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Qué es el nivel 4 de alerta antiterrorista y qué medidas se han adoptado

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Qué es el nivel 4 de alerta antiterrorista

Madrid (EFE).- España ha reforzado con “medidas complementarias” el actual nivel 4 de alerta antiterrorista a raíz de la guerra entre Israel y Gaza y de los ataques terroristas que han sufrido países europeos como Bélgica o Francia.

Ésta fue la decisión que el martes adoptó la mesa de evaluación de la amenaza terrorista del Ministerio del Interior.

¿Qué es el nivel 4 de alerta antiterrorista?

Es el penúltimo nivel de una escala de 5, siendo el 1 el asociado a un riesgo bajo; el 2, a un riesgo moderado; el 3, a uno serio; el 4, a alto; y el 5, a muy alto.

Tal y como explica el Ministerio de Interior en su web, la determinación de dichos niveles se hace en función de la valoración de la amenaza terrorista apreciada en cada momento.

Interior recuerda que el nivel 4 implica ya una serie de medidas estrictas de refuerzo de los dispositivos de seguridad y de las capacidades de control y seguimiento por parte de todos los organismos implicados.

Así, se activan determinadas unidades especiales, se incrementan las medidas de vigilancia sobre las infraestructuras críticas, se coordinan las medidas de cibervigilancia y se hacen evaluaciones periódicas sobre todo ello.

Reforzar el nivel, en consecuencia, supone una intensificación de tales medidas.

Es decir: se fortalecen los dispositivos de seguridad y las capacidades de inteligencia, control y seguimiento antiterrorista por parte de todos los cuerpos policiales.

¿Qué supone el nivel 5?

El nivel 5, para situaciones de riesgo muy alto, se reserva para amenazas de atentados inminentes.

Se diferencia del 4, esencialmente, en la movilización de personal militar en las infraestructuras críticas, nudos de comunicación y lugares de gran acumulación de personas. Por el momento, no se ha aplicado.

¿Cuánto tiempo lleva vigente el nivel 4 de alerta?

Desde el 26 de junio de 2015, con motivo de los sucesivos atentados que ocurrieron en Francia, Túnez, Kuwait y Somalia.

Desde entonces, se ha visto reforzado con medidas adicionales en diversas ocasiones, como cumbres europeas y mundiales, como la del clima en 2019, elecciones o fechas navideñas y de Semana Santa.

La cronología de las aplicaciones de los diferentes niveles de alerta, que puede verse en la web de Interior, muestra que desde 2005, cuando se estrenó este modelo, hasta la actualidad se han ido sucediendo los parámetros 1, 2 y 3, hasta que en junio de 2015 los expertos establecieron el 4, que no ha cambiado desde entonces.

¿Quiénes deciden los niveles?

Una Mesa de Evaluación que se reúne todas las semanas y en el que la máxima autoridad es el ministro de Interior. La convocatoria de este martes la presidió Fernando Grande-Marlaska.

Congrega a expertos antiterroristas de la Policía Nacional, la Guardia Civil, Mossos d’Esquadra, Ertzaintza, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas.

¿Qué medidas de refuerzo ha adoptado ahora Interior?

Como es habitual, después de la reunión de la Mesa de Evaluación de este pasado martes, la Secretaría de Estado de Seguridad remitió a las fuerzas y cuerpos policiales un oficio en el que ordena la activación de las medidas de refuerzo del nivel 4 de alerta.

EFE ha tenido acceso a la resolución. Los puntos son los siguientes:

  • Extremar la seguridad en torno a las embajadas de Israel, Palestina, Turquía, Jordania, Líbano, Francia, Dinamarca, Suecia, EEUU y Reino Unido.
  • Reforzar las actuales medidas policiales en intereses estratégicos, económicos, educativos, culturales o religiosos de estos países.
  • Incrementar las medidas de prevención, protección y respuesta antiterrorista en eventos y festividades relevantes para las comunidades religiosas, así como en días o eventos señaladas por parte de organizaciones terroristas para perpetrar algún tipo de acción violenta.
  • Extremar autoprotección de los efectivos de la Policía Nacional, Guardia Civil, Mossos d’Esquadra y Ertzaintza, así como de todos los funcionarios del resto de policías locales y de empresas de seguridad privadas.

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Las ‘cartas del miedo’ de Hacienda: qué son, por qué las estás recibiendo y cómo actuar ante cada una

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

Miles de contribuyentes españoles están recibiendo en estos días las conocidas como “cartas del miedo” de la Agencia Tributaria. Son notificaciones que Hacienda envía cuando detecta algún posible error o discrepancia en la declaración de la Renta, o simplemente para informar de una revisión. Aunque el nombre asuste, no todas implican sanción o deuda.


