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Valencia

Reconocen a los profesionales taurinos el derecho a una prestación de desempleo

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Reconocen a los profesionales taurinos el derecho a una prestación de desempleo

València, 29 oct (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a los profesionales taurinos el derecho a la prestación extraordinaria por desempleo aprobada por el Gobierno para el sector cultural durante el estado de alarma.

La Sala de lo Social del TSJCV ha confirmado así la sentencia dictada el pasado 18 de enero por el Juzgado de lo Social número 2 de Alicante, que estimó el recurso de un banderillero en paro contra la negativa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a incluirlo entre los beneficiarios de estas ayudas.

Según fuentes del TSJCV, los magistrados fallan que estos trabajadores no pueden quedar excluidos del primer real decreto del Gobierno que amparaba a los artistas de espectáculos públicos que fueron suspendidos durante el estado de alarma a causa de la pandemia de covid-19.

A juicio de los magistrados, dicha norma (RDL 17/2020) debe comprender también a los trabajadores taurinos, pues aunque no los menciona expresamente tampoco los excluye.

El trabajador en paro pertenecía a la cuadrilla de un torero que sufrió la suspensión de dos festejos taurinos en la provincia de Toledo los días 11 y 26 de abril de 2020, a causa de la situación de alerta sanitaria provocada por la covid-19.

Previamente, los días 21 y 22 de marzo, el Ayuntamiento de Moratalla (Murcia) ya había suspendido un encierro y una suelta de vaquillas para los había contratado también al banderillero.

El SEPE denegó su petición para acogerse a la prestación extraordinaria por desempleo que había aprobado el Gobierno durante el confinamiento para los artistas de espectáculos públicos, al entender que el colectivo laboral al que pertenecía no estaba incluido en el ámbito de aplicación de ese primer decreto.

El Juzgado de lo Social número 2 de Alicante dio la razón después al trabajador en una sentencia que ha sido confirmada ahora por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El TSJCV ha desestimado el recurso de suplicación del SEPE contra la resolución de instancia y ha dictaminado que no puede hacerse una interpretación excluyente de la norma para los profesionales taurinos respecto del resto de trabajadores del sector cultural.

«La situación de necesidad de los empleados del sector cultural» a la que va destinada esta prestación «es plenamente coincidente para los profesionales taurinos, habida cuenta de que la tauromaquia forma parte del sector cultural y se vio afectada desde la declaración del estado de alarma por la suspensión de actividades realizadas en plazas, recintos e instalaciones taurinas», concreta la Sala.

Según recoge la sentencia, el hecho de que el trabajador solicitara después, y le fuera reconocida, la prestación contributiva ordinaria por desempleo, al tener cotizaciones para ello, o que un decreto posterior (RDL 32/20), de noviembre de 2020, incluyera a su colectivo, no impide que tuviera acceso en su momento a la prestación extraordinaria establecida en el RDL 17/20.

«La interpretación de dicha norma que hace la sentencia recurrida es la más razonable para evitar un trato discriminatorio hacia dicho colectivo por una diferencia normativa que no se ajusta a razón objetiva alguna», concluyen los magistrados.

Contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior únicamente cabe recurso de casación ante el Supremo para la unificación de doctrina.

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Valencia

Alerta en el AVE: Adif limita la velocidad en varios puntos entre Madrid, Barcelona y Valencia

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velocidad trenes España
Trenes de alta velocidad de la línea Madrid-Valencia - Rober Solsona - Europa Press - Archivo

Adif ha levantado las limitaciones generales de velocidad en la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, aunque mantiene restricciones en seis puntos kilométricos concretos, donde los trenes circularán a un máximo de 230 kilómetros por hora, según han informado fuentes del gestor de infraestructuras ferroviarias a Europa Press.

La decisión llega tras una revisión técnica de la infraestructura ferroviaria, en la que se han detectado zonas concretas con incidencias relacionadas con vibraciones en la vía, lo que obliga a aplicar medidas preventivas para garantizar la seguridad de los pasajeros y del material rodante.

Restricciones de velocidad en la línea Madrid-Valencia

En el caso de la línea de alta velocidad Madrid-Valencia, Adif mantiene también limitaciones de velocidad en varios tramos. En concreto:

  • En cuatro puntos de la red, la velocidad máxima está limitada a 160 kilómetros por hora.

  • En otros puntos kilométricos “muy concretos”, la circulación se limita a 200 kilómetros por hora.

Estas restricciones se aplican de forma preventiva mientras continúan los trabajos de análisis y supervisión de la infraestructura ferroviaria.

Nuevas denuncias de vibraciones reportadas por los maquinistas

Fuentes de Adif han señalado que los maquinistas ya han empezado a reportar nuevas denuncias sobre puntos donde perciben vibraciones en la vía. Este tipo de informes son clave para el gestor de infraestructuras, ya que permiten identificar posibles problemas estructurales o de mantenimiento antes de que supongan un riesgo mayor.

Las vibraciones pueden estar relacionadas con diversos factores, como el estado del balasto, el desgaste de los carriles, asentamientos del terreno o problemas en la geometría de la vía. Por este motivo, Adif suele aplicar limitaciones de velocidad temporales mientras se realizan inspecciones técnicas y trabajos de mantenimiento correctivo.

Puntos kilométricos afectados en la línea Madrid-Barcelona

En la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, los puntos donde se aplicará un límite de 230 km/h se sitúan en:

Vía 1:

  • Punto kilométrico 27,160

  • Punto kilométrico 138,600

  • Punto kilométrico 170,950

Vía 2:

  • Punto kilométrico 50,880

  • Punto kilométrico 143,760

  • Punto kilométrico 283,830

Estos tramos representan zonas concretas del recorrido donde se han detectado incidencias o se está realizando un seguimiento especial.

Impacto en los viajeros y tiempos de viaje

Aunque las limitaciones de velocidad pueden generar cierta preocupación entre los usuarios, Adif subraya que se trata de medidas preventivas para garantizar la seguridad ferroviaria. En la mayoría de los casos, el impacto en los tiempos de viaje es limitado, ya que las restricciones afectan a tramos muy concretos y no a todo el recorrido.

No obstante, en situaciones de acumulación de incidencias o si se amplían las zonas afectadas, podrían producirse ligeros retrasos en los servicios de alta velocidad, especialmente en horas punta o en trenes de larga distancia.

Seguridad ferroviaria y supervisión continua

Adif mantiene un sistema de supervisión continua de las líneas de alta velocidad mediante inspecciones técnicas, sensores y reportes de los maquinistas. Este sistema permite detectar anomalías en tiempo real y aplicar medidas correctivas, como limitaciones de velocidad, trabajos de mantenimiento o sustitución de componentes de la vía.

La alta velocidad ferroviaria en España está considerada una de las más seguras del mundo, y este tipo de restricciones forman parte de los protocolos habituales para garantizar la fiabilidad del servicio.

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