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La mujer que ayudó a morir a su marido enfermo acepta cinco de cárcel

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València, 10 may (OFFICIAL PRESS – EFE).- La mujer de 77 años acusada de un delito de auxilio al suicidio por inyectar, previo acuerdo, una dosis elevada de morfina a su marido de 95 y enfermo crónico, ha aceptado la pena de cinco meses de prisión que pedía la Fiscalía de Valencia, aunque con suspensión de pena y, por tanto, sin consecuencias para ella.

La mujer que ayudó a morir a su marido

En el juicio, que ha comenzado este miércoles en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, se juzgaba a la mujer por un delito de auxilio al suicidio, con la eximente incompleta de alteración psíquica y la agravante de parentesco.
Según el escrito de conformidad, al marido, de 95 años y aquejado de numerosas patologías crónicas, estas dolencias «le provocaban padecimientos permanentes» y, según el abogado de la acusada, Constantino Marín, «sufría un deterioro físico y cognitivo global» y «no se regía por sí mismo, sino que necesitaba ayuda, incluso mecánica, para cualquier acto».

De hecho, la víctima había redactado conforme a la legislación vigente un documento de voluntades anticipadas en las que manifestaba su deseo expreso de que, cuando llegara el momento terminal de su enfermedad, se le administrara sedación para acabar con su vida de forma indolora.

«La acusada, conocedora de la voluntad de su marido, tras haber observado el deterioro progresivo del mismo, su sufrimiento por la situación descrita y la reciente epidemia de COVID-19 que había empeorado su estado, en cumplimiento de la voluntad expresa de este y con la finalidad de paliar su sufrimiento, el 9 de diciembre de 2020, en el domicilio familiar y estando ambos de acuerdo, le administró por vía intramuscular una dosis elevada de morfina con la finalidad de acabar con su vida de forma indolora», según el relato de los hechos.

Ella padece alteración psíquica

La acusada padecía un trastorno generado por la situación vivida por su marido durante los años anteriores a los hechos, y por ello se considera que concurre la eximente incompleta de alteración psíquica.

Este trastorno, en los momentos previos a los hechos, «le produjo una intensa alteración de su estado mental que le mermó de forma severa su capacidad de entender y querer, modificando sin llegar a anular sus facultades cognoscitivas e intelectivas», según las conclusiones del escrito de conformidad.

Cinco meses de condena

Por todo ello, la acusada ha aceptado una condena de cinco meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y costas.

El abogado de la acusada ha asegurado que se han conformado para «evitar a la acusada el trance de tener que pasar por el juicio» y ha resaltado que la condena es «a cinco meses de prisión pero con suspensión y, por lo tanto, sin ningún tipo de consecuencia».

«Inicialmente se abría un procedimiento de jurado, y la tesitura de tener que ir al juicio, con lo que implica un tribunal con nueve jurados, pruebas testificales, interrogatorios y pruebas testificales, iba a suponer un sufrimiento enorme para la acusada», ha señalado después, en declaraciones a los medios.

Así ha explicado el acuerdo de conformidad, si bien ha considerado que, si se hubiera producido el juicio, «a buen seguro, al 100 %, habría sido absuelta» debido a las «circunstancias» del caso: «El hecho de que fuera en plena pandemia, con las circunstancias de la persona fallecida y de la persona acusada y con la manifestación por escrito de la voluntad de evitarse cualquier sufrimiento».

Asimismo, ha recordado que entre los hechos y el juicio se aprobó la ley de Eutanasia, que no se aplica por ser posterior y a la que no cabría acogerse en cualquier caso porque no se siguió el procedimiento reglado.
«Pero la acusada ha actuado, como dicen los informes periciales, por un acto de amor máximo al materializar la voluntad de su esposo para acabar con su sufrimiento», ha concluido.

 

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Sucesos

La jueza deja en libertad a los dos hermanos detenidos por violar a una mujer en un coche en Malilla 

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hermanos detenidos por violar mujer coche Malilla 
Fachada del TSJCV - EUROPA PRESS - Archivo

Los dos hermanos detenidos por una presunta agresión sexual a una mujer en el barrio de Malilla, en València, han quedado en libertad tras la decisión adoptada por la jueza de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia.

La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa al no haberse formalizado denuncia por parte de la supuesta víctima, un requisito imprescindible en este tipo de delitos según la legislación vigente.

La decisión judicial: sobreseimiento provisional

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza ha considerado que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión del delito.

Además, ha señalado que, conforme al artículo 191 del Código Penal, los delitos contra la libertad sexual requieren la denuncia de la persona afectada, su representante legal o la actuación del Ministerio Fiscal en determinados supuestos.

Este artículo establece que:

  • es necesaria la denuncia de la víctima para iniciar el procedimiento
  • el Ministerio Fiscal puede actuar si la víctima es menor, persona vulnerable o desvalida

En este caso, al no haberse presentado denuncia, la causa ha sido archivada de manera provisional.

Los hechos: una intervención policial en Malilla

La actuación policial se produjo el pasado jueves por la noche, tras la llamada de un vecino que alertó de una posible agresión sexual en el interior de un vehículo.

Según fuentes policiales, el aviso se recibió sobre las 23:30 horas, cuando un testigo afirmó haber presenciado cómo dos hombres supuestamente agredían a una mujer en un coche estacionado en un descampado.

El suceso tuvo lugar en la calle Juan Ramón Jiménez, en el barrio de Malilla.

Detención de los sospechosos

Tras recibir el aviso, agentes de la Policía Nacional se desplazaron hasta el lugar y procedieron a la detención de los dos presuntos implicados, hermanos nacidos en 1955 y 1969.

La mujer fue trasladada a un centro hospitalario para su evaluación médica, según las mismas fuentes.

Claves legales: por qué es necesaria la denuncia

Este caso pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial en delitos contra la libertad sexual.

La normativa actual establece que:

  • sin denuncia de la víctima no se puede continuar el procedimiento en la mayoría de casos
  • existen excepciones cuando hay especial vulnerabilidad

El objetivo de esta regulación es proteger la voluntad de la víctima en este tipo de procesos, aunque en ocasiones puede dificultar la persecución de los hechos si no se formaliza la denuncia.

Investigación y situación actual

Con la decisión judicial, los dos detenidos han quedado en libertad sin medidas cautelares.

No obstante, el sobreseimiento es provisional, lo que implica que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos elementos o si la víctima decide interponer denuncia en el futuro.

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