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Valencia

Sin expediente sancionador al Galileo cuando se cumplen 5 meses de la fiesta

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EFE/Manuel Bruque/Archivo

València, 26 feb (EFE).- La Conselleria de Justicia no ha cerrado todavía el expediente abierto el pasado mes de octubre al colegio mayor Galileo Galilei de València por la fiesta ilegal en la azotea que originó 168 contagios de coronavirus y obligó a la suspensión de las clases presenciales en la Universitat Politècnica de València.

Este viernes se cumplen cinco meses de la celebración de la fiesta, el pasado 26 de septiembre, y según han informado a Efe fuentes de la Conselleria de Justicia el expediente sigue en curso.

La investigación llevada a cabo por la Unidad de la Policía Nacional Adscrita a la Generalitat determinó que esta fiesta supuso una «grave violación» de la norma anticovid y se propuso una sanción para algunos directivos y trabajadores, los convocantes y los alumnos participantes identificados, que contemplaba multas de entre 601 y 30.000 euros.

La consellera de Justicia, Gabriela Bravo, que fue la encargada de informar sobre las conclusiones de la investigación policial, anunció, el 20 de octubre, que sería el expediente sancionador -todavía por cerrar- el que determinaría las cuantías a pagar y las responsabilidades, y que incluso podrían acarrear el cierre temporal del centro residencial de estudiantes, de gestión privada pero situado dentro del campus de Tarongers de la UPV.

Los agentes recopilaron material audiovisual que permitió identificar a un grupo importantes de asistentes a la fiesta, que superan el medio centenar, y tomó declaración al director de la residencia, al coordinador académico y a los dos recepcionistas que trabajaban la noche en que se celebró la fiesta, así como a los miembros del consejo colegial, el órgano que promueve las actividades lúdicas en el colegio mayor.

Según el relato policial, el 26 de septiembre una llamada anónima a la recepción del colegio advirtió de una fiesta ilegal en la azotea del centro «con personas bailando y bebiendo», por lo que el trabajador «la disolvió».

Sin embargo, sobre la una de la madrugada la Policía Nacional recibió el aviso de que en una de las habitaciones del colegio se celebraba una fiesta y cuando se personaron los agentes identificaron a sus veintidós participantes, que «no tenían ninguna medida de seguridad ni guardaban las distancias».

Más de madrugada, entre las 3 y las 4 horas, hubo otro aviso a la Policía sobre otra fiesta en otra habitación del mismo colegio en las mismas condiciones de falta de seguridad, y de nuevo fueron identificadas seis personas.

En total se identificó a unos cuarenta alumnos que participaron en alguna de las tres fiestas, incluidos los que forman el consejo colegial.

La Policía Autonómica concluyó en su informe que los hechos constituyen una «grave violación de la normativa para prevenir la covid-19» y que quedaba «clara» la responsabilidad de la dirección del colegio por «falta de diligencia» y permitir la fiesta por «inacción».

También se apuntaba a la responsabilidad de los usuarios de las habitaciones donde se celebraron sendas fiestas, tras disolverse la de la azotea, así como de los participantes.

Para ellos se propuso una sanción grave, que contempla una multa de entre 601 a 30.000 euros.

El pasado 19 de diciembre, la Policía Nacional volvió a disolver una fiesta con unas 200 personas en el mismo colegio mayor, pero en esta ocasión no se levantó acta de sanción porque cuando llegaron los agentes los jóvenes concentrados ya se habían retirado a sus habitaciones.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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