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Sanidad envía un nuevo documento sobre las restricciones de ocio nocturno tras el varapalo de la Audiencia Nacional

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València/Madrid, 7 jun (EFE).- El Ministerio de Sanidad está hablando con los consejeros del ramo y tiene un nuevo documento sobre las restricciones al ocio nocturno y la hostelería, después de que la Audiencia Nacional haya paralizado en la Comunidad de Madrid el que entró en vigor el pasado sábado.

Fuentes de la Conselleria de Sanidad de la Comunitat Valenciana han confirmado que la ministra Carolina Darias ha llamado a la cosellera, Ana Barceló, y la ha remitido un nuevo documento para el miércoles, cuando se reúna de nuevo el Consejo Interterritorial de Salud, órgano en el que se aprobaron sin la unanimidad de las comunidades autónomas las medidas que la justicia ha paralizado este lunes en Madrid.

Otras fuentes autonómicas han asegurado también a Efe que Sanidad está contactando con los gobiernos autonómicos, después de conocerse la resolución judicial.

Por su parte, fuentes del Ministerio ha insistido que todo el departamento busca «puntos de encuentro» y que la ministra habla a diario con los titulares de las consejerías autonómicas.

«El Ministerio busca consenso y trata de evitar la judicialización del proceso; sería una pena que vaya a depender de las autoridades judiciales porque no hayamos encontrado alternativas suficientes», ha resaltado en su habitual rueda de prensa el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, tras conocer la resolución de la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional ha suspendido de forma cautelarísima la aplicación en la Comunidad de Madrid de las restricciones al ocio nocturno, la hostelería y los eventos acordadas en el Consejo Interterritorial de Salud el pasado miércoles y publicadas el sábado en el BOE.

En la redacción final de esa orden, la Secretaría de Estado de Sanidad introdujo un apartado en el que se especifica que las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía que se rijan por medidas más restrictivas que las acordadas, serán quienes decidan sobre la conveniencia de flexibilizarlas.

Madrid presentó un recurso contencioso administrativo contra esas medidas pidiendo su paralización como medida cautelarísima (sin ni siquiera escuchar a la otra parte) para impedir «un daño inmediato, irreparable e insubsanable».

La Audiencia accede a esa petición ante «el riesgo de generar situaciones de incertidumbre y de menoscabo (que pudiera ser grave) a los intereses de los afectados últimos por la decisión de imponer restricciones distintas a las ya existentes».

Una vez adoptada esa decisión, la Sala da plazo al Gobierno central para que presente alegaciones. Entonces decidirá si mantiene la suspensión o reactiva las medidas.

También Galicia ha avanzado este lunes que presentará un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional por «invasión de competencias» en caso de que el Gobierno no modifique la normativa sobre horarios en la hostelería.

No obstante, el vicepresidente primero de la Xunta, Alfonso Rueda, ha confiado en que en el Consejo interterritorial se pueda “retomar el entendimiento”.

Simón ha explicado que todo el Ministerio, desde la parte más técnica, ha tratado de «mantener una posición negociadora a la hora de implementar y proponer todas las medidas».

Y «prácticamente todo lo que se propone» se trabaja antes en las ponencias y se eleva a la Comisión de Salud Pública «o se discute con múltiples actores».

En este caso, Sanidad propuso en el Interterritorial una declaración de actuaciones coordinadas que permite la reapertura del ocio nocturno hasta las 2, ampliable hasta las 3, en aquellas zonas que estén en los niveles más bajos de riesgo.

También establece un límite horario para la hostelería, que no podrá abrir más allá de la 1 ni servir más tarde de las 24 horas, y restricciones de aforo, así como otras medidas para eventos multitudinarios y prohibiciones de fumar y vapear en la calle cuando no se puedan guardar los 2 metros de distancia, entre otras.

La declaración salió adelante con el voto en contra de Madrid, Cataluña, Murcia, Galicia y Andalucía. Euskadi ni siquiera participó en el debate y Castilla y León se abstuvo.

«Si no se pueden aplicar las medidas por motivos judiciales, se buscarán alternativas lo más consensuadas posibles», ha dicho el epidemiólogo, recordando que en el pasado ya se dieron situaciones similares en la que «la posición judicial no coincide con las propuestas que salen de Salud publica o Sanidad».

En su opinión, si se logra finalmente el consenso con esas alternativas que garanticen la seguridad suficiente, «los riesgos no serán demasiados».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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