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Sanidad alerta que el remdesivir «se va a agotar en las próximas horas por el incremento de casos»

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Remdesivir es el único medicamento antiviral autorizado contra el virus SARS-CoV 2. El fármaco se ha utilizado a través de ensayos clínicos desde el inicio de la crisis sanitaria, y la Comisión Europea emitió una autorización de comercialización condicional el pasado 9 de julio de 2020.

En España, hasta que remdesivir esté comercializado de forma efectiva, se puede acceder al tratamiento a través de ensayos clínicos autorizados y del acceso a medicamentos en situaciones especiales, del mismo modo que desde el inicio de la crisis sanitaria.

En el momento de la autorización, con situación epidemiológica de julio, el laboratorio titular garantizó a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) un stock suficiente de remdesivir en España para cubrir las necesidades hasta poder incrementar su producción. Sin embargo, con el incremento del número de casos, el stock disponible se va a agotar en las próximas horas.

Debido a la situación actual, es necesario movilizar la medicación sobrante de ensayos clínicos -disponible en los hospitales participantes- para atender a pacientes de todo el territorio nacional que lo necesiten. Esta medida será necesaria hasta que se produzca un nuevo envío de remdesivir a lo largo de la semana que viene.

Estos envíos forman parte del contrato que la Comisión Europea firmó con la empresa farmacéutica Gilead para garantizar el acceso a remdesivir a 30.000 pacientes durante los próximos meses hasta la compra centralizada que se hará efectiva en octubre.

En España recibimos el primer envío (de tres previstos), la semana pasada. El segundo está previsto para la semana próxima. Sin embargo, la AEMPS está trabajando para que se produzca tan pronto como sea posible y evitar así tensiones en la disponibilidad del medicamento y el intercambio de medicamentos sobrantes entre centros hospitalarios.

La AEMPS está, además, en comunicación continua y constante con la compañía sobre todos los temas relativos a remdesivir, para optimizar los tratamientos con la medicación disponible y hasta que la producción permita cubrir las necesidades.

En cualquier caso, la AEMPS ya publicó una serie de recomendaciones para el tratamiento con remdesivir de pacientes con COVID-19 en la que se recomendaba una duración máxima de 5 días en pacientes con COVID-19 hospitalizados que requieran oxigeno suplementario, pero no ventilación mecánica invasiva u oxigenación por membrana extracorpórea (ECMO).

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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