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Valencia

Este es el sueldo de Gan Pampols

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Sueldo de Gan Pampols

Polémica en la Generalitat Valenciana por el sueldo del vicepresidente segundo

València, 5 de febrero de 2025. La retribución del vicepresidente segundo y conseller para la Recuperación Económica y Social de la Comunitat Valenciana, Francisco José Gan Pampols, ha generado una fuerte controversia política. Según el portal de Transparencia de la Generalitat, su sueldo para el año 2025 ascenderá a 101.761 euros, una cifra superior a la anunciada previamente por el Consell.

Gan Pampols cobrará 92.200 euros como vicepresidente del Consell, más 9.500 por residencia

El desglose de su retribución incluye 68.297,40 euros en sueldo y complementos, 23.902,61 euros en concepto de complemento personal de alto cargo y 9.561,60 euros como indemnización por residencia. Este último importe compensa el cambio de domicilio derivado de su nombramiento y no puede superar el 14 % de su retribución anual.

El Gobierno valenciano había comunicado en diciembre que el vicepresidente percibiría 84.050,70 euros anuales, lo que ha suscitado las críticas de la oposición. Tanto el PSPV como Compromís han acusado al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, de ocultar información y mentir sobre la verdadera retribución de su vicepresidente segundo.

El portavoz del PSPV-PSOE en Les Corts Valencianes, José Muñoz, ha denunciado que «Mazón mintió sobre el sueldo de su vicepresidente, pues este cobrará más de 101.000 euros y no los 84.000 euros anunciados». Muñoz ha insistido en que «el Consell de Mazón tiene un problema con la verdad».

Por su parte, el portavoz de Compromís, Joan Baldoví, ha criticado al Gobierno valenciano asegurando que «una nueva mentira sale a la luz» y ha subrayado que «el dinero que debería destinarse a la recuperación económica va al bolsillo de los altos cargos del Consell».

Desde el Consell, no se han pronunciado oficialmente sobre las acusaciones, pero fuentes gubernamentales han defendido que el complemento personal de alto cargo es una práctica habitual para igualar los sueldos de altos funcionarios que asumen cargos políticos.

Este debate se suma a otras críticas recientes sobre la gestión económica de la Generalitat y podría marcar el tono del debate político en los próximos meses.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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