de peatones de la ciudad durante la madrugada del viernes.

La decisión se ha tomado de conformidad con la solicitud del Ministerio Fiscal, tras recibir los resultados de los informes médicos y forenses que determinan que el conductor no se encontraba bajo los efectos de drogas en el momento del accidente.

El magistrado ha impuesto como medida cautelar la retirada del permiso de conducir al investigado, mientras continúa la instrucción judicial del caso.


Los análisis forenses confirman restos residuales de consumo

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), los resultados de los análisis toxicológicos muestran que el camionero dio positivo en cocaína y cannabis, pero los informes forenses establecen que la ingesta de estas sustancias se produjo aproximadamente una semana antes del suceso.

Los especialistas señalan que en su organismo solo quedaban restos residuales, por lo que no existía afectación psicofísica ni alteración de sus capacidades de conducción en el momento del atropello.

Estos resultados son coincidentes con el atestado policial, en el que los agentes intervinientes indicaron que el conductor no mostraba signos de consumo reciente ni comportamientos alterados.


El caso sigue abierto por homicidio imprudente

La causa judicial se ha abierto inicialmente por un presunto delito de homicidio por imprudencia, y continuará bajo investigación en el Juzgado de Instrucción número 11 de València, que se encontraba de guardia cuando ocurrió el accidente.

El juez de guardia prorrogó la detención durante 24 horas el viernes, a la espera de que se completaran los informes médicos y de la comparecencia judicial de la facultativa que debía ratificar los resultados toxicológicos. Tras su presentación y valoración, el magistrado ha considerado que no concurren motivos suficientes para mantener la prisión preventiva.


Un suceso que conmociona a València

El atropello tuvo lugar en la madrugada del viernes, en un paso de peatones de València, y provocó la muerte inmediata de una joven cuya identidad no ha sido revelada oficialmente. El suceso ha causado una gran conmoción entre los vecinos y en las redes sociales, donde se han sucedido los mensajes de condolencia a la familia de la víctima.

Aunque el conductor ha quedado en libertad provisional, el caso sigue en fase de investigación para esclarecer las circunstancias exactas del siniestro: la velocidad del vehículo, la visibilidad del paso de peatones y las condiciones del tráfico en el momento del impacto.


Contexto legal y próximas diligencias

En esta fase procesal, el camionero mantiene la condición de investigado, lo que implica que deberá comparecer ante el juzgado siempre que sea citado. Además, la retirada de su carnet de conducir será efectiva mientras dure la instrucción del caso, a fin de garantizar la seguridad y el cumplimiento de las medidas cautelares.

El Ministerio Fiscal continuará supervisando las diligencias, que podrían incluir nuevos informes técnicos de reconstrucción del accidente y declaraciones de testigos o de los agentes que participaron en la investigación.

El Juzgado de Instrucción número 11 de València determinará en los próximos meses si existen elementos suficientes para que el caso avance a juicio oral o si se archiva por falta de indicios de imprudencia grave.


La prudencia al volante, en el centro del debate

El suceso ha reabierto el debate sobre la seguridad vial en las ciudades y el riesgo que supone la conducción de vehículos pesados en zonas urbanas. Desde asociaciones de víctimas y colectivos de peatones se insiste en la importancia de respetar la velocidad, la señalización y los pasos de peatones, especialmente durante la noche.

En paralelo, la Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene su campaña de concienciación sobre los efectos del consumo de alcohol y drogas, recordando que incluso los restos de estas sustancias pueden afectar la capacidad de reacción, aunque en este caso los informes médicos lo hayan descartado.


El caso continúa bajo la jurisdicción del juzgado instructor, mientras la ciudad de València lamenta una tragedia que pone de nuevo sobre la mesa la necesidad de reforzar la seguridad vial y la convivencia entre vehículos y peatones.

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