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Toni Cantó (Cs) dice que se definía como pedagogo porque daba clases de teatro y que eso no requiere un título

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(EUROPA PRESS) –

El diputado de Ciudadanos y presidente de la comisión del Congreso para la Auditoria de la Calidad Democrática y la Lucha contra la Corrupción, Toni Cantó, ha aclarado que se definía como pedagogo porque «durante muchos años» impartió clases de teatro, y ha señalado que para hacer esto no es necesario haber cursado una licenciatura en Pedagogía.

«Lo he hecho durante muchos años para centenares de alumnos. No hace falta tener titulación para dar clases de teatro, pero sí que está bien haberte subido más de mil veces a un escenario, como yo», ha dicho en declaraciones a la Cadena SER, recogidas por Europa Press, y ha añadido: «Creo que es una de las cosas que mejor hago y para las que realmente tengo talento en mi vida».

Cuando Toni Cantó era diputado de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), en la ficha que recoge sus datos en la web del Congreso de los Diputados afirmaba que era «actor, productor y director de teatro», y a continuación añadía «pedagogo». Aunque en su ficha actual, como diputado de Ciudadanos, su ficha ya no incluye esta información, la formación naranja no considera que haya ningún engaño porque nunca afirmó poseer un título.

Respecto al vicesecretario de Política Social Sectorial del PP, Javier Maroto, que ha retado a Ciudadanos a «aplicarse el cuento» y «expulsar» a Cantó del partido por haber «mentido» en su currículum, el diputado de Cs considera que el PP arremete ahora contra él porque el partido naranja ha exigido la dimisión de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes.

Sin embargo, considera que el caso de Cifuentes y su máster de la Universidad Rey Juan Carlos supuestamente falsificado «no tiene nada que ver» con su situación, ya que eso parece ser «una trama delictiva de gente que se apropiaba de títulos sin haber cursado los estudios para luego, en un futuro, a lo mejor colocarse de funcionario en un puesto mucho mas alto de lo que merecen».

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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