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Valencia multa a 56 patinetes al día en la primera semana de sanciones

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Valencia, 30 sept. – «Ratificamos que en la ciudad de València no tenemos ningún problema de tráfico asociado al uso de vehículos de movilidad personal, los patinetes». El concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, ha realizado este lunes un balance de la primera semana de aplicación de la nueva Ordenanza, y ha destacado la «normalidad» y la «ausencia de problemas» derivados de la presencia de este nuevo sistema de movilidad en las calles.

Dos datos destacan tras los primeros siete días de aplicación de la normativa: la ausencia casi total de multas por conducción temeraria, y que la mayoría de las sanciones se deben a la carencia de casco en los modelos de patinete en que es obligatorio. En buena medida, los resultados reflejan lo que desde la Policía Local se esperaba. Durante varias semanas, desde la aprobación de la Ordenanza el pasado mes de junio, los agentes policiales han evitado sancionar las faltas en el uso de los patinetes, y han realizado una labor de pedagogía e información entre la ciudadanía.

El pasado día 20, el concejal Cano anunció el fin de la moratoria, y desde el lunes 23 la Policía Local comenzó a multar las conductas no sujetas a norma para garantizar la convivencia de todos los actores de la movilidad en la ciudad.

En estos primeros siete días de aplicación de la Ordenanza para las personas conductoras de patinetes, el total de infracciones registradas y sancionadas asciende a 392. De ellas, el 67% (263 casos) se han debido a falta de casco por parte de los usuarios; el 14% (55 sanciones) por circular por zonas prohibidas; y el 11% (44 casos) por hacer uso de auriculares al conducir.

El concejal Aarón Cano ha destacado que únicamente se ha registrado una sanción por conducción temeraria, «lo que demuestra –ha afirmado- que en València no tenemos ningún problema asociado a la presencia de patinetes en nuestras calles».

En total, se ha impuesto una media de 56 denuncias cada día durante esta semana, distribuidas de manera proporcional por población y distrito en toda el área urbana. Poco más de un 37% de las multas han sido impuestas por agentes de la Unidad de Seguridad Vial, y un 18% por agentes de la Unidad de Convivencia Nocturna.

EL PERFIL DEL INFRACTOR: HOMBRE Y JOVEN

De los datos también se deduce el perfil más habitual de las personas infractores, que corresponde a una persona de género masculino y de edad entre 20 y 29 años (en este tramo, el número de infractores hombres prácticamente duplica al de mujeres: 105 hombres por 68 mujeres). A continuación sigue el tramo de edad comprendido entre los 30 a 39 años, también con más hombres con mujeres (48 hombres por 34 mujeres). Finalmente, los datos correspondientes al tramo de 40 a 49 (42 denuncias) años está equilibrado con de menores de edad (de 10 a 19 años), con 45 sanciones.

El concejal de Protección Ciudadana ha señalado que, si bien el mayor número de infracciones se han debido a la falta de casco, posiblemente la razón sea el desconocimiento. Por eso, se ha mostrado convencido de que una continuada acción de formación e información mejorará la situación. «Ocurrió lo mismo cuando se impuso la obligatoriedad del casco para el uso de ciclomotores –ha explicado Cano- al principio se registraban unas 5.000 multas al año, mientras que en la actualidad prácticamente no se impone ninguna por este concepto».

El resto de infracciones registradas esta semana apenas tienen un carácter testimonial: 9 sanciones por superar las plazas permitidas (2,3%), 4 por incumplimiento de características técnicas el vehículo (1,02%), 3 por carecer de timbre, freno o luces catadióptrico (0,77%), y 3 por no respetar la señal semafórica (0,77%).

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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