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Valencia

El TSJCV admite a trámite el recurso de los hosteleros contra su cierre en la Comunitat

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València, 13 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso de la plataforma SOS Hostelería contra el cierre de sus establecimientos ordenado por la Generalitat como medida restrictiva para frenar la pandemia.

Fuentes del TSJCV han explicado a EFE que se admite el recuro como una decisión de trámite para poder estudiarlo y a lo largo de la semana podría pronunciarse sobre el fondo y las medidas que reclaman aunque de momento no ha emitido ninguna resolución.

Los hosteleros valencianos han mostrado su satisfacción después de que la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV haya admitido a trámite su recurso y confían en que el tribunal valenciano siga los pasos de su homólogo en el País Vasco y acepte la reapertura inmediata de sus establecimientos.

SOS Hostelería presentó un recurso contra la resolución de 19 de enero de 2021, de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública «por la que se establecen medidas excepcionales y adicionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia del agravamiento de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19».

Para el presidente de SOS Hostelería, Fidel Molina, la resolución de la Generalitat «es contraria a Derecho y gravemente lesiva para los intereses del colectivo de hosteleros y restauradores».

A su juicio, la admisión a trámite de su recurso supone «un balón de oxígeno para los hosteleros ya que existen muchas posibilidades de que el TSJCV acabe decretando la medida cautelar de reapertura del sector, como así ha sucedido en el País Vasco».

Esa medida cautelar «es fundamental para evitar graves y perjudiciales consecuencias», según Molina, para quien la Conselleria de Sanidad «no ha explicado los motivos que le llevan a cerrar determinados tipos de establecimientos y a suspender ciertas actividades y otras no».

Tampoco ha explicado, ha añadido, «por qué el empeoramiento de la pandemia justifica el cierre de establecimientos y la suspensión de ciertas actividades mientras mantiene abiertas otras actividades no esenciales».

Para Fidel Molina, la disposición impugnada «afecta directamente no sólo a derechos fundamentales de los afectados, sino también a intereses públicos especialmente intensos, afectando de forma terrible a los principios de libertad de empresa, igualdad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos».

Los hosteleros valencianos consideran que el cierre de la actividad de la hostelería en los términos descritos en el apartado 1 b.). de la Resolución «carece de justificación, no siendo ni proporcional, ni idónea ni motivada dicha drástica medida, no superando por lo tanto el test o juicio de proporcionalidad».

Ha opinado que de los informes técnicos de la situación sanitaria se desprende que el origen del incremento en los contagios en las últimas semanas deriva principalmente de contagios producidos en el ámbito social o familiar en reuniones como las llevadas en las fiestas navideñas, que se produjeron en domicilios particulares.

«Ni la causa del actual repunte ni la solución al mismo pasa por cerrar el sector de la hostelería en nuestra Comunidad. Máxime teniendo en cuenta las estrictas medidas de higiene y seguridad con las que cumplían dicho sector con anterioridad a acordarse el cierre de la actividad del mismo», ha señalado Molina.

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Valencia

La jueza de la dana descarta «por ahora» citar de nuevo a Vilaplana y pregunta a Pradas si quiere volver a declarar

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Maribel Vilaplana juicio
La periodista Maribel Vilaplana en imagen de archivo-LEVANTE UD

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

VALÈNCIA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) – La jueza que investiga la gestión de la catastrófica dana, que ha dejado 229 víctimas mortales en la provincia de Valencia, descarta «por el momento» volver a citar a Maribel Vilaplana, periodista que comió con el presidente en funciones de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, el día de la ríada, y ha preguntado a la exconsellera de Justicia e Interior, investigada en el procedimiento, si quiere volver a declarar –ya lo hizo hace unos meses–.

Así se desprende de un auto, facilitado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y dictado por la magistrada del Tribunal de Instancia de Catarroja (Plaza 3).

En su resolución, la jueza descarta «en el presente momento» volver a citar a declarar como testigo a la periodista que comió con Mazón el 29 de octubre de 2024, como había solicitado la acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos y otra acusación particular.

La jueza de la dana cuestiona el reservado del Ventorro y abre la puerta a nuevas declaraciones

La jueza considera que antes debe recibir declaración a otros testigos pertenecientes al equipo de Presidencia de la Generalitat. Ciudadanos realizó esta petición por considerar que la comunicadora pudo incurrir en falsedades en el testimonio que dio el pasado 3 de noviembre tras escuchar al dueño del restaurante El Ventorro y ver las fotografías aportadas a la causa sobre las dimensiones del reservado en el que comieron la periodista y Mazón.

En su resolución, la instructora señala que, «ciertamente, las dimensiones del reservado del Ventorro convierten en altamente improbable que no se escucharan las conversaciones o comentarios, a no ser que la testigo permaneciera completamente abstraída de lo que sucedía a su alrededor».

No obstante, cree «necesario, antes de reiterar una declaración ya prestada» por Vilaplana, «oír al resto de las personas que pudieron tener conocimiento de aquellas manifestaciones que pudieron referirse al proceso de decisión en la remisión del mensaje Es-Alert, de las medidas de protección a la población, oír a los testigos que de manera similar a la sra. Vilaplana, pudieran haber tenido conocimiento de las manifestaciones que por el señor Carlos Mazón se pudieran haber efectuado respecto de ese proceso de decisión y cualesquiera otros destinados a proteger a la población».

La magistrada también rechaza la petición de que se investigue a la testigo por un delito de falso testimonio porque, tal y como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para ello «es necesario contar con el dato previo de una verdad procesalmente establecida, lo que solo podrá hacerse en sentencia o en auto de sobreseimiento firme».

En cualquier caso, la instructora deja abierta la posibilidad de recibir declaración ya nuevamente a la periodista si ésta manifestara públicamente o ante el propio juzgado su voluntad de hacerlo nuevamente.

PRADAS Y SALVADOS

Por otro lado, ante la solicitud de la acusación popular que ejerce Podemos de incorporar a la causa el vídeo de la entrevista con la exconsellera de Justicia e Interior investigada en esta causa, que se emitirá por el programa Salvados de La Sexta el próximo domingo, 30 de noviembre, la magistrada ha acordado requerir a su defensa para que manifieste en el plazo de un día si desea volver a declarar en sede judicial. Solo si su respuesta es afirmativa se requeriría a la empresa de comunicación Atresmedia la aportación del programa de televisión.

En este sentido, la jueza recuerda que cualquier declaración de un investigado, para que pueda tener «efecto en el proceso», ha de efectuarse con la «oportuna asistencia letrada y en el seno de este procedimiento», pues se trata de «una garantía para la propia investigada».

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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