Valencia, 19 de junio de 2025 – La Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado este jueves la imputación de la exconsellera Salomé Pradas por su presunta responsabilidad en la falta de medidas de prevención durante la gota fría (DANA) que afectó gravemente a la Comunitat Valenciana. La Sala considera que la investigación abierta por la jueza instructora es «procesalmente inevitable» y avala su hipótesis de que Pradas podía contar con información clave sobre los caudales acumulados y sus consecuencias.
La Audiencia avala la instrucción por la DANA
Según el auto notificado este 19 de junio, la Sala respalda la decisión de la jueza de continuar la investigación penal contra la exconsellera por su inacción en la activación del sistema de emergencias de la Generalitat Valenciana. Se le atribuye la responsabilidad máxima en la gestión fallida del protocolo Es Alert, cuya activación fue tardía y con errores en el mensaje enviado a la ciudadanía.
El tribunal rechaza imputar a Bernabé y Polo
En cambio, la Audiencia descarta la imputación de Pilar Bernabé, delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, y Miguel Polo, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). El tribunal considera que no tenían posición de garante en el dispositivo de emergencia, respaldando así el criterio de la Fiscalía.
Pradas intentó cerrar el caso
La defensa de Salomé Pradas había solicitado el sobreseimiento de la causa, petición que ha sido rechazada de forma unánime por la Sección Segunda. Los magistrados identifican la existencia de un deber legal de actuación por parte de la exconsellera, el cual podría haber sido incumplido al no responder adecuadamente ante la información disponible sobre las lluvias torrenciales y sus efectos.
El tribunal argumenta que en el momento en que se decidió su imputación, el procedimiento se encontraba en una fase en la que esta citación resultaba «necesaria y coherente» con las diligencias ya practicadas.
Rechazo de querellas sin base penal
En otro auto, la Audiencia ha rechazado el recurso de apelación de Hazte Oír contra la inadmisión de su querella contra cinco altos cargos de la CHJ, incluido su presidente. El tribunal recuerda que no es admisible abrir procedimientos penales sin atribuir hechos concretos con relevancia penal a personas determinadas, ya que ello supondría una investigación prospectiva, prohibida por la ley.
Liberum y Vox también se quedan fuera
Finalmente, la Sala ha desestimado también el recurso presentado por la asociación Liberum, respaldada por Vox, que solicitaba la imputación de la delegada del Gobierno. Los magistrados ratifican que la Administración autonómica tenía el mando único durante la DANA, y que la decisión de no declarar la emergencia nacional no constituye un hecho penal relevante.
Conclusión
La decisión de la Audiencia Provincial refuerza la línea de investigación centrada en la responsabilidad de la Generalitat Valenciana, concretamente de la exconsellera Salomé Pradas, mientras descarta ampliar el caso a otros altos cargos del Gobierno central. La instrucción continuará con Pradas como principal investigada por la presunta mala gestión de la emergencia provocada por la DANA en la Comunitat Valenciana.
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