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Qué es el nivel 4 de alerta antiterrorista y qué medidas se han adoptado

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Qué es el nivel 4 de alerta antiterrorista

Madrid (EFE).- España ha reforzado con “medidas complementarias” el actual nivel 4 de alerta antiterrorista a raíz de la guerra entre Israel y Gaza y de los ataques terroristas que han sufrido países europeos como Bélgica o Francia.

Ésta fue la decisión que el martes adoptó la mesa de evaluación de la amenaza terrorista del Ministerio del Interior.

¿Qué es el nivel 4 de alerta antiterrorista?

Es el penúltimo nivel de una escala de 5, siendo el 1 el asociado a un riesgo bajo; el 2, a un riesgo moderado; el 3, a uno serio; el 4, a alto; y el 5, a muy alto.

Tal y como explica el Ministerio de Interior en su web, la determinación de dichos niveles se hace en función de la valoración de la amenaza terrorista apreciada en cada momento.

Interior recuerda que el nivel 4 implica ya una serie de medidas estrictas de refuerzo de los dispositivos de seguridad y de las capacidades de control y seguimiento por parte de todos los organismos implicados.

Así, se activan determinadas unidades especiales, se incrementan las medidas de vigilancia sobre las infraestructuras críticas, se coordinan las medidas de cibervigilancia y se hacen evaluaciones periódicas sobre todo ello.

Reforzar el nivel, en consecuencia, supone una intensificación de tales medidas.

Es decir: se fortalecen los dispositivos de seguridad y las capacidades de inteligencia, control y seguimiento antiterrorista por parte de todos los cuerpos policiales.

¿Qué supone el nivel 5?

El nivel 5, para situaciones de riesgo muy alto, se reserva para amenazas de atentados inminentes.

Se diferencia del 4, esencialmente, en la movilización de personal militar en las infraestructuras críticas, nudos de comunicación y lugares de gran acumulación de personas. Por el momento, no se ha aplicado.

¿Cuánto tiempo lleva vigente el nivel 4 de alerta?

Desde el 26 de junio de 2015, con motivo de los sucesivos atentados que ocurrieron en Francia, Túnez, Kuwait y Somalia.

Desde entonces, se ha visto reforzado con medidas adicionales en diversas ocasiones, como cumbres europeas y mundiales, como la del clima en 2019, elecciones o fechas navideñas y de Semana Santa.

La cronología de las aplicaciones de los diferentes niveles de alerta, que puede verse en la web de Interior, muestra que desde 2005, cuando se estrenó este modelo, hasta la actualidad se han ido sucediendo los parámetros 1, 2 y 3, hasta que en junio de 2015 los expertos establecieron el 4, que no ha cambiado desde entonces.

¿Quiénes deciden los niveles?

Una Mesa de Evaluación que se reúne todas las semanas y en el que la máxima autoridad es el ministro de Interior. La convocatoria de este martes la presidió Fernando Grande-Marlaska.

Congrega a expertos antiterroristas de la Policía Nacional, la Guardia Civil, Mossos d’Esquadra, Ertzaintza, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas.

¿Qué medidas de refuerzo ha adoptado ahora Interior?

Como es habitual, después de la reunión de la Mesa de Evaluación de este pasado martes, la Secretaría de Estado de Seguridad remitió a las fuerzas y cuerpos policiales un oficio en el que ordena la activación de las medidas de refuerzo del nivel 4 de alerta.

EFE ha tenido acceso a la resolución. Los puntos son los siguientes:

  • Extremar la seguridad en torno a las embajadas de Israel, Palestina, Turquía, Jordania, Líbano, Francia, Dinamarca, Suecia, EEUU y Reino Unido.
  • Reforzar las actuales medidas policiales en intereses estratégicos, económicos, educativos, culturales o religiosos de estos países.
  • Incrementar las medidas de prevención, protección y respuesta antiterrorista en eventos y festividades relevantes para las comunidades religiosas, así como en días o eventos señaladas por parte de organizaciones terroristas para perpetrar algún tipo de acción violenta.
  • Extremar autoprotección de los efectivos de la Policía Nacional, Guardia Civil, Mossos d’Esquadra y Ertzaintza, así como de todos los funcionarios del resto de policías locales y de empresas de seguridad privadas.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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