Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Sanidad confirma 40 nuevos casos en la Comunitat y la Generalitat decreta el nivel de Emergencia 2

Publicado

en

VALÈNCIA, 14 Mar. (EUROPA PRESS) –

La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló, ha confirmado esta mañana 40 nuevos casos positivos de coronavirus en la en la Comunitat Valenciana, lo que eleva a 188 los casos activos.

Se han conocido 2 casos en la provincia de Castellón, 18 en la provincia de Alicante y 20 en la de Valencia. De todos ellos, 19 son mujeres y 21 son hombres. Once de ellos están ingresados y uno reviste gravedad.

De este modo, el número de casos activos se eleva a 188 en la Comunitat Valenciana:
· 7 en la provincia de Castellón
· 57 en la provincia de Alicante
· 124 en la provincia de Valencia

El número de personas ingresadas en este momento es de 42 y 3 de ellas están graves.

La consellera ha explicado que, hasta el momento, se han realizado un total de 2.734 pruebas con resultado negativo. En el número 900 se han atendido desde que se puso en marcha más de 14.000 llamadas, y ha bajado al 8% la solicitud de información general gracias a la puesta en marcha del «autotest» en la página web de la Conselleria de Sanitat, que ha recibido ya más de un millón de visitas. (http://coronavirusautotest.san.gva.es/autotest_va.html)

Medidas especiales de Farmacia y Asistencia Sanitaria

La Conselleria ha adoptado nuevas medidas especiales a través de la Dirección General de Farmacia y de la Dirección General de Asistencia Sanitaria que ya están en vigor.

Entre las medidas de la DG de Farmacia se encuentra promover la modificación y prescripción de tratamientos mediante las citas telefónicas y las citas sin presencia del paciente, especialmente para pacientes crónicos. Además, se dispensará la cantidad máxima posible de medicamentos y productos sanitarios en las Unidades de Atención Farmacéutica a pacientes Externos y en Centros Sanitarios, siempre de acuerdo con las características del paciente y del medicamento. Están destinadas a pacientes que presentan mayor riesgo de contagio y pacientes con situaciones clínicas que aconsejen evitar la asistencia a un centro hospitalario. Por supuesto, se hará siempre de acuerdo con las características del paciente y del medicamento.

Por otro lado, se habilita a los servicios de Farmacia para que dispongan de las instalaciones y equipamiento adecuados, para la elaboración de lotes de geles hidroalcohólicos destinados a personal sanitario y se reservan las formulaciones comerciales, envasadas con dosificadores, para los pacientes, profesionales y usuarios de espacios donde se da un mayor flujo de personas.

Por su parte, desde la Dirección General de Asistencia Sanitaria se han adoptado medidas especiales destinadas a los departamentos de salud, prohibiendo las visitas en términos generales y solo si es necesario, permitiendo la presencia de un único acompañante como cuidador de pacientes ingresados en hospitales para pacientes crónicos (HACLES), y menores o pacientes dependientes en el resto de los dispositivos sanitarios.

En todo caso, cualquier persona que presente síntomas debe abstenerse de acompañar a un paciente y se debe suspender la actividad del voluntariado y las visitas de los informadores técnicos sanitarios. Además, el horario de visitas en UCI se restringe a media hora dos veces al día, también limitada a un único acompañante y debe cancelarse cualquier actividad grupal o comunitaria de promoción o prevención de la salud, aunque se asegurará el servicio de restauración para los profesionales.

Además, podrán ser suspendidas o retrasadas las actividades quirúrgicas programadas, excepto la urgente y oncológica, según las necesidades de los centros.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

Publicado

en

Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo