Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

València supera el límite de partículas contaminantes establecido por la OMS

Publicado

en

València prohibirá entrada vehículos contaminantes 2028

VALÈNCIA/MADRID, 29 Nov. – Barcelona, València, Sevilla, Albacete, Toledo, Valladolid, Bilbao, Huesca, Madrid, Oviedo, Palma de Mallorca y San Sebastián superan el límite establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre concentración de partículas PM2.5, que está fijado en 10 microgramos/m3, según se desprende de un estudio publicado en la revista ‘The New England Journal of Medicine’.

De las 19 ciudades españolas donde se han estudiado sus niveles de PM2.5, solo León, Cáceres, Las Palmas, Salamanca, Vitoria, Tenerife y Burgos cumplen con los estándares establecidos por la OMS. En el caso de las partículas PM10, la mayoría de las 45 ciudades españolas analizadas superan los límites. Solo Teruel, Pontevedra, Alicante, Valladolid, Huesca y Ourense quedarían por debajo de los 20 microgramos/m3.

España establece en 25 microgramos/m3 el valor límite de concentración anual para las PM2.5 y en 40 microgramos/m3 para las PM10, siguiendo la línea de lo que fija la Unión Europea (UE). Sin embargo, la OMS establece unos límites mucho más bajos. PM10 y PM2.5 son los productos contaminantes de mayor impacto medioambiental. Cuanto más pequeñas son las partículas, más dañinas pueden ser.

Las PM2.5, que tienen menor diámetro, son más perjudiciales para la salud. Este tipo de partículas son las que se emiten, por ejemplo, en la combustión de los vehículos diésel, además de en la combustión fósil (petróleo, carbón, gas natural) y combustible de biomasa, en las temperaturas altas en procesos industriales, fundidoras, refinerías o acererías, entre otros.

«Lo que hacen estas partículas, al pasar por el torrente sanguíneo, es favorecer la trombosis y potenciar la aterosclerosis mediante inflamación vascular, estrés oxidativo y disfunción endotelial», explica el doctor Jordi Bañeras, cardiólogo de la unidad de críticos cardiovasculares del Hospital Vall d’Hebron, profesor asociado de la Universidad de Barcelona y miembro de la Sociedad Española de Cardiología (SEC).

Según este experto, por cada reducción de 10 microgramos/m3 en las concentraciones de PM2.5 se podrían prevenir el 2,1 por ciento de las arritmias ventriculares por infarto agudo de miocardio, lo que «los haría sin duda menos letales». Hasta un 0,88 por ciento de los infartos podrían atribuirse a la contaminación, pero lo «más preocupante es que la polución empeora el pronóstico de estos eventos cardiovasculares, convirtiéndolos en más arritmogénicos y, por tanto, más letales», advierte.

Con motivo de la Cumbre del Clima, que se celebra en Madrid entre el 2 y el 13 de diciembre, la Fundación Española del Corazón (FEC) recuerda que la contaminación atmosférica causa 8,8 millones de muertes al año en el mundo, 790.000 en Europa y unas 30.000 en España; siendo entre el 40 y el 80 por ciento de esas muertes de causa cardiovascular. Al respecto, el vicepresidente de la FEC, José Luis Palma, indica que «la contaminación ambiental es un factor de riesgo cardiovascular».

Fuente: (EUROPA PRESS)

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo