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Último día del decreto de medidas de Semana Santa pero seguirán las restricciones

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EFE

Madrid, 9 abr (EFE).- Este viernes es el último día de las medidas acordadas por el Ministerio de Sanidad y las comunidades para reducir la movilidad en Semana Santa, pero aunque finalicen a medianoche -a las 00:01 horas del sábado- la evolución de la pandemia hará que las autonomías endurezcan las restricciones y mantengan los cierres perimetrales por más tiempo.

Sólo la Comunidad de Madrid, Extremadura y Canarias, de momento, levantarán el cierre autonómico este fin de semana, y Baleares, que lo decretó el 26 de marzo, lo hará el 12 de abril.

Si bien Canarias levantará el cierre de la comunidad, en vigor desde el 26 de marzo, lo mantendrá en las islas de Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura, donde residen 2 de los 2,2 millones de habitantes del archipiélago.

En Cataluña, desde este viernes y hasta el 19 de abril, vuelve al confinamiento perimetral comarcal con carácter general, también para las burbujas de convivencia, a fin de evitar desplazamientos el fin de semana.

También queda restringida la entrada y salida de la comunidad sin motivo justificado. Se recomienda el teletrabajo y se suspenden congresos, convenciones, ferias y actividades similares.

De esta manera, Cataluña da un paso atrás después de tres fines de semana seguidos en los que se permitía el desplazamiento dentro de la comunidad solo con la burbuja de convivencia. A partir de este viernes eso ya no es posible.

La Comunidad Valenciana mantiene su cierre perimetral autonómico, vigente desde finales de octubre. Y no será hasta el 4 de mayo -cinco días antes de que decaiga el estado de alarma- cuando la Comisión Interdepartamental de la Comunidad Valenciana se reúna para decidir si levanta el perimetraje autonómico. No obstante, permitirá desde el lunes reuniones de dos grupos de convivencia en un mismo domicilio y amplía de 4 a 6 el máximo en reuniones en ámbito público y en mesas de bares y restaurantes.

Andalucía mantendrá otras dos semanas las actuales restricciones y el cierre perimetral de las provincias.

En Navarra, el Tribunal Superior de Justicia ha autorizado la orden foral que prorroga hasta el 22 de abril el cierre perimetral y las últimas medidas adoptadas que afectan a hostelería, límites de aforo y movilidad.

En el País Vasco, la provincia de Álava y Vitoria están cerradas desde este miércoles. No se puede entrar ni salir de Álava ni de otros 25 municipios salvo por razones de trabajo o estudio.

Y en Aragón, el boletín oficial de la comunidad publicará este viernes la prórroga del confinamiento autonómico, según ha anunciado el presidente Javier Lambán, que no ha desvelado hasta que fecha será.

También Castilla y León ha acordado restricciones adicionales hasta el 19 de abril ante una subida de la incidencia de casos por covid.

Cantabria prevé endurecer las restricciones en el interior de la hostelería y en los aforos de eventos, mientras que Asturias flexibiliza las medidas y a partir del sábado 10 reabre hoteles y alojamientos turísticos.

Sin embargo, pese a este alivio de algunas medidas en la hostelería, el cierre perimetral del Principado estará vigente hasta el 9 de mayo, coincidiendo con el fin del estado de alarma.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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