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Vuelta al cole: Guía para saber cómo actuar ante casos positivos en la clase de nuestros hijos

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Última hora sobre covid y gripe en Comunitat Valenciana
Una profesora toma la temperatura a un alumno. EFE/ Domenech Castelló/Archivo

València, 4 ene (EFE).- El curso escolar se retomará en toda España y también en la Comunitat Valenciana, tal y como estaba previsto, el lunes, 10 de enero, con el 100 % de presencialidad en todas las etapas educativas, y con todo el profesorado vacunado con la dosis de refuerzo contra la covid, pero con la variante ómicron disparada con cifras nunca vistas. Por lo que hay muchas dudas en cuanto a cómo actuar si nos encontramos que en la clase de nuestros hijos hay algún positivo. El Gobierno detalló una guía de actuación ante la aparición de casos en centros educativos y aquí están los principales puntos.

Guía para saber cómo actuar ante casos positivos en la clase de nuestros hijos:

1.- ¿Qué deben hacer los contactos estrechos?

Deben permanecer en el domicilio y realizar cuarentena durante los 7 días posteriores al último contacto con un caso confirmado salvo que hayan recibido una pauta de vacunación completa.

En las situaciones en las que la persona esté exenta de cuarentena, debe evitar el contacto con personas vulnerables, tiene que continuar usando la mascarilla en sus interacciones sociales y no puede acudir a eventos multitudinarios.

2.- ¿Hay que tomar la temperatura antes de ir al cole?

Es recomendable la toma de temperatura para detectar la presencia de fiebre antes de salir de casa, además de prestar atención a cualquier otro síntoma compatible con la infección.

3.- ¿Qué se hace si hay un brote en un centro?

Las medidas pueden variar desde extremar la prevención e higiene en el centro educativo (distancia física, uso de mascarillas, lavado de manos) e indicar el aislamiento de los casos y la cuarentena del grupo de convivencia estable o de los contactos estrechos; o extenderse al cierre de las clases afectadas, del curso o, en última instancia, el cierre del centro.

4.- Cuando la PCR es positiva durante varias semanas, pero ya no hay síntomas, ¿se puede ir a clase?

Una PCR positiva durante mucho tiempo no tiene por qué indicar capacidad de transmisión, puede indicar presencia de virus sin capacidad de contagiar una vez superado el tiempo de aislamiento. No será necesaria la realización de una PCR para levantar el aislamiento.

5.- ¿Qué pasa si hay un niño/a con síntomas en la clase?

La presencia de síntomas puede deberse a muchas enfermedades, no solo a la COVID-19. Hasta que se confirme o descarte el diagnóstico, el resto de compañeros de la clase, siempre que no presenten síntomas, deben seguir acudiendo al centro educativo normalmente.

Las personas que conviven con los menores que han empezado con síntomas sí deben quedarse en casa si no están vacunadas.

6.- ¿Qué hacer si aparecen síntomas?

Si un alumno/a o personal del centro presenta síntomas compatibles no debe acudir al centro educativo. Se debe contactar telefónicamente con el centro de salud o con quien la comunidad autónoma haya designado, o con el teléfono de referencia de la CCAA, para que evalúen si los síntomas corresponden a la COVID-19 y si es necesaria la realización de un test.

Hasta que se reciban indicaciones por parte de los sanitarios, la persona que ha iniciado síntomas debe quedarse en casa y limitar al máximo los contactos. Si hay síntomas de gravedad o dificultad respiratoria, se deberá llamar al 112.

7.- ¿Qué deben hacer los que no son contacto estrecho?

Quien no sea un contacto estrecho seguirá asistiendo al centro educativo. La actividad docente se mantiene para el resto del alumnado.

8.- ¿Qué pasa con la ventilación?

La mala ventilación favorecen el incremento de la transmisión del coronavirus de forma significativa. Se recomienda ventilación natural cruzada, si es posible de forma permanente, con apertura de puertas y/o ventanas opuestas o en lados diferentes de la sala, para favorecer la circulación de aire.

Se ventilarán con frecuencia las instalaciones del centro, al menos durante 10-15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo, y siempre que sea posible entre clases.

9.- ¿Pueden compartirse objetos en el cole?

Pueden compartirse objetos de cualquier material, papeles o libros en el ámbito escolar extremando la higiene de manos y evitando tocarse nariz, ojos y boca. Cuando son objetos que van a emplearse por grupos diferentes se aconseja realizar limpieza entre el uso de un grupo y otro.

10.- ¿Cuándo y cómo se deben lavar las manos?

Se aconseja después de estar en contacto con superficies posiblemente sucias o tocadas por otros, y al menos a la entrada y salida del centro educativo, antes y después del patio, de comer y siempre después de ir al aseo.

Se debe realizar preferentemente con agua y jabón o, en su defecto, gel hidroalcohólico. Se debe tener en cuenta que cuando las manos tienen suciedad visible a simple vista, el gel hidroalcohólico no es suficiente, y es necesario usar agua y jabón.

 

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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