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Toque de queda: En qué consiste y cómo nos puede afectar

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soledad obligada y soledad elegida

En medio de una segunda ola que avanza descontrolada, con las cifras de tasa de incidencia más altas en España de toda la pandemia, la figura del toque de queda ha ido tomando fuerza en las últimas horas. La primera comunidad en proponer la medida fue la de Madrid, aunque luego matizó esa petición. A última hora del día, la Comunitat Valenciana, que está entre las que presenta mejores cifras de todo el país, también admitió la posibilidad de solicitar el toque de queda ante el aumento brusco de los contagios.

El toque de queda tiene como finalidad reducir la interacción social y el movimiento de las personas en unas horas concretas del día. En ese periodo, la gente ha de quedarse en sus casas y sólo se puede salir por motivos justificados. Por tanto, es una medida que limita el derecho fundamental de la libre circulación de las personas.

El primer problema es que la figura del toque de queda no tiene una legislación propia en España. Desde el gobierno ya se ha advertido que, para adoptarla, habría que volver a recurrir al Estado de Alarma porque afecta a un derecho fundamental. Algunos expertos creen que sí que entra entre las competencias de las comunidades, pero el debate legal está por solucionar.

Tampoco ha gustado en algunas autonomías el hecho que se ligue la medida al conjunto de España, ya que la tasa de incidencia no es igual en todas las zonas del país. Entre los críticos ha estado el presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, que ha reclamado más concreción antes de que se tomen medidas que afectan al conjunto de los españoles.

El primer estado europeo en adoptar el toque de queda fue Francia, que lo aplica en el área de París y ocho grandes ciudades del país desde el pasado 16 de octubre. La medida, que estará vigente durante un mes prorrogable a 6 semanas, obliga a los ciudadanos a quedarse en sus casas entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana. Sólo se puede circular por las calles por trabajo, vuelta de un viaje o ir a urgencias de un hospital.

Otros países europeos, como Bélgica y Eslovenia, han adoptado también el toque de queda como medida para frenar el aumento en los los contagios. El Reino Unido ha tomado una decisión similar en Gales e Irlanda del Norte. Y en Italia, las regiones de Lombardia y Campania se disponen a ponerlo en marcha entre las 11 de la noche y las 5 de la mañana.

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El Congreso rechaza la indemnización solicitada por Ábalos tras dejar su escaño y jubilarse

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

Los servicios jurídicos concluyen que el exministro no tiene derecho a la compensación por estar suspendido de funciones y percibir ya una pensión de jubilación

El Congreso de los Diputados ha rechazado conceder la indemnización por cese solicitada por el exministro de Transportes José Luis Ábalos tras renunciar a su escaño y acogerse a la jubilación. Los servicios jurídicos de la Cámara consideran que no cumple los requisitos para percibir esta compensación, ya que se encontraba suspendido de sus funciones y, además, ya recibe una pensión de jubilación.

Ábalos ingresó en noviembre en prisión preventiva en la cárcel de Soto del Real por su presunta implicación en el caso Koldo. Dos meses después presentó su renuncia como diputado y, al día siguiente, anunció su retirada de la vida política, alegando que había quedado “sin derechos, deberes ni funciones” y que había agotado todas las vías para defenderse.

La compensación solicitada superaba los 57.000 euros

Tras dejar su escaño, el exministro solicitó al Congreso la indemnización por cese, una prestación económica destinada a los diputados que abandonan la Cámara y no cuentan con otros ingresos. En su caso, la cuantía podría haber superado los 57.000 euros, al haber sido diputado de forma ininterrumpida desde 2009.

Sin embargo, los letrados del Congreso han desestimado la petición. En su informe, recuerdan que la suspensión de un diputado implica la pérdida total de derechos, prerrogativas y beneficios asociados al cargo, y subrayan que ninguno de los parlamentarios suspendidos en situaciones similares ha percibido esta compensación.

“No es razonable entender que la renuncia al acta suponga recuperar unos derechos que ya no existían”, concluye el documento jurídico elaborado por la Cámara.

Incompatibilidad con la pensión de jubilación

Además de la suspensión de funciones, el Congreso considera que la indemnización es incompatible con la pensión de jubilación a la que se ha acogido Ábalos. La normativa establece que esta prestación tiene como objetivo facilitar la transición a la vida laboral de los diputados que se quedan sin ingresos tras abandonar el cargo.

Según los servicios jurídicos, percibir simultáneamente una pensión de jubilación y la indemnización por cese sería contrario a la finalidad de la ayuda, que se interrumpe cuando el beneficiario obtiene otra fuente de ingresos, ya sea pública o privada.

Decisión definitiva de la Mesa del Congreso

La decisión será formalizada de manera definitiva este martes por la Mesa del Congreso, lo que dejará al exministro sin derecho a la compensación económica solicitada. Ábalos permanece en prisión preventiva a la espera de juicio por el caso Koldo.

En los próximos días, su escaño será ocupado por la siguiente candidata del PSOE por Valencia, Ana María González Herdaro, poniendo fin a una trayectoria parlamentaria de casi 15 años en la Cámara Baja.

 

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