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Sanidad confirma 40 nuevos casos en la Comunitat y la Generalitat decreta el nivel de Emergencia 2

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VALÈNCIA, 14 Mar. (EUROPA PRESS) –

La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló, ha confirmado esta mañana 40 nuevos casos positivos de coronavirus en la en la Comunitat Valenciana, lo que eleva a 188 los casos activos.

Se han conocido 2 casos en la provincia de Castellón, 18 en la provincia de Alicante y 20 en la de Valencia. De todos ellos, 19 son mujeres y 21 son hombres. Once de ellos están ingresados y uno reviste gravedad.

De este modo, el número de casos activos se eleva a 188 en la Comunitat Valenciana:
· 7 en la provincia de Castellón
· 57 en la provincia de Alicante
· 124 en la provincia de Valencia

El número de personas ingresadas en este momento es de 42 y 3 de ellas están graves.

La consellera ha explicado que, hasta el momento, se han realizado un total de 2.734 pruebas con resultado negativo. En el número 900 se han atendido desde que se puso en marcha más de 14.000 llamadas, y ha bajado al 8% la solicitud de información general gracias a la puesta en marcha del «autotest» en la página web de la Conselleria de Sanitat, que ha recibido ya más de un millón de visitas. (http://coronavirusautotest.san.gva.es/autotest_va.html)

Medidas especiales de Farmacia y Asistencia Sanitaria

La Conselleria ha adoptado nuevas medidas especiales a través de la Dirección General de Farmacia y de la Dirección General de Asistencia Sanitaria que ya están en vigor.

Entre las medidas de la DG de Farmacia se encuentra promover la modificación y prescripción de tratamientos mediante las citas telefónicas y las citas sin presencia del paciente, especialmente para pacientes crónicos. Además, se dispensará la cantidad máxima posible de medicamentos y productos sanitarios en las Unidades de Atención Farmacéutica a pacientes Externos y en Centros Sanitarios, siempre de acuerdo con las características del paciente y del medicamento. Están destinadas a pacientes que presentan mayor riesgo de contagio y pacientes con situaciones clínicas que aconsejen evitar la asistencia a un centro hospitalario. Por supuesto, se hará siempre de acuerdo con las características del paciente y del medicamento.

Por otro lado, se habilita a los servicios de Farmacia para que dispongan de las instalaciones y equipamiento adecuados, para la elaboración de lotes de geles hidroalcohólicos destinados a personal sanitario y se reservan las formulaciones comerciales, envasadas con dosificadores, para los pacientes, profesionales y usuarios de espacios donde se da un mayor flujo de personas.

Por su parte, desde la Dirección General de Asistencia Sanitaria se han adoptado medidas especiales destinadas a los departamentos de salud, prohibiendo las visitas en términos generales y solo si es necesario, permitiendo la presencia de un único acompañante como cuidador de pacientes ingresados en hospitales para pacientes crónicos (HACLES), y menores o pacientes dependientes en el resto de los dispositivos sanitarios.

En todo caso, cualquier persona que presente síntomas debe abstenerse de acompañar a un paciente y se debe suspender la actividad del voluntariado y las visitas de los informadores técnicos sanitarios. Además, el horario de visitas en UCI se restringe a media hora dos veces al día, también limitada a un único acompañante y debe cancelarse cualquier actividad grupal o comunitaria de promoción o prevención de la salud, aunque se asegurará el servicio de restauración para los profesionales.

Además, podrán ser suspendidas o retrasadas las actividades quirúrgicas programadas, excepto la urgente y oncológica, según las necesidades de los centros.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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