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Valencia multa a 56 patinetes al día en la primera semana de sanciones

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Valencia, 30 sept. – «Ratificamos que en la ciudad de València no tenemos ningún problema de tráfico asociado al uso de vehículos de movilidad personal, los patinetes». El concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, ha realizado este lunes un balance de la primera semana de aplicación de la nueva Ordenanza, y ha destacado la «normalidad» y la «ausencia de problemas» derivados de la presencia de este nuevo sistema de movilidad en las calles.

Dos datos destacan tras los primeros siete días de aplicación de la normativa: la ausencia casi total de multas por conducción temeraria, y que la mayoría de las sanciones se deben a la carencia de casco en los modelos de patinete en que es obligatorio. En buena medida, los resultados reflejan lo que desde la Policía Local se esperaba. Durante varias semanas, desde la aprobación de la Ordenanza el pasado mes de junio, los agentes policiales han evitado sancionar las faltas en el uso de los patinetes, y han realizado una labor de pedagogía e información entre la ciudadanía.

El pasado día 20, el concejal Cano anunció el fin de la moratoria, y desde el lunes 23 la Policía Local comenzó a multar las conductas no sujetas a norma para garantizar la convivencia de todos los actores de la movilidad en la ciudad.

En estos primeros siete días de aplicación de la Ordenanza para las personas conductoras de patinetes, el total de infracciones registradas y sancionadas asciende a 392. De ellas, el 67% (263 casos) se han debido a falta de casco por parte de los usuarios; el 14% (55 sanciones) por circular por zonas prohibidas; y el 11% (44 casos) por hacer uso de auriculares al conducir.

El concejal Aarón Cano ha destacado que únicamente se ha registrado una sanción por conducción temeraria, «lo que demuestra –ha afirmado- que en València no tenemos ningún problema asociado a la presencia de patinetes en nuestras calles».

En total, se ha impuesto una media de 56 denuncias cada día durante esta semana, distribuidas de manera proporcional por población y distrito en toda el área urbana. Poco más de un 37% de las multas han sido impuestas por agentes de la Unidad de Seguridad Vial, y un 18% por agentes de la Unidad de Convivencia Nocturna.

EL PERFIL DEL INFRACTOR: HOMBRE Y JOVEN

De los datos también se deduce el perfil más habitual de las personas infractores, que corresponde a una persona de género masculino y de edad entre 20 y 29 años (en este tramo, el número de infractores hombres prácticamente duplica al de mujeres: 105 hombres por 68 mujeres). A continuación sigue el tramo de edad comprendido entre los 30 a 39 años, también con más hombres con mujeres (48 hombres por 34 mujeres). Finalmente, los datos correspondientes al tramo de 40 a 49 (42 denuncias) años está equilibrado con de menores de edad (de 10 a 19 años), con 45 sanciones.

El concejal de Protección Ciudadana ha señalado que, si bien el mayor número de infracciones se han debido a la falta de casco, posiblemente la razón sea el desconocimiento. Por eso, se ha mostrado convencido de que una continuada acción de formación e información mejorará la situación. «Ocurrió lo mismo cuando se impuso la obligatoriedad del casco para el uso de ciclomotores –ha explicado Cano- al principio se registraban unas 5.000 multas al año, mientras que en la actualidad prácticamente no se impone ninguna por este concepto».

El resto de infracciones registradas esta semana apenas tienen un carácter testimonial: 9 sanciones por superar las plazas permitidas (2,3%), 4 por incumplimiento de características técnicas el vehículo (1,02%), 3 por carecer de timbre, freno o luces catadióptrico (0,77%), y 3 por no respetar la señal semafórica (0,77%).

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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