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Sanidad eleva a 28.315 el número de fallecidos, 1.179 más que hace 12 días

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El Ministerio de Sanidad ha actualizado la cifra de fallecidos con coronavirus que permanecía congelada desde hace 12 días con otras 1.179 muertes más, con lo que el total asciende a 28.315 desde el inicio de la pandemia.

Lo ha hecho después de que las comunidades hayan validado los datos de los casos de forma individualizada a falta de incluir el número de defunciones producidas en las últimas 24 horas, que el Ministerio proporcionará esta tarde, ha informado el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón.

«Intención de ocultar muertos no ha habido nunca, en ningún momento. Sí que ha podido haber errores», ha reconocido el epidemiólogo en una rueda de prensa conjunta con el ministro de Sanidad, Salvador Illa, convocada para dar la actualización de la cifra de víctimas mortales con coronavirus en España que llevaba congelada casi dos semanas.

Simón ha detallado el número de defunciones diarias de los últimos 14 días, que no han proporcionado antes porque estaban a la espera de la validación de las comunidades; hasta el pasado 11 de mayo, daban sus datos de manera agregada ante el gran volumen de las cifras, pero ahora, pasado lo peor, pueden ubicar a los fallecidos en sus series por la fecha de defunción y no de notificación.

Así, el pasado 4 de junio murieron con coronavirus 33 enfermos; al día siguiente, 15 y 19 el día 6, aunque aumentaron a 23 el día 10 y bajaron a 11 el 16; desde esta fecha, han sido inferiores a la decena, con 9 el pasado viernes 12 de junio; 6 el sábado; 8 el domingo; 15 el lunes; 5 el martes y 2 el miércoles.

Estas cifras solo se refieren, como hasta ahora, a las personas que han perdido la vida con un diagnóstico positivo de coronavirus confirmado mediante PCR, y no está desglosada por el lugar de fallecimiento. Y aunque en Sanidad asumen «que fallecen por coronavirus, algunos, pocos casos, pueden fallecer por otras causas».

Por este motivo no coincide con la resultante de sumar los globales que facilitan por su lado las comunidades, y que rondaría las 40.000; y es que algunas incluyen en sus propios balances las personas que han muerto con síntomas compatibles pero no confirmados o los sospechosos.

La cifra desde hoy oficial supondría el 65 % del incremento de la sobremortalidad detectado por el Sistema de Monitorización de la Mortalidad diaria (MoMo) hasta el pasado 22 de mayo, que asciende a 43.340.

Este sistema, ha recordado Simón, hace referencia a la mortalidad por todas las causas, con lo que faltaría por determinar el motivo de defunción de unas 15.000 personas; en su opinión, el porcentaje de las que la causa de la muerte estará directamente relacionada con el coronavirus no va a ser «nada desdeñable», pero no se ha aventurado a calcularlo.

«Sí que está claro que directamente, sea porque la infección haya podido afectar a la salud, o ya sea indirectamente porque la epidemia ha hecho que algunas personas no vayan a hospitales, sea como causa inicial primaria o como causa subyacente o contribuyente secundaria, el coronavirus ha podido participar en ese exceso de mortandad. Está en el aire la sospecha de que tiene algo que ver directa o indirectamente, eso está claro», ha insistido.

Preguntado por si el exceso de mortalidad de 15.000 personas podría corresponderse con la muerte de ancianos en residencias, Simón ha insistido en que no dispone aún de los certificados de defunción, pero ha indicado que la distribución por grupo de edad es equivalente a la habitual. En España, el 98 % de los fallecidos tiene más de 65 años.

Fuentes de su departamento apuntan que es un proceso que puede prolongarse hasta un año, con lo que no será hasta la vuelta del verano o finales de 2020 cuando se pueda identificar la causa de la muerte de estas personas.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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