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Valencia

Compromís propone eliminar el sueldo vitalicio de 75.000 Euros anuales para los expresidentes

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Compromís ha anunciado su intención de presentar una reforma del estatuto de los expresidentes de la Generalitat Valenciana con el objetivo de eliminar la asignación de 75.000 euros anuales durante 15 años a los exmandatarios que pasen a formar parte del Consell Jurídic Consultiu (CJC), una medida que consideran injustificada y que, según afirman, la ciudadanía no comprende.

Reforma del Estatuto de Expresidentes

Actualmente, el estatuto establece que los expresidentes de la Generalitat serán miembros natos del CJC durante 15 años si han ocupado el cargo al menos una legislatura completa. En caso contrario, su permanencia en el organismo será igual al tiempo ejercido como president, con un mínimo de dos años.

El síndic de Compromís en Les Corts, Joan Baldoví, ha declarado que su partido trabaja en una propuesta para impedir que los expresidentes accedan automáticamente al CJC y reciban esta retribución. Baldoví ha ejemplificado que, si se aprueba la reforma, el actual president, Carlos Mazón, no podría incorporarse al Consell Jurídic Consultiu tras dejar su cargo.

Argumentos de Compromís

Según Baldoví, la medida busca eliminar privilegios injustificados en la administración valenciana. «La ciudadanía no entiende por qué un expresidente debe recibir 75.000 euros anuales durante 15 años solo por haber ocupado el cargo», ha declarado. Además, ha insistido en que esta propuesta no se centra exclusivamente en Mazón, sino que afectaría a todos los futuros expresidentes.

Necesidad de Apoyo Parlamentario

Para que la reforma prospere, Compromís necesita el respaldo de tres quintos de la Corts Valencianes, lo que implica la colaboración del Partido Popular. Baldoví ha desafiado al PP a posicionarse sobre la medida, cuestionando si realmente está comprometido con la reducción del gasto público.

Impacto Político y Debate Público

El debate sobre la retribución de los expresidentes ha generado controversia en la Comunidad Valenciana. Compromís sostiene que la eliminación de este beneficio es una demanda social y un paso hacia una administración más austera y transparente.

La propuesta será presentada oficialmente en las próximas semanas, con la esperanza de lograr un consenso político que permita su aprobación y la eliminación de estos privilegios económicos para los exmandatarios valencianos.

 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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