📬 ¿Qué son las ‘cartas del miedo’ de Hacienda?

El término hace referencia a las notificaciones oficiales que la Agencia Tributaria envía a contribuyentes o empresas para comunicar incidencias, requerimientos o procesos de revisión.
Según datos de la plataforma fiscal TaxDown, solo en el último año Hacienda envió más de dos millones de cartas, y la mayoría se concentran en el último trimestre del año.

Estas comunicaciones pueden llegar por correo postal certificado, por SMS o a través del buzón electrónico en la Sede Digital de la Agencia Tributaria.


⚙️ Tipos de notificaciones que puedes recibir de Hacienda

Aunque todas llegan con el mismo membrete oficial, no todas tienen el mismo significado ni las mismas consecuencias. Estos son los tipos más frecuentes:

1. Carta informativa

Es la más leve. Hacienda la envía solo para informar de alguna cuestión fiscal.
👉 No requiere respuesta, pero sí conviene confirmar su recepción, ya que se trata de un envío certificado.

2. Requerimiento de información

Aparece cuando la Agencia Tributaria detecta que los datos declarados no coinciden con los que tiene en sus bases.
En este caso, el contribuyente debe presentar documentación adicional en el plazo indicado, normalmente 10 o 15 días hábiles.

3. Propuesta de liquidación

Hacienda comunica que ha modificado algunos datos de tu declaración.
Junto a la carta se incluye un borrador ajustado con los cambios que considera necesarios. Si estás de acuerdo, puedes aceptarlo. Si no, puedes presentar alegaciones.

4. Resolución del procedimiento

Es la notificación final de un proceso abierto con la Agencia Tributaria. Indica si el expediente se archiva, se aprueba una devolución o se impone una sanción.

5. Providencia de apremio

Se trata de una advertencia de cobro de una deuda pendiente. Hacienda establece un plazo concreto para pagar antes de que comiencen los recargos o embargos.
🔴 En este punto es clave actuar con rapidez.

6. Diligencia de embargo

Si no se abona la deuda, Hacienda puede proceder al embargo de bienes, salario o cuentas bancarias.
El pago inmediato o la presentación de un recurso pueden detener el proceso.

7. Inicio de inspección o expediente sancionador

Este tipo de carta marca el comienzo de una investigación fiscal. En ella se solicita documentación adicional y se informa de que puede existir una infracción tributaria. Es recomendable contar con asesoría fiscal profesional.


Cómo saber si la carta de Hacienda es auténtica

Antes de alarmarte, comprueba que la notificación es real.
Puedes hacerlo de tres maneras:

  1. Verifica el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria.

  2. Comprueba si ha llegado a través de un canal oficial (correo certificado o sede electrónica).

  3. No abras enlaces recibidos por correo electrónico o SMS si no proceden de dominios oficiales (agenciatributaria.gob.es).


Qué hacer si recibes una carta de Hacienda

  1. Lee bien la notificación. Comprueba qué tipo de carta es y el motivo del contacto.

  2. No ignores los plazos. Casi todas las notificaciones tienen un tiempo limitado para responder o presentar alegaciones.

  3. Revisa tu declaración o documentación. Puede tratarse de un simple error en los datos fiscales.

  4. Consulta con un asesor o plataforma especializada (como TaxDown o Gestha) si no sabes cómo proceder.

  5. Conserva copia de todo lo que presentes o envíes.


Preguntas frecuentes sobre las cartas del miedo

¿Qué pasa si no respondo a una carta de Hacienda?
Si el plazo expira sin respuesta, el expediente puede resolverse a favor de la Administración y generar sanciones o recargos.

¿Puede llegar una notificación por error?
Sí. En algunos casos, Hacienda envía requerimientos automáticos basados en cruces de datos. Si tienes todo en regla, bastará con justificarlo.

¿Puedo recibir varias cartas a la vez?
Sí, especialmente si tienes varios ejercicios pendientes o gestiones abiertas con la Agencia Tributaria.


Las llamadas “cartas del miedo” de Hacienda no siempre significan una sanción. La mayoría son simples requerimientos o verificaciones de datos.
La clave está en mantener la calma, revisar la información y responder dentro del plazo establecido. Actuar a tiempo puede evitar recargos, multas y embargos innecesarios.


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