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Consumo

Denunciada la promotora de conciertos de Taylor Swift por prohibir comida y bebida en el Bernabéu

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Taylor Swift Madrid Bernabéu

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la promotora de los conciertos de Taylor Swift que tendrán lugar los próximos 29 y 30 de mayo en el Estadio Santiago Bernabéu por incurrir en una cláusula abusiva al no permitir al público el acceso con comida ni bebida.

Tras ser alertada por varios usuarios, FACUA ha comprobado que, en la información que facilita sobre el evento, la página web de la promotora indica que “no se permitirá el acceso al recinto con alimentos y/o bebidas del exterior”.

La promotora, la empresa bilbaina Lastur Bookin SL, ha sido denunciada ante los organismos competentes de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital, de los que espera que insten a la empresa a anular esta cláusula y aclarar a los usuarios que no impedirá el acceso con bebidas y alimentos que hayan comprado fuera del estadio.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, la denuncia se ha presentado el Servicio de Consumo del Área de Economía, Innovación y Hacienda. En el de la Comunidad de Madrid, se ha presentado ante el Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Subdirección General de Política Interior, que pertenece a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

Qué dice la ley

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) —adscrita al ministerio con competencias en materia de consumo—, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una “cláusula abusiva” ya que el consumidor “se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida”.

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Consumo

Nueva ley contra el desperdicio alimentario: bares y restaurantes, obligados desde hoy a cumplirla

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Desde este jueves 1 de abril de 2026, todo el sector hostelero en España deberá aplicar medidas obligatorias para evitar el desperdicio de comida. La normativa, impulsada por el Gobierno y enmarcada en la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, se extiende ahora a todos los bares, restaurantes y servicios de catering.

Qué cambia desde hoy para la hostelería

La ley, que ya afectaba a pequeños establecimientos desde hace un año, se amplía ahora a todo el sector. Esto implica que cualquier negocio de restauración deberá:

  • Adoptar medidas para reducir el desperdicio de alimentos
  • Facilitar al cliente llevarse la comida no consumida
  • Mejorar la gestión de compras y almacenamiento
  • Priorizar la donación de excedentes aptos para el consumo

Esta normativa afecta tanto a grandes cadenas como a negocios locales en ciudades como Valencia.

Objetivo: reducir el desperdicio de comida

El objetivo principal de esta ley es reducir el volumen de alimentos que se tiran cada año, un problema con impacto:

  • Económico
  • Social
  • Medioambiental

España genera miles de toneladas de residuos alimentarios anuales, y una parte importante procede del sector hostelero.

Medidas obligatorias en bares y restaurantes

Entre las principales obligaciones destacan:

1. Ofrecer envases para llevar

Los establecimientos deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante, fomentando prácticas como el “doggy bag”.

2. Planes de prevención

Los negocios tendrán que implantar estrategias internas para optimizar:

  • Compras
  • Conservación
  • Uso de ingredientes

3. Donación de excedentes

Siempre que sea posible, los alimentos no vendidos deberán destinarse a:

  • Bancos de alimentos
  • Entidades sociales

También afecta al catering

La normativa no solo impacta en bares y restaurantes, sino también en:

  • Empresas de catering
  • Eventos y celebraciones
  • Servicios de comida colectiva

Esto supone un cambio importante en la organización de grandes eventos.

Posibles sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la ley puede conllevar sanciones económicas, lo que obliga al sector a adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.

Un cambio hacia un consumo más responsable

La ampliación de esta normativa marca un paso más hacia un modelo de consumo sostenible. El sector hostelero, clave en la economía española, deberá ahora equilibrar rentabilidad y responsabilidad ambiental.

Con esta medida, España se alinea con las políticas europeas de reducción del desperdicio alimentario y refuerza su compromiso con la sostenibilidad.

 

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