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Toque de atención de la Junta Electoral a Ribó por un uso partidista de las redes sociales del Ayuntamiento

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VALÈNCIA, 10 Abr.- La Junta Electoral Provincial de Valencia ha dictado tres resoluciones en las que insta al Ayuntamiento de València a dejar de publicitar gestión pública en redes sociales y en su página web, a raíz de los recursos del PP contra decisiones anteriores de la Junta de Zona.

En concreto, el PP hacía referencia en sus recursos a la presentación por parte del alcalde de València, Joan Ribó, de la estrategia Valencia Music City; en la conformación del Consejo Municipal de Turismo por concejales del PSPV y en la utilización de los perfiles oficiales del Ayuntamiento en las redes sociales «sin guardar la precisa objetividad que se requiere en todo momento y sobre todo en periodo electoral».

En sus resoluciones, de fecha 8 de abril, la Junta Electoral recuerda que el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) prohíbe de forma expresa durante este periodo la realización de cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o use imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

En estos casos, según añade en cada una, «la difusión en periodo electoral en la página oficial de referencia puede ser valorada como difusión de logros en la gestión política conseguida, que puede suponer una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos» que dimana de ese artículo. Por ello, estima el recurso del PP contra una primera resolución de la Junta de Zona y requiere al consistorio para el «cese inmediato» de las publicaciones controvertidas.

La candidata del PP a la Alcaldía de Valencia, Mª José Català, ha advertido en un comunicado que el tripartito «no ha respetado los limites que marca la Loreg y la instrucción dada por la Junta Electoral Central sobre los procesos electorales próximos, según los cuales, las administraciones públicas deben cumplir con los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y el principio de igualdad entre los actores electorales».

Sin embargo, tal y como ha señalado la candidata del PP, «el proceder del tripartito del Ayuntamiento de Valencia no ha garantizado el marco institucional de neutralidad» que establece la Loreg, «que cuida mucho de que los poderes públicos no induzcan el sentido del voto de los electores», y ha hecho «autobombo» de su gestión.

«Intolerable»

Català ha exigido al tripartito que «paralice cualquier acción institucional, pagada con fondos públicos, para ensalzar su gestión y cumpla con la Ley Electoral». «Estamos viendo como a diario están convocando actos públicos como gobierno municipal, utilizando los canales institucionales en las redes sociales, y difundiéndolos a través de la web municipal y la agenda oficial para sacar provecho electoral, y esto es algo intolerable e ilegal que debe finalizar de inmediato, tal y como les ha advertido la Junta Electoral hasta en tres ocasiones».

Ribó: «hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando»

El alcalde de València, Joan Ribó, ha asegurado que en su equipo serán «muy escrupulosos» con los actos y manifestaciones públicas en el contexto de la campaña electoral pero ha puntualizado que «hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando».

Ribó ha admitido que, «efectivamente», alguna de las resoluciones fue por un tuit y ha señalado que «en campaña electoral hay denuncias continuamente». Ha considerado que «hay un partido, el PP, que está todos los días denunciando, el otro día fue porque nos hicimos una foto con las pancartas de los paraísos fiscales».

Ha informado de que se han presentado las alegaciones a la Junta Electoral y lo ha calificado como «una cuestión normal». En este punto, el alcalde ha añadido: «Intentaremos ser lo más cautelosos posibles pero, de momento, el 1 de este mes teníamos previsto inaugurar una cosa oficialmente con personalidades de España y Roma y la hemos suprimido porque lo veíamos correcto pero a veces estas cosas pasan y no hay más remedio».

«Nosotros seremos muy escrupulosos pero hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando e igual nos presenta una denuncia por lo que estamos haciendo aquí ahora», ha rematado.

Fuente: Europa Press

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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