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Valencia multa a 56 patinetes al día en la primera semana de sanciones

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Valencia, 30 sept. – «Ratificamos que en la ciudad de València no tenemos ningún problema de tráfico asociado al uso de vehículos de movilidad personal, los patinetes». El concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, ha realizado este lunes un balance de la primera semana de aplicación de la nueva Ordenanza, y ha destacado la «normalidad» y la «ausencia de problemas» derivados de la presencia de este nuevo sistema de movilidad en las calles.

Dos datos destacan tras los primeros siete días de aplicación de la normativa: la ausencia casi total de multas por conducción temeraria, y que la mayoría de las sanciones se deben a la carencia de casco en los modelos de patinete en que es obligatorio. En buena medida, los resultados reflejan lo que desde la Policía Local se esperaba. Durante varias semanas, desde la aprobación de la Ordenanza el pasado mes de junio, los agentes policiales han evitado sancionar las faltas en el uso de los patinetes, y han realizado una labor de pedagogía e información entre la ciudadanía.

El pasado día 20, el concejal Cano anunció el fin de la moratoria, y desde el lunes 23 la Policía Local comenzó a multar las conductas no sujetas a norma para garantizar la convivencia de todos los actores de la movilidad en la ciudad.

En estos primeros siete días de aplicación de la Ordenanza para las personas conductoras de patinetes, el total de infracciones registradas y sancionadas asciende a 392. De ellas, el 67% (263 casos) se han debido a falta de casco por parte de los usuarios; el 14% (55 sanciones) por circular por zonas prohibidas; y el 11% (44 casos) por hacer uso de auriculares al conducir.

El concejal Aarón Cano ha destacado que únicamente se ha registrado una sanción por conducción temeraria, «lo que demuestra –ha afirmado- que en València no tenemos ningún problema asociado a la presencia de patinetes en nuestras calles».

En total, se ha impuesto una media de 56 denuncias cada día durante esta semana, distribuidas de manera proporcional por población y distrito en toda el área urbana. Poco más de un 37% de las multas han sido impuestas por agentes de la Unidad de Seguridad Vial, y un 18% por agentes de la Unidad de Convivencia Nocturna.

EL PERFIL DEL INFRACTOR: HOMBRE Y JOVEN

De los datos también se deduce el perfil más habitual de las personas infractores, que corresponde a una persona de género masculino y de edad entre 20 y 29 años (en este tramo, el número de infractores hombres prácticamente duplica al de mujeres: 105 hombres por 68 mujeres). A continuación sigue el tramo de edad comprendido entre los 30 a 39 años, también con más hombres con mujeres (48 hombres por 34 mujeres). Finalmente, los datos correspondientes al tramo de 40 a 49 (42 denuncias) años está equilibrado con de menores de edad (de 10 a 19 años), con 45 sanciones.

El concejal de Protección Ciudadana ha señalado que, si bien el mayor número de infracciones se han debido a la falta de casco, posiblemente la razón sea el desconocimiento. Por eso, se ha mostrado convencido de que una continuada acción de formación e información mejorará la situación. «Ocurrió lo mismo cuando se impuso la obligatoriedad del casco para el uso de ciclomotores –ha explicado Cano- al principio se registraban unas 5.000 multas al año, mientras que en la actualidad prácticamente no se impone ninguna por este concepto».

El resto de infracciones registradas esta semana apenas tienen un carácter testimonial: 9 sanciones por superar las plazas permitidas (2,3%), 4 por incumplimiento de características técnicas el vehículo (1,02%), 3 por carecer de timbre, freno o luces catadióptrico (0,77%), y 3 por no respetar la señal semafórica (0,77%).

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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