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Toni Cantó (Cs) dice que se definía como pedagogo porque daba clases de teatro y que eso no requiere un título

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(EUROPA PRESS) –

El diputado de Ciudadanos y presidente de la comisión del Congreso para la Auditoria de la Calidad Democrática y la Lucha contra la Corrupción, Toni Cantó, ha aclarado que se definía como pedagogo porque «durante muchos años» impartió clases de teatro, y ha señalado que para hacer esto no es necesario haber cursado una licenciatura en Pedagogía.

«Lo he hecho durante muchos años para centenares de alumnos. No hace falta tener titulación para dar clases de teatro, pero sí que está bien haberte subido más de mil veces a un escenario, como yo», ha dicho en declaraciones a la Cadena SER, recogidas por Europa Press, y ha añadido: «Creo que es una de las cosas que mejor hago y para las que realmente tengo talento en mi vida».

Cuando Toni Cantó era diputado de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), en la ficha que recoge sus datos en la web del Congreso de los Diputados afirmaba que era «actor, productor y director de teatro», y a continuación añadía «pedagogo». Aunque en su ficha actual, como diputado de Ciudadanos, su ficha ya no incluye esta información, la formación naranja no considera que haya ningún engaño porque nunca afirmó poseer un título.

Respecto al vicesecretario de Política Social Sectorial del PP, Javier Maroto, que ha retado a Ciudadanos a «aplicarse el cuento» y «expulsar» a Cantó del partido por haber «mentido» en su currículum, el diputado de Cs considera que el PP arremete ahora contra él porque el partido naranja ha exigido la dimisión de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes.

Sin embargo, considera que el caso de Cifuentes y su máster de la Universidad Rey Juan Carlos supuestamente falsificado «no tiene nada que ver» con su situación, ya que eso parece ser «una trama delictiva de gente que se apropiaba de títulos sin haber cursado los estudios para luego, en un futuro, a lo mejor colocarse de funcionario en un puesto mucho mas alto de lo que merecen».

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